miércoles, 31 de agosto de 2022
Manualillos sobre Pensiones...
Así te recortan la pensión si te jubilas de forma anticipada: esta es la cuantía que te queda
elEconomista.es - Hace 1 h
La jubilación anticipada puede ser una oportunidad para aquellos ciudadanos que están cansados de trabajar y prefieren convertirse en pensionistas antes de que les llegue la edad de jubilación ordinaria. Una opción que, al tratarse de una especie de ventaja o privilegio respecto al resto de trabajadores, conlleva una contrapartida.
Foto: Dreamstime.
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La inmensa mayoría de las jubilaciones anticipadas en nuestro país conllevan recortes en la pensión de jubilación del trabajador. Estos recortes en la pensión se realizan a través de la aplicación de coeficientes reductores, que han sido protagonistas en la primera pata de la reforma de las pensiones ideada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.
Esta reforma tiene como objetivo incentivar jubilaciones anticipadas con un menor tiempo de adelanto, para lo cual se han mejorado las condiciones (es decir, menos recortes) de las jubilaciones con tramos medios de anticipo y se han desincentivado las jubilaciones con muy escasos meses de adelanto y muchos meses para hacer más atractiva la jubilación ordinaria o jubilaciones con menos anticipos, respectivamente.
Además, en la reforma también se modificó la naturaleza de los coeficientes reductores, que ahora son mensuales y aplicables sobre la cuantía de la pensión de jubilación cuando antes eran trimestrales y aplicables sobre la base reguladora del trabajador. Por eso, antes de aplicar esos coeficientes hay que proceder al cálculo de la pensión conforme al método de la Seguridad Social.
Así se calcula la cuantía de la pensión de jubilación
Este método suma las bases de cotización de los últimos 25 años (300 bases) y las divide entre 350 para obtener la base reguladora. Después tiene en cuenta los años trabajados en total para establecer el porcentaje de esa base reguladora al que se tiene derecho: con 15 años se consigue el 50% y a partir de ahí por cada uno de los siguientes 106 meses se otorga un 0,21% extra y por cada uno de los 146 meses siguientes un 0,19% extra. Así se necesitan 36 años para poder cobrar el 100% de la base reguladora.
Sobre esa cantidad se aplicarán los coeficientes reductores que recortan la pensión de los trabajadores, y dependen de la modalidad de jubilación anticipada, del tiempo de anticipo de la jubilación y de los años cotizados de forma previa por el trabajador. Aparecen recogidos en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre (se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado) y son los siguientes:
Los recortes en la jubilación anticipada voluntaria
-Para trabajadores con menos de 38 años y seis meses cotizados son del 21% con dos años de adelanto, del 5,5% con un adelanto de un año y del 4% con seis meses de anticipo.
-Para trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados son del 19% con dos años de adelanto, del 5,25% con un año de adelanto y del 3,82% con seis meses de anticipo.
-Para trabajadores de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados son del 17% con dos años de anticipo, del 5% con un año de anticipo y del 3,64% con seis meses de adelanto.
-Para trabajadores con más de 44 años y seis meses cotizados son del 13% con dos años de adelanto, del 4,75% con un año de anticipo y del 3,45% con seis meses de adelanto.
Los recortes en la jubilación anticipada involuntaria
-Para trabajadores de menos de 38 años y seis meses cotizados los recortes son del 30% con cuatro años de adelanto, del 22,50% con tres años de adelanto, del 15% con dos años de adelanto y del 5,50% con un año de adelanto.
-Para trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados los recortes son del 28% en cuatro años de anticipo, del 21% con tres años de anticipo, del 14% con dos años de anticipo y del 5,25% con un año de anticipo.
-Para trabajadores de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados los recortes son del 26% en cuatro años de adelanto, del 19,50% con tres años de adelanto, del 13% con dos años de adelanto y del 5% con un año de adelanto.
-Para trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados los recortes son del 24% con cuatro años de anticipo, del 18% con tres años de anticipo, del 12% con dos años de anticipo y del 4,75% con un año de anticipo.
Los recortes en jubilaciones anticipadas con sueldos altos
En las dos modalidades anteriores de jubilación anticipada puede darse el caso de que, tras el cálculo de la pensión y las reducciones pertinentes quede una cuantía por encima de la cuantía máxima de las pensiones estipulada para 2022 (2.819,18 euros mensuales). Es el caso de trabajadores que han tenido sueldos de gran cuantía, especialmente en los años previos a la jubilación.
En estas situaciones se contemplan recortes a partir de esa cuantía máxima de las pensiones y que son de un 0,5% por cada trimestre de adelanto de la pensión. Así, esos recortes irán del 0,5% al 8% (el caso más extremo, de cuatro años de adelanto en la jubilación anticipada involuntaria).
Los recortes en jubilaciones anticipadas de profesiones especiales
Estas jubilaciones anticipadas especiales son las de los trabajadores que desempeñan alguna de las profesiones consideradas como de especial peligrosidad, penosidad o toxicidad que implican mayores índices de mortalidad. Es el caso de los trabajadores mineros, trabajadores ferroviarios, personal de vuelo de trabajos aéreos, policías locales, bomberos al servicio de la Administración, trabajadores del Mar, artistas, profesionales taurinos o miembros de la Ertzaintza.
La Seguridad Social dispone de un enlace en su página web con la normativa especializada para cada uno de estas profesiones, aunque en el mejor de los casos es posible jubilarse con 52 años.
Los recortes en la jubilación anticipada del Régimen de Clases Pasivas
Para este grupo de trabajadores (funcionarios de la Administración del Estado o de Justicia, del Ejército, expresidentes del Gobierno, exvicepresidentes, exministros, personal de las Cortes y todos los que recoge este enlace de la Seguridad Social) se contemplan recortes en función de los años de servicio efectivo al Estado con los que se jubilen.
Es obligatorio que acrediten al menos 30 años, con lo que tienen derecho al 81,73% del haber regulador, similar a la base reguladora. Esto implica que se recorta ese haber regulador en un 18,27%. Para los trabajadores con 31, 32, 33 y 34 años la reducción es del 14,62%, del 10,96%, del 7,31% y del 3,65%. A partir de 35 años de servicio efectivo al Estado no hay recortes.
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