sábado, 27 de enero de 2018

Juridicamente...impecable!


EL FUTURO DE CATALUÑA

El TC decidió en múltiples sentencias que no caben los “pronunciamientos preventivos” sobre hechos no producidos

  • El Consejo de Estado se apoya precisamente en la doctrina del Constitucional para declarar infundada la pretensión del Gobierno de Rajoy de impugnar la designación de Puigdemont como candidato a presidir la Generalitat
  • El TC fijó ya en 1985 el criterio de que no está en su mano hacer “pronunciamientos preventivos"
  • La última vez que invocó este principio el tribunal, compuesto por los mismos magistrados que en la actualidad, fue el pasado verano en una sentencia contra un recurso del Gobierno de Canarias

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