lunes, 1 de febrero de 2021

Recorridos preciosos con mucha Historia....Les Regueres.

Cosas que ocurrieron en el siglo XV Compra y venta de terrenos, viñedos, envío de tropas y actividad de hospitales conformaban la vida en Las Regueras de hace 600 años Rosa M.ª RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ 01·02·21 | 04:06 Puente de Carbayal, Ania. | Claudia Prieto Puente de Carbayal, Ania. | Claudia Prieto En este año en que celebramos los 600 años del otorgamiento de la Carta Puebla de Les Regueres, viene bien recordar algunos hechos que ocurrieron en el siglo XV. La documentación procede de colecciones diplomáticas de la Catedral de Oviedo, de los monasterios de San Pelayo y Santa María de la Vega y del Archivo General de Simancas, publicadas por varios autores. Algunos documentos se refieren a compraventas o donaciones, sobre todo de viñas. El 2 de enero de 1400, “el capellán de Santa María de Soto da a la Cofradía del Rey Casto una tierra en Villera, plantada de viñas, y otra en Ruedes, fundando un aniversario por las almas de sus parientes”. El 25 de enero de 1419, “Alvar González, canónigo, y Juan Rodríguez de Socastiello, canónigo tenedor del cellero (conjunto de bienes pertenecientes a un dominio señorial) de Valsera, en nombre del Cabildo, dan a Johan Fernandez de Tamargo y a Johan Alvarez de Taoges, ‘palmero’, una tierra en el cellero para plantar viña”. Palmero era el nombre que se daba a los peregrinos de Tierra Santa que traían palma en señal de romería. El 2 de noviembre de 1429 el Cabildo da a tres vecinos de Ania “la heredad de Canal, yuguería de Carvallal, para plantar viña en el plazo de 2 años dando un cuarto de vino a la duerna, o bien en uvas”. En mayo de 1403, Juan Suárez, morador en Lazana, figura como “mestre”, cirujano, cuando Sancha Álvarez le autoriza a cortarle un dedo del pie. El hospital de Escamplero, que estaba en la casa hoy conocida como Ca’l Juez, también llamada de los Alfonsos o de los Escuderos, aparece documentado el 29 de septiembre de 1409, donde el rey Juan II ratifica una merced al hidalgo de Escamplero en agradecimiento “por los muchos e buenos e leales serviçios que Rodrigo Alfonso de Escamprero fizo al rey don Enrique mi visaguelo e al rey don Juan mi aguelo e al rey don Enrique mi padre”. Esta merced de 1.000 maravedíes anuales perpetuos pasó de ser personal a transferida al hospital. El pago debía hacerse a costa de los derechos de alcabala recaudados en el concejo. El 12 de marzo de 1421, Gómez Arias, alcalde del rey en Asturias, comparece de rodillas con un cirio encendido ante el obispo, para que le absuelva de excomunión por haber usado de su oficio en Llanera y Les Regueres. El 20 de mayo de 1421, se otorgó en Santullano “una carta de procuración por el concejo de Las Regueras a varios vecinos, dándoles poder para pedir al obispo autorización para hacer puebla, la concesión del fuero de Benavente y la exención de varias prestaciones señoriales, obligándose a cumplir los compromisos contraídos por los procuradores”. “El obispo don Diego y el cabildo de su iglesia estipulan el servicio que deben dar el concejo y moradores de Las Regueras, haciendo puebla a fuero de Benavente. Importa el servicio 1.400 morabetinos de moneda vieja a 10 dineros”. AD El método más efectivo para deshacerse de las arrugas en 1 nocheEste truco elimina todas las arrugas más profundas... El hospital de peregrinos de Premoño está documentado por vez primera en una manda testamentaria del año 1426 del matrimonio de Alvar Pérez de Priañes y María Álvarez antes de partir en peregrinación a Jerusalén: “Mando yo, la dicha María Álvarez, a María Gonçález, mi hermana, hun cabeçal (...) et después de sus días, mando que lo dien al espital de Premomno”. “Mando yo el dicho Alvar Pérez la metad de la ropa de pluma que sea dado al espital de Premonio para dormir en ello los pobres que se acolleren”. El 19 de julio de 1430, se recoge un pleito entre el cabildo de la iglesia de Oviedo y Juan Rodríguez de Socastiello, canónigo tenedor del préstamo de la iglesia de Santa María de Valsera y su cellero, contra Álvar Pérez, capellán de esa iglesia por las cenas de Cuaresma, vestuario y otros derechos y heredades. El 25 de agosto de 1487, hay un requerimiento con emplazamiento a “Diego de Miranda ‘cuya es Villanueva’ en el principado de Asturias, para que entregue a Hernando de Herrera los concejos de Grado, Pravia, Salas, Miranda, Las Regueras y otros, que le tiene usurpados y que pertenecen a aquél por privilegio de Enrique IV”. PUBLICIDAD En el Libro del Prior se copiaron las pesquisas realizadas en la década de 1490 de las propiedades del Cabildo ovetense. En él se inventarían varios bienes del concejo de Les Regueres: la “aniversaria” fundada por María González de Biedes, de la casa de Xugal, una de las mayores que se recogen; los celleros de Santa María de Andallón, Santa María de Valsera y Santa María de Soto; las yuguerías de Landrio, Viado, Marines “que anda a pan”, Biedes “e Silbota con la parte del canal que es en Las Regueras”, Arezes, Premonno, Trascannedo y Taozes; las heredades de Ania, Alzedo, Cueto, Quexo, Gallegos y Valsera; el molino y heredades de Taozes; los bienes de Tamargo en la ería de Balber; el beneficio de Andallón, el aforamiento de Gallegos, la casa y huertos de Rannezes; los derechos del concejo de Las Regueras y la renta de Premonno que dizen del arcediano. La guerra en Granada El concejo de Las Regueras, como el resto de concejos asturianos, a petición del rey Fernando el Católico, tuvo que enviar peones a la guerra de Granada desde 1485 hasta 1491, cuando se logró recuperar Granada y acabar con tantos siglos de contienda contra los árabes. En esa última fecha figuraban en la lista de fallecidos 4 peones del concejo: Rodrigo Alonso, Juan Rodríguez, Alonso de Tudela y otro Alonso de Tudela. El sueldo de los peones en esta guerra era de 1 real de plata por día. Esto es lo más destacado de ese siglo donde lo verdaderamente importante fue la Carta Puebla y sus consecuencias. Se dice que la concedió el obispo por fidelidad, por no haberse opuesto como Llanera con la rebelión de los perxuraos, o que fue precisamente para que no se rebelase este concejo.

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