La amenaza de llevar a los tribunales los nuevos estatutos de Podemos se consuma en forma de una demanda colectiva. En esta se detallan las supuestas irregularidades que "infringen la propia Ley de Partidos y sus principios elementales" según el escrito del 89 páginas, al que ha tenido acceso este diario, presentado en el juzgado de primera instancia de Madrid.
Impulsado por la corriente interna Profundización Democrática, que lidera la revuelta contra lo que considera una "ilegítima trasposición" en los estatutos de los documentos aprobados en Vistalegre II, principalmente en lo referente al articulado sobre el régimen disciplinario, también denominados 'ley mordaza', se produce tras constatar lo que entienden como un "enroque" de la dirección. La respuesta de la ejecutiva del partido, que este lunes abordó el conflicto abierto con una parte de la comisión de garantías después de que su presidenta promoviese en un dictamen la nulidad de los nuevos estatutos, precipitó la presentación de la demanda.
Una vez que se admita a trámite, de lo que no tienen duda sus impulsores, "toda persona inscrita de Podemos podrá sumarse a la misma con el objetivo de defender y salvaguardar los valores democráticos presentes en el ADN de Podemos, cuya razón de ser siempre fue, además de articular un proyecto de país realmente transformador y evolucionado a la altura de lo que merece la España del siglo XXI, constituir un modelo de organización política participativo, democrático e innovador acorde al espíritu de las plazas del 15M". No hay vuelta atrás. La demanda califica la trasposición de los nuevos estatutos como un "ataque directo al principio de democracia interna" vulnerando así las garantías "de igualdad, participación y funcionamiento democrático" para los inscritos.
El conflicto que ahora deberá resolverse en los tribunales se inició tras la emisión del dictamen firmado por tres de los nueve miembros del comité de garantías el pasado 28 de julio, incluida su presidenta, que declaraba nulos los nuevos estatutos, como adelantó este diario. El motivo, según argumentaba el tribunal interno, era que “la adaptación realizada de los estatutos incluye una nueva regulación de una serie de cuestiones que no han sido sometidas a la voluntad de los inscritos, puesto que no figuran en el documento organizativo que se aprobó y que son de indudable relevancia organizativa”. Esto es, “no se trata de una tarea de transposición, sino de legislación nueva e independiente del documento organizativo de Vistalegre II”.
A partir de esa fecha comenzó el terremoto interno que se ha trasladado al resto de comisiones de garantías de ámbito autonómico y a una parte de las bases, entre las que se ha promovido un manifiesto a favor de la nulidad de los nuevos estatutos que suma más de un millar de firmas. Esta situación ha provocado un choque de legitimidades en el propio órgano, incluyendo la apertura de un expediente contra su presidenta, Olga Jiménez, a quien respalda la mayoría de comisiones autonómicas pero cuyos dictámenes, incluida la nulidad de los nuevos estatutos, no reconoce la ejecutiva. Este lunes, el secretario de Organización, Pablo Echenique, que los estatutos “se ajustan a los documentos [aprobados en Vistalegre II] como se mandató” y, en todo caso, defiende que el “escrito” que reclama su anulación se rechazó posteriormente por la propia comisión.
La intención ahora de la demanda judicial por vía civil "es convenir en una sensata rectificación para que la normalidad democrática vuelva a su cauce mediante la retirada de los actuales estatutos ilegítimos y la realización de una nueva transposición a estatutos del documento organizativo de Vistalegre II, que fuese legítima y fidedigna". Para los demandantes, las divergencias entre el documento aprobado en la segunda asamblea ciudadana estatal de la formación y los nuevos estatutos "son obvias e innegables, ya que contienen importantes adiciones y supresiones sin ninguna justificación".
Pablo Iglesias insistía este martes durante una entrevista en 'Radio Cable' en la resposabilidad como secretario general de no inmiscuirse en los asuntos de un órgano de control que se presupone independiente, pero al mismo tiempo lanzaba un claro mensaje interno al declarar que la resolución del conflicto está en manos de los "miembros titulares". Precisamente, es aquí donde reside el choque de legitimidades que ha dividido en dos a la comisión de garantías, con una presidenta expedientada que junto a otros miembros del órgano y hasta once consejos autonómicos consideran "legitimada y avalada".
Esto es porque el primer dictamen que abrió la polémica fue aprobado por la mayoría de la comisión, pero posteriormente se les quitó a los miembros suplentes su derecho a voto, del que habían gozado hasta el momento, cambiando así “de forma antidemocrática” los contrapesos del tribunal interno “en beneficio de la secretaría de Organización”, según explican desde el entorno de Jiménez. De ahí que denominen al nuevo equipo “comisión Echenique”, es decir a los "miembros titulares" a los que se refería Iglesias, en detrimento de la comisión de “pleno derecho”, calificando estas decisiones de “golpe de Estado interno”.
El nuevo régimen disciplinario incluidos en los estatutos y sobre los que puso el foco la comisión de garantías contempla sanciones a los miembros del partido que cometan infracciones tipificadas como graves basadas en la inhabilitación por un período de entre seis meses y tres años, así como una sanción económica para los miembros de los órganos colegiados y cargos públicos, de acuerdo con lo previsto en sus respectivos reglamentos. Entre la treintena de infracciones consideradas graves se incluye la propagación de “noticias falsas o manipuladas que desprestigien a Podemos, sean descalificatorias de la organización o de sus órganos” o realizar actuaciones o declaraciones públicas en nombre de los órganos de Podemos sin ser portavoz de los mismos ni contar con su autorización”.
El escrito presentado en los juzgados también pone el foco en los nuevos tipos de afiliación, al crearse la figura clásica del militantes, además de simpatizante y, como hasta ahora, inscrito. "Por más que esto se haga para una clarificación legal de la condición de afiliado y de que es lo que lleva a la inscripción en el censo de afiliados del partido, el hecho en sí de no haber pasado por Asamblea Ciudadana, no clarificar cuál es el proceso referido como “verificación” y realizar la distinción entre dos términos previamente tenidos por idénticos, la realidad nos lleva a interpretaciones confusas que minoran las garantías sobre los derechos de los inscritos/afiliados", recoge la demanda.
No hay comentarios:
Publicar un comentario