Claves del Eurogrupo sobre el préstamo al sector bancario
Primer desembolso de 30 mil millones de euros en julio (confirmado en el Memorando de Entendimiento, MoU).
El esquema inicial será EFSF à FROB à Bancos. Un esquema que cambiará sustancialmente en los próximos meses. Concretamente:
- El ESM (sin ser acreedor preferente) tomará el relevo del EFSFtan pronto como esté operativo. En este punto, destacar que el Tribunal Constitucional alemán podría tardar varios meses en pronunciarse sobre la constitucionalidad del ESM.
- El FROB dejará de canalizar las ayudas al sector bancario (con implicaciones sobre la ratio Deuda/PIB) cuando se establezca un supervisor único a nivel europeo.
- Por lo tanto, el esquema objetivo para 2013 sería ESM à Bancos.
Condicionalidades:
Sector bancario:
- Específicas para las entidades que reciban las ayudas: venta de activos, política de remuneración, política de dividendos, bail-in (participación de deuda subordinada y capital híbrido en la absorción de pérdidas).
- Genéricas para el conjunto del sistema: exigencia de un ratio de core capital del 9% para todo el sector (al menos hasta enero de 2014).
Macroeconómicas: aplicar medidas contempladas ya en mayo por la Comisión en sus recomendaciones de política económica para España.
El borrador del MoU detalla puntos relevantes del último comunicado: calendario y procedimientos, segregación de activos, participación del capital híbrido y deuda subordinada en las pérdidas potenciales y resolución ordenada de entidades no viables.
- El calendario para la restructuración del sector bancario: test de estrés en septiembre para cuantificar las necesidades de capital a nivel individual. Definición de cuatro grupos diferentes de entidades en función de sus necesidades de capital y la posibilidad de que sean financiadas en mercado. Para cada grupo se establece una hoja de ruta que resumimos en la siguiente tabla:
- La segregación de activos dañados a un banco malo no será una obligación general/horizontal para el sector bancario, sino que afectará a aquellas entidades que precisen de asistencia financiera.
- Minimizar el coste del contribuyente en la restructuración del sector. La absorción de pérdidas, además de afectar al capital (accionistas) llegará hasta los instrumentos híbridos (convertibles) y deuda subordinada. La participación será en principio voluntaria y, en caso de ser necesaria, obligatoria.
- Resolución ordenada. Aquellas entidades no viables que precisen de ayudas públicas deberán presentar un plan de resolución ordenada con el objetivo de mantener la estabilidad financiera y proteger a los depositantes
Sara Baliña Vieites
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