viernes, 17 de abril de 2009

Que pensaban?

Se confirma que la responsabilidad de los auditores es ilimitada

Xavier Gil Pecharromán | 9:17 - 17/04/2009

El Tribunal Supremo ha consolidado la doctrina que impone a los auditores la obligación de responder de todos los daños y perjuicios que los tribunales consideren que se han producido a las sociedades auditadas y a terceros como consecuencia de los errores cometidos en sus informes, sin que se tenga en cuenta la responsabilidad que en la comisión de estos errores puedan tener los administradores de la auditada.


Esta sentencia, del 5 de marzo de 2009, sienta jurisprudencia al ser la segunda en la que se confirma que la responsabilidad de los auditores es ilimitada.

El ponente, el magistrado Salas Carceller, explica que es la propia ley la que determina la forma en que los auditores han de ejercer su función para cumplir su finalidad, que es de "garantía". Por ello, el incumplimiento de sus obligaciones supone falta de diligencia. Esta diligencia, según el artículo 1.104 del Código Civil, les es exigible más allá de lo que se puede requerir a un deudor común.

Además, estima que considerar que el informe del auditor, por sí mismo, no es susceptible de causar daño alguno, conduciría a la exclusión de responsabilidad derivada del ejercicio de la función de auditoría pues siempre serían otras actuaciones las directamente causantes del daño.

Este fallo, entre otros de publicación inminente, era esperado en el sector de la auditoría. Por ello, diversos profesionales consultados ayer mostraron a elEconomista su malestar por que el Gobierno español no haya iniciado ya la transposición de la Octava Directiva, que limita esta responsabilidad ya en algunos países comunitarios, mientras que otros han iniciado la transposición para evitar situaciones como la que se vive aquí actualmente.

Más información en el diario elEconomista, en su quiosco por sólo 1,2 euros.

Puede consultar aquí los textos a los que se hace referencia:

- Sentencia del Tribunal Supremo de 05-03-2009

- Octava Directiva

- Recomendación de la Comisión Europea

- Página de elEconomista del 17-01-2009 anunciando el recorte de responsabilidad en la UE

- Ley de Auditoría

- Sentencia del Tribunal Supremo de 14-10-2009


elEcodiario.esEn portada
El director del servicio secreto enfrenta a De la Vega y ChacónLa Guardia Civil registra la vivienda de la etarra detenida en FranciaObama limita el tráfico de armas para luchar contra el narcotráficoVer más noticiasÚltimo Flash de la actualidad
Aguirre cree que "quizá" no actuó bien en la bronca por el agua11:33 Ver todos

Sólo en la Edición Impresa
Europa da luz verda a igualar los impuestos del gasoil y la gasolina
En 16 años habrá problemas para pagar las pensiones
Economía gana el pulso para crear un fondo de rescate a la banca
Lea estas noticias en el diario elEconomista, en su kiosco por 1,20 €

TiendaComentarios 1
117-04-2009 / 09:41

Xavi
Puntuación 1 La auditoría en cuestión es de las cuentas de 1990 y el informe se emitió en junio del 91. El Supremo zanja el asunto en abril de 2009: 18 años más tarde. Esto sí que es un record.

Deja tu comentario
Comentario:

Nombre:

e-mail:

Website:

Acepto la politica de privacidad:
elEconomista no se hace responsable de las opiniones expresadas en los comentarias y las mismos no constituyen la opinión de elEconomista. No obstante, elEconomista no tiene obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y no garantiza que se haga un uso diligente o prudente de los mismos. Tampoco tiene la obligación de verificar y no verifica la identidad de los usuarios, ni la veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de los datos que los usuarios proporcionan y excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que pudieran deberse a la utilización de los mismos o que puedan deberse a la ilicitud, carácter lesivo, falta de veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de la información proporcionada.


© Ecoprensa S.A. - Todos los derechos reservados - Nota Legal - Quiénes somos - Suscripciones - Publicidad - Newsletters - RSS - Archivo

No hay comentarios: