La ruptura del pacto social
Borja Suárez Corujo, Antonio González González y Alberto del Pozo Sen son miembros de Economistas Frente a la Crisis
Tiempo habrá para analizar con detalle la propuesta del comité de expertos sobre el factor de sostenibilidad del sistema público de pensiones, su contenido y sus implicaciones. Pero se hace necesario ya al menos dar una respuesta clara a las tres preguntas que los propios expertos plantean en un ejercicio de retórica, más que de pedagogía, en las últimas páginas de su informe.
¿Es necesario ahora el factor de sostenibilidad? La propuesta de los expertos —de los 11 que la asumen, habría que matizar siempre— parte de la premisa de que la introducción de un mecanismo de ajuste automático de las pensiones es necesaria y urgente para garantizar la sostenibilidad del sistema que, en otro caso, se vería amenazada ya en el corto plazo. Sin embargo, llama poderosamente la atención que precisamente un grupo selecto de expertos no explique —más allá de la manida e insuficiente referencia al envejecimiento de la población— ni aporte dato alguno acerca de las razones de esa urgencia. Máxime cuando el gasto actual en pensiones de jubilación en España es muy inferior al de los demás países de la UE. Y cuando las proyecciones demográficas, económicas y de gasto a largo plazo del propio Gobierno español y de la Comisión Europea (2012 Ageing Report y Pension Adecuacy Report 2010-2050), que acreditan la sostenibilidad de las pensiones públicas, no han sido puestas por ellos en cuestión.
Establecer por anticipado un mecanismo de adaptación ante posibles desequilibrios del sistema de pensiones derivados de factores demográficos más intensos de lo esperado puede ser una medida razonable. De hecho, la reforma consensuada de 2011 —esa que sorprendentemente los expertos ignoran por completo— así lo contemplaba. Pero lo hacía en términos bien distintos a la propuesta de esta comisión de expertos, pues solo comenzaría a aplicarse en 2032, una fecha que no es caprichosa sino que coincide con el momento en el que se sabe que se intensificará el gasto en pensiones por la jubilación de la generación del baby boom.
¿Es adecuado? Si de lo que se trata es de salvaguardar el sistema público de pensiones que hoy conocemos, el factor de sostenibilidad propuesto no es adecuado. Porque la doble fórmula planteada garantiza la pervivencia de un sistema público de pensiones, sí, pero de uno muy limitado respecto de los parámetros actuales, que no satisfaría el requisito de suficiencia y adecuación de rentas. Vayamos por partes.
En virtud del factor de revalorización anual (FRA), se sustituye el mecanismo de actualización automática conforme al incremento del IPC por una nueva previsión que condiciona la revalorización de las pensiones a la situación financiera del sistema de pensiones. El crecimiento de su cuantía se hace depender de una favorable evolución del crecimiento de los ingresos, del número de pensiones, de la cuantía media y del equilibrio entre ingresos y gastos del sistema. Dos grandes objeciones cabe hacer a esta nueva definición del mecanismo actualización.
Primero, detrás de una apariencia técnica, objetiva, se esconde un planteamiento tramposo, en la medida en que hoy se sabe que en las próximas décadas dos de las variables que integran esa fórmula —el número de pensiones y la cuantía media— van a crecer necesariamente por la jubilación de los baby boomers y el efecto sustitución, lastrando así la posible revalorización hasta el punto de que solo un aumento espectacular de los ingresos podría compensar los otros dos y garantizar lo que hasta ahora era un derecho de los pensionistas: que sus pensiones no perdieran poder adquisitivo. Segundo, el FRA, así definido, devalúa el derecho a la revalorización de las pensiones vulnerando el artículo 50 de nuestra Constitución en el que se garantiza a los ciudadanos durante la tercera edad la “… suficiencia económica…” a través de “… pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas”. Es decir que —mal que les pese a los expertos— los poderes públicos tienen el deber constitucional de proveer los recursos necesarios para garantizar la revalorización, algo que resulta incompatible con una fórmula que pretende abocar a todos los pensionistas, actuales y futuros, a una pérdida constante de poder adquisitivo.
Por su parte, el factor de equidad intergeneracional (FEI) supone aplicar un descuento en la cuantía inicial de la pensión en función de la evolución de la esperanza de vida. Con ello se trata de mantener el equilibrio entre el tiempo de vida activa y el que se pasa como pensionista. Este objetivo, también en principio razonable, es de nuevo coincidente con la línea seguida por la reforma de 2011. Sin embargo, frente a la más prudente solución de entonces basada en un mayor esfuerzo contributivo, ahora se plantea una fórmula mucho más drástica y con un importantísimo impacto social. Porque se establece una corrección automática —a la baja por el alargamiento de la esperanza de vida— que desprecia el previsible incremento del nivel de riqueza de la sociedad en su conjunto. Quiere ello decir que los expertos desatienden flagrantemente una cuestión fundamental como es la equidad, pues difícilmente puede explicarse que una sociedad más rica, como será la española dentro de 20 años, esté abocada a pagar pensiones cada vez más modestas a sus jubilados marginándolos del progreso económico colectivo.
Por eso entendemos que condenar a los ciudadanos a unas pensiones menguantes en una sociedad que, una vez superada la crisis, recupere su capacidad de crecimiento, es una contradicción muy difícil de salvar sin tener presente la existencia de poderosísimos intereses financieros. Porque lo que la propuesta esconde —de manera consciente— detrás de fórmulas matemáticas es un cambio de modelo de Seguridad Social en el que la limitación de las pensiones públicas libera un amplio espacio a las pensiones privadas. Tal planteamiento podrá ser legítimo; pero lo exigible, en todo caso, es que se hable claro a los ciudadanos y se explique de forma meridiana quién pierde y quién gana con este cambio: perdería la mayoría que al llegar a la jubilación no posee más que un patrimonio social, la pensión pública, pues el recorte de su cuantía incrementaría el riesgo de pobreza y de desigualdad; ganaría el poder financiero que vería promocionado el acceso a un lucrativo negocio.
Desde nuestro punto de vista, este nuevo diseño del modelo de pensiones degrada el Estado de bienestar que hemos construido en los últimos 35 años. Representa, en otras palabras, una ruptura del núcleo esencial del pacto social sobre el que se sustenta nuestro sistema democrático, y por ello resulta inadmisible.
Este artículo fue publicado en el diario El País
Tiempo habrá para analizar con detalle la propuesta del comité de expertos sobre el factor de sostenibilidad del sistema público de pensiones, su contenido y sus implicaciones. Pero se hace necesario ya al menos dar una respuesta clara a las tres preguntas que los propios expertos plantean en un ejercicio de retórica, más que de pedagogía, en las últimas páginas de su informe.
¿Es necesario ahora el factor de sostenibilidad? La propuesta de los expertos —de los 11 que la asumen, habría que matizar siempre— parte de la premisa de que la introducción de un mecanismo de ajuste automático de las pensiones es necesaria y urgente para garantizar la sostenibilidad del sistema que, en otro caso, se vería amenazada ya en el corto plazo. Sin embargo, llama poderosamente la atención que precisamente un grupo selecto de expertos no explique —más allá de la manida e insuficiente referencia al envejecimiento de la población— ni aporte dato alguno acerca de las razones de esa urgencia. Máxime cuando el gasto actual en pensiones de jubilación en España es muy inferior al de los demás países de la UE. Y cuando las proyecciones demográficas, económicas y de gasto a largo plazo del propio Gobierno español y de la Comisión Europea (2012 Ageing Report y Pension Adecuacy Report 2010-2050), que acreditan la sostenibilidad de las pensiones públicas, no han sido puestas por ellos en cuestión.
Establecer por anticipado un mecanismo de adaptación ante posibles desequilibrios del sistema de pensiones derivados de factores demográficos más intensos de lo esperado puede ser una medida razonable. De hecho, la reforma consensuada de 2011 —esa que sorprendentemente los expertos ignoran por completo— así lo contemplaba. Pero lo hacía en términos bien distintos a la propuesta de esta comisión de expertos, pues solo comenzaría a aplicarse en 2032, una fecha que no es caprichosa sino que coincide con el momento en el que se sabe que se intensificará el gasto en pensiones por la jubilación de la generación del baby boom.
Introducir el factor de sostenibilidad es una mera coartada para recortar derechosPor todo ello, introducir ahora el factor de sostenibilidad de forma precipitada no solo resulta innecesario, sino que, al hacerlo sin aportar argumentos que lo justifiquen, pone de relieve una estrategia de utilización de la coyuntura de crisis como coartada para el recorte de los derechos.
¿Es adecuado? Si de lo que se trata es de salvaguardar el sistema público de pensiones que hoy conocemos, el factor de sostenibilidad propuesto no es adecuado. Porque la doble fórmula planteada garantiza la pervivencia de un sistema público de pensiones, sí, pero de uno muy limitado respecto de los parámetros actuales, que no satisfaría el requisito de suficiencia y adecuación de rentas. Vayamos por partes.
En virtud del factor de revalorización anual (FRA), se sustituye el mecanismo de actualización automática conforme al incremento del IPC por una nueva previsión que condiciona la revalorización de las pensiones a la situación financiera del sistema de pensiones. El crecimiento de su cuantía se hace depender de una favorable evolución del crecimiento de los ingresos, del número de pensiones, de la cuantía media y del equilibrio entre ingresos y gastos del sistema. Dos grandes objeciones cabe hacer a esta nueva definición del mecanismo actualización.
Primero, detrás de una apariencia técnica, objetiva, se esconde un planteamiento tramposo, en la medida en que hoy se sabe que en las próximas décadas dos de las variables que integran esa fórmula —el número de pensiones y la cuantía media— van a crecer necesariamente por la jubilación de los baby boomers y el efecto sustitución, lastrando así la posible revalorización hasta el punto de que solo un aumento espectacular de los ingresos podría compensar los otros dos y garantizar lo que hasta ahora era un derecho de los pensionistas: que sus pensiones no perdieran poder adquisitivo. Segundo, el FRA, así definido, devalúa el derecho a la revalorización de las pensiones vulnerando el artículo 50 de nuestra Constitución en el que se garantiza a los ciudadanos durante la tercera edad la “… suficiencia económica…” a través de “… pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas”. Es decir que —mal que les pese a los expertos— los poderes públicos tienen el deber constitucional de proveer los recursos necesarios para garantizar la revalorización, algo que resulta incompatible con una fórmula que pretende abocar a todos los pensionistas, actuales y futuros, a una pérdida constante de poder adquisitivo.
Por su parte, el factor de equidad intergeneracional (FEI) supone aplicar un descuento en la cuantía inicial de la pensión en función de la evolución de la esperanza de vida. Con ello se trata de mantener el equilibrio entre el tiempo de vida activa y el que se pasa como pensionista. Este objetivo, también en principio razonable, es de nuevo coincidente con la línea seguida por la reforma de 2011. Sin embargo, frente a la más prudente solución de entonces basada en un mayor esfuerzo contributivo, ahora se plantea una fórmula mucho más drástica y con un importantísimo impacto social. Porque se establece una corrección automática —a la baja por el alargamiento de la esperanza de vida— que desprecia el previsible incremento del nivel de riqueza de la sociedad en su conjunto. Quiere ello decir que los expertos desatienden flagrantemente una cuestión fundamental como es la equidad, pues difícilmente puede explicarse que una sociedad más rica, como será la española dentro de 20 años, esté abocada a pagar pensiones cada vez más modestas a sus jubilados marginándolos del progreso económico colectivo.
En los cambios que propone el comité de expertos se desprecia el previsible incremento del nivel de riqueza¿Es aceptable? Sorprende que el informe de los expertos no ofrezca ninguna descripción de la realidad actual de nuestro sistema público de pensiones. A juzgar por la determinación con la que plantea una reducción importante de la cuantía de las pensiones actuales y futuras, cabe deducir que consideran que nuestras pensiones actuales son excesivamente generosas. Pero lo cierto es que no es así, ya que la pensión media apenas alcanza los 820 euros mensuales y más del 50% de todas las pensiones no llega a la cuantía correspondiente al salario mínimo interprofesional.
Por eso entendemos que condenar a los ciudadanos a unas pensiones menguantes en una sociedad que, una vez superada la crisis, recupere su capacidad de crecimiento, es una contradicción muy difícil de salvar sin tener presente la existencia de poderosísimos intereses financieros. Porque lo que la propuesta esconde —de manera consciente— detrás de fórmulas matemáticas es un cambio de modelo de Seguridad Social en el que la limitación de las pensiones públicas libera un amplio espacio a las pensiones privadas. Tal planteamiento podrá ser legítimo; pero lo exigible, en todo caso, es que se hable claro a los ciudadanos y se explique de forma meridiana quién pierde y quién gana con este cambio: perdería la mayoría que al llegar a la jubilación no posee más que un patrimonio social, la pensión pública, pues el recorte de su cuantía incrementaría el riesgo de pobreza y de desigualdad; ganaría el poder financiero que vería promocionado el acceso a un lucrativo negocio.
Desde nuestro punto de vista, este nuevo diseño del modelo de pensiones degrada el Estado de bienestar que hemos construido en los últimos 35 años. Representa, en otras palabras, una ruptura del núcleo esencial del pacto social sobre el que se sustenta nuestro sistema democrático, y por ello resulta inadmisible.
Este artículo fue publicado en el diario El País
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