Otra vision de la bomba Santander
Por dos delitos cuando presidía Banesto
El Supremo acuerda inhabilitar a Alfredo Sáenz como banquero
17.01.2011 Madrid Expansión.com 1
Endurece la pena al consejero delegado de Santander por estafa procesal y denuncia falsa. Cuando presidía Banesto cometió dos delitos para “recuperar como fuera” créditos de 3,8 millones.
La Sala Penal del Supremo ha resuelto condenar a Alfredo Sáenz (Getxo, 1942), consejero delegado de Banco Santander, a ocho meses de prisión, multa e inhabilitación especial para cualquier empleo relacionado con la banca por delitos de presentación de una acusación falsa y de estafa procesal, según publica hoy El Mundo en una información de María Peral.
Saénz cometió esos delitos cuando era presidente de Banesto y “con su conocimiento y beneplácito” se presentó una querella por estafa y alzamiento de bienes contra cuatro empresarios a sabiendas de que eran completamente inocentes. La querella falsa dio lugar a que los empresarios fueran detenidos y tres de ellos fueron enviados unos días a la cárcel. La querella falsa se utilizó como medida de presión para intentar cobrar una deuda de 3,8 millones de euros que había contraído con Banesto un grupo en el que los querellados tenían una participación minoritaria.
El Alto Tribunal ha endurecido la condena dictada contra Sáenz por la Audiencia de Barcelona hace un año, acogiendo las pretensiones de la Fiscalía del Supremo y de los empresarios afectados, que han ejercido la acusación particular. Además de un delito continuado de acusación falsa, la Sala de lo Penal ha estimado que el banquero es responsable de estafa procesal, delito del que la Audiencia le había absuelto. El Supremo ha considerado que la larga duración del procedimiento debe tenerse en cuenta para rebajar la pena pero no constituye una circunstancia atenuante muy cualificada (como apreciaron los magistrados de Barcelona) sino una atenuante simple. El Tribunal ha impuesto a Sáenz la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de banquero, sanción accesoria que la Audiencia omitió incorrectamente.
Esta pena accesoria implicaría el apartamiento inmediato de Sáenz de su puesto en Santander, y de todos los cargos relacionados con entidades bancarias. En cuanto a la pena de ocho meses de prisión, será suspendida pues es inferior a dos años y el banquero no tiene antecedentes penales.
El fallo fue votado el pasado diciembre, aunque el texto de la sentencia no se conocerá hasta dentro de varios días. Dos de los cinco magistrados de la Sala anunciaron votos particulares discrepantes. Los hechos que han dado lugar a la condena de Sáenz se produjeron en 1994.
Sáenz impulsó la recuperación del créditos con riesgo de impago. Entre ellos, Banesto había incluido una línea de crédito de 639,6 millones de pesetas concedidas al Grupo Harry Walker. El entonces director regional de Banesto para Cataluña, Miguel Ángel Calama, también condenado, se reunión con los accionistas minoritarios Pedro Olabarría y los hermanos Romero, para que garantizaran los créditos, pero no accedieron. El banco puso una querella en julio de 1994 en la que afirmaba falsamente que los citados accionistas se habían comprometido a responder de las posibles insolvencias.
CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS
En 1993 Alfredo Sáenz asume la presidencia del recién intervenido Banesto y ordena recuperar los créditos de dudoso cobro ante la situación de la entidad. Entre los acreedores figura el grupo Harry Walker, que debe 3,8 millones y está en crisis. El director regional de Banesto, Miguel Ángel Calama, se reúne con Pedro Olabarría y con Luis e Ignacio Romero, accionistas minoritarios de Harry Walker para que respalden con su patrimonio la deuda. Éstos se niegan. Por ello, Banesto encarga al abogado Rafael Jiménez de Parga que se querelle contra ellos en 1994.
Después el juzgado número 10 de Barcelona encarcela a los tres empresarios y les embarga bienes por 4,5 millones de euros. En 1995 la Justicia les exonera y los querellados son excarcelados. Posteriormente, los empresarios se querellan contra Sáenz y la Audiencia de Barcelona le condena a seis meses de prisión. El Supremo endurece ahora la pena y condena a Sáenz a 8 meses de cárcel e inhabilitación.
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