miércoles, 19 de enero de 2011

Manualillos de Inversión ( 1 )

O RENTAS VITALICIAS

Opte por una hipoteca inversa, si no tiene tiempo para un plan de pensiones

Es una opción para completar la pensión y ganar calidad de vida

19/01/2011 - 08:04 - CRISTINA CASILLAS

Opte por una hipoteca inversa, si no tiene tiempo para un plan de pensiones
Los trabajadores ven como su poder adquisitivo cae cuando se jubilan. La mayoría carece de un plan de pensiones para completar su renta y sólo disponen de la vivienda en propiedad como principal recurso. Es el momento de buscar alternativas que permitan mantener la calidad de vida en esta última etapa. Por este motivo surgieron hace unos años dos productos financieros, las 'hipotecas inversas' y las rentas vitalicias inmobiliarias' que compensan estas pérdidas.

Ampliar a 20 años el cómputo para calcular la pensión de jubilación es una de las propuestas que maneja el Gobierno, lo que bajaría el importe de la pensión a percibir. Una opción sería suscribir un plan de pensiones, pero para aquellos que no les dé tiempo pueden optar por las 'hipotecas inversas' y las rentas vitalicias inmobiliarias' si tienen su vivienda en propiedad.
Según se desprende de un informe elaborado por el Grupo Retiro, el 83% de los mayores son propietarios de sus casas y el 87% prefiere vivir en ellas, aunque estén solos. Es decir, el 85% del ahorro se concentra en 'ladrillo'. Sin embargo, también es cierto, que con la jubilación se pierde poder adquisitivo si no se cuenta con otro producto que compense esta pérdida de ingresos. Ante esto, una opción es contratar las 'hipotecas inversas' o 'rentas vitalicias inmobiliarias'
Las 'hipotecas inversas' son relativamente nuevas. Aparecieron en diciembre de 2007 y son créditos con garantía hipotecaria de la vivienda para percibir unas disposiciones a lo largo de la vida del contratante o por un periodo de tiempo determinado. Se formaliza a través de entidades financieras o aseguradoras y se tiene en cuenta la esperanza de vida de las personas.
Carlos Martínez Cerezo, presidente-consejero delegado del Grupo Retiro, señala que con las hipotecas inversas no se pierde la propiedad de la vivienda y una vez que fallezcan los mayores los herederos tendrán varias opciones: cancelar la deuda, subrogarse a través de la hipoteca, vender la vivienda y pagar la deuda o bien que la entidad ejecute la deuda.
Este tipo de productos está indicado para aquellas personas, recuerda Martínez Cerezo, que quieran mejorar su calidad de vida, pero al mismo tiempo dejar algún recurso a sus herederos.
En cuanto a las rentas vitalicias inmobiliarias, reguladas en España desde 1890, la propiedad de la vivienda pasa a una sociedad familiar o grupos de inversión, permitiendo a la persona que lo contrata el usufructo de la vivienda. A cambio, recibirán una renta pactada, en función del valor de su vivienda, y estará exento de pagar impuestos, como el IBI, derramas de la comunidad o el seguro de continente.
En el caso de fallecimiento, se puede pactar un mínimo garantizado durante un periodo de tiempo determinado, como 3 ó 5 años.
Desde Grupo Retiro, que lleva 15 años gestionando este tipo de productos, creen que se adecua más a personas sin hijos, que quieran disfrutar de sus últimos años. El objetivo por el que optan por este tipo de productos, es incrementar sus ingresos para cubrir sus necesidades básicas o bien para complementarlos y poder costearse la estancia en una residencia.
Al primero de estos productos optan matrimonios de entre 68 y 75 años y cuyos ingresos al mes rondan entre 600 y 1.000 euros al mes. En cuanto a las rentas vitalicias, las viudas de más de 70 años son las principales demandantes, que buscan una alternativa con la que compensar sus ingresos que se sitúan en una horquilla de entre 500 y 800 euros mensuales.
Así, una mujer viuda de 78 años y con una propiedad valorada en 280.000 euros que reciba una pensión de viudedad de 500 euros puede ver sus ingresos duplicados con la hipoteca inversa (650 euros más al mes) o triplicados con la renta vitalicia (1.020 euros mensuales)
Esa misma mujer que reciba una pensión de jubilación por 875 euros ganaría 1.825 con la renta vitalicia y 1.525 con la hipoteca inversa, según Grupo Retiro.
Ventajas e inconvenientes
Como todo producto financiero, la hipoteca inversa tiene ventajas e inconvenientes. Por un lado, además de ofrecer mayor liquidez para los contratados, no modifica la titularidad de la vivienda, lo que permite también garantizar la herencia.
El principal obstáculo es que las cantidades mensuales que se perciben son bajas, además, el coste de institución es elevado. Sin olvidar la pérdida de credibilidad del sistema financiero a raíz de la crisis.
En cuanto a la renta vitalicia inmobiliaria, sus cantidades son más altas (entre un 25% y un 40% que la hipoteca inversa). En cambio, la situación no puede ser reversible y se pierde la propiedad para los herederos.
En cuanto a los costes de contratación, las hipotecas inversas conllevan notario, escrituras etc., pero estos no son abonados en el momento, sino que se añaden a la deuda que genera la hipoteca inversa. En cuanto a la renta vitalicia, son las sociedades o inversores los que corren con todo los gastos.
Fiscalmente, las rentas obtenidas a través de las hipotecas inversas no tienen ningún efecto en el IRPF porque se trata de disposiciones de una cuenta de crédito y estas no tributan. Los cobros derivados de las rentas vitalicias sí que tributan como renta vitalicia. Están sujetos a retención en un porcentaje que actualmente depende de la edad del titular en el momento de empezar a cobrar la renta. Por su parte, en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones el valor de la vivienda se reduce con el crédito consumido.
Y como son mucho más que las ventajas que los inconvenientes, la contratación de ambos productos ha ido aumentando desde su entrada en el mercado. En 2010 la hipoteca inversa ha crecido cerca de un 37% con respecto a 2009, mientras que la renta vitalicia ha pasado de un 10,2% hasta el 18,3%.
Carlos Martínez-Cerezo reconoce que con la crisis se ha producido un incremento de la contratación. “No sólo por la congelación de las pensiones y el alza de los precios, sino también porque muchas personas mayores ayudan a sus hijos que tienen problemas para pagar la hipoteca o porque se han quedado en situación de desempleo”.
Martínez-Cerezo también cree que la reforma de las pensiones potenciará la contratación de estos productos, fundamentalmente por dos motivos: “la esperanza de vida está aumentando y los jóvenes se incorporan cada vez más tarde al mercado laboral, lo que pone en entredicho la supervivencia del sistema de pensiones”. Martínez-Cerezo también cree que esos dos productos deben ser utilizados por la gente que tenga recursos y aliviar también los requerimientos de la Ley de Dependencia, que establece un sistema de copago.
Las cajas de ahorro son -de momento- las entidades financieras que comercializan este tipo de productos debido a su naturaleza de labor social a mayores. En cuanto a las sociedades familiares, que proporcionan las rentas vitalicias, su objetivo es poder utilizar la propiedad, una vez que el contratante haya fallecido bien de forma directa para sus miembros o bien poniendo la propiedad en alquilar o en venta.

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