Pero menos, al parecer!
Las grandes fortunas sacan el dinero de las sicavs sin pagar un euro a Hacienda
Segovia / E. Sanz - 19/11/2009 06:00h
El gran argumento de los partidarios de la ventajosa fiscalidad actual de las sicav (el vehículo de inversión habitual de las grandes fortunas) es que no sirven para eludir impuestos, sino sólo para diferirlos, porque el inversor tiene que pagar cuando retira el dinero. Pero esto no es siempre así, porque las últimas retiradas realizadas por algunos de los mayores potentados de España no han pasado por el fisco, gracias a que lo han hecho mediante reducciones de capital y no con la venta de las acciones o la distribución de dividendos.
Ayer se conoció que Amancio Ortega, el hombre más rico de España, ha sacado 200 millones de euros de sus sicav Keblar y Alazán. La familia Polanco hizo lo propio en verano. El julio, los dueños de Prisa llegaron a ‘vaciar’ literalmente sus sicavs - Nomit IV Global, Nomit III Internacional Y Nomit Inversiones- al retirar hasta el 80% del capital. También lo hizo Rafael del Pino, presidente de Ferrovial. El 28 de septiembre reducía en un 75,3% del capital de su sociedad Keeper de Inversiones. El reembolso ascendió a unos 107 millones de euros. La familia Sanahuja, los principales accionistas de Metrovacesa -con un 30% del capital-, también realizó diferentes reembolsos en junio y agosto de 2009 en Cartera Cresa.
Todas estas operaciones se han realizado mediante reducciones de capital, al estilo de cualquier sociedad mercantil que devuelve las aportaciones realizadas por sus socios. A efectos fiscales, el dinero que sale no tributa hasta que no supere la cantidad inicialmente invertida, porque se considera que lo que se retira es capital y no las ganancias obtenidas por las inversiones de las sicav. Es lo que se conoce como criterio FIFO (first in first out), es decir, que lo primero que inviertes es capital y lo primero que sacas también.
Esto, llevado al extremo, permite sacar todo el capital y dejar dentro de la sicav sólo las plusvalías, que a su vez pueden generar nuevas plusvalías si se acierta con las inversiones. Eso sí, una vez que el inversor ha sacado todo lo que aportó inicialmente, cualquier retirada adicional sí tiene que pasar por Hacienda se haga por la vía que se haga. Ahora bien, siguiendo con un caso extremo -pero no infrecuente-, si el titular del vehículo fallece, sus hijos no tendrán que pagar nada a Hacienda: en España no existe la 'plusvalía del muerto' y tampoco tributarán por Sucesiones, ni siquiera en Cataluña.
Hay que dejar claro que no se trata de ninguna vulneración de la ley, sino de una figura reglada desde los años 70 en el Impuesto sobre la Renta. Y, por tanto, estos inversores tienen perfecto derecho a usarla en vez de retirar su dinero por otras vías, como la venta de acciones de la sicav (que tributa al 18% por la plusvalía obtenida) o el reparto de dividendos (que además de tributar al 18% tiene retención).
Agravio para los fondos de inversión
Ahora bien, esto echa por tierra otro de los argumentos que sostienen los partidarios de este vehículo es que su fiscalidad es equiparable a la de los fondos de inversión, que están al alcance de cualquier pequeño inversor. Porque el partícipe de un fondo no puede utilizar la reducción de capital para reembolsar su dinero sin tributar, ya que los fondos no son sociedades mercantiles. Por tanto, sólo les queda la opción de vender participaciones (algunos fondos como los ETF también reparten dividendo) y tributar al 18% por las ganancias obtenidas. Y además, con retención a cuenta.
Estas ventajas no impiden que los propietarios de sicav se acojan a otras ventajas comunes a otros vehículos de inversión, como la compensación de las minusvalías: si una sicav pierde dinero, al inversor le puede interesar vender parte de sus acciones (no reducir capital) para compensar plusvalías que tenga en otros productos.
Se reaviva el debate
"El problema de las sicavs es que la ley va por un lado y la realidad por otra, porque todo el mundo sabe que los 100 partícipes son de paja; habría que acabar con esta disparidad y adaptar la norma a la realidad, lo que no significa suprimir las ventajas fiscales", opina un experto fiscalista. Francisco de la Torre, portavoz de la asociación de inspectores de Hacienda, considera que "ninguna sociedad permite a un socio reducir capital a su conveniencia fiscal... salvo que la sociedad sea suya. Esto confirma que las sicav no son instituciones de inversión colectiva y, por tanto, no deberían beneficiarse de las ventajas fiscales de esta figura".
De la Torre advierte que estas prácticas tienen cierto riesgo puesto que las reducciones de capital sí están sujetas a la inspección de la Agencia Tributaria -no así el cumplimiento de los criterios para ser institución de inversión colectiva, que es competencia de la CNMV- y un inspector puede considerar que está distribuyendo beneficios si se trata de una retirada masiva de fondos.
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