El IRPF tendrá menos tramos, recortará tipos y ajustará deducciones
José Mª Camarero
El comité de expertos tributarios apostaría por simplificar la escala, reducir tipos marginales, mejorar la fiscalidad para la jubilación y ajustar las deducciones, entre otras medidas.
La Declaración de la Renta será muy distinta a la que conocemos actualmente a partir de 2015, si se cumplen los análisis y las conclusiones que se están perfilando en el seno del comité de expertos que elabora la reforma fiscal, tal y como adelantaba la semana pasada la revista "INVERSIÓN&finanzas". En el caso del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), estas son algunas de las medidas que se podrían proponer en el informe final, cuya publicación está prevista para febrero de 2014.
Modificar los mínimos exentos. Es una de las medidas que se está planteando el comité de expertos y que supondría «la ampliación del mínimo exento que ahora se aplica en este tributo», explica Luis Viñuales, abogado de Uría Menéndez. Es decir, actuar sobre la parte de las rentas del contribuyente que, por sus circunstancias personales, no se encuentran sometidas a gravamen (hasta 16.952 euros, actualmente). Incrementar esa exención supondría un alivio para muchos bolsillos.
Actualización de tipos. Las fuentes consultadas estiman que puede haber una reducción de las escalas que se aplican en la actualidad (siete). No se trataría tanto de incorporar un tipo único para todos los contribuyentes (aunque algún experto del comité ha apuntado esa idea), sino a reducir las escalas a tres o cuatro, como máximo. Y a partir de ahí, modificar los tipos marginales actuales. Para Antonio Durán-Sindreu, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), «la diferencia de tipos entre el de la Renta y el de Sociedades está produciendo la fuga de rentas de un impuesto a otro». De hecho, «mientras que el tipo máximo del IRPF puede llegar a ser en alguna Comunidad al 56%o, el de Sociedades es el 30%, con 26 puntos de diferencia». Para determinar casos concretos, Eduardo Ramírez, socio de Cuatrecasas-Gonçalves Pereira, recomienda que «los tipos máximos se queden, en cualquiera de los casos que se planteen, por debajo del 50%».
Tributación de los bienes mobiliarios. Mientras que las rentas del trabajo tributan según la escala, otro tipo de rendimientos, como los mobiliarios o los procedentes de inversiones bursátiles, por ejemplo, lo hacen a un tipo fijo (21%, 25% o 27%, según la cuantía). «Con este sistema, al final, el tipo efectivo de la Renta comienza a reducirse, sobre todo para grandes patrimonios», explica Carlos Cruzado, presidente de los Técnicos de Hacienda (Gestha). Aunque las fuentes consultadas consideran complicado que todos los rendimientos vuelvan a tributar a escala-«esto nos situaría fuera del ámbito europeo», recuerda Eduardo Ramírez-, sí son posibles otras medidas, como «extraer de la base del ahorro los beneficios obtenidos en actividades económicas que excedan una renta normal del capital», explica Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). Esta medida podría ir acompañada de una reducción de los gravámenes actuales. «Abogaría por un tipo que no supere el 25%», indica Eduardo Ramírez.
Fomentar el ahorro para la jubilación. En el caso de los planes de previsión social, fuentes cercanas al comité apuntan a que una posible fórmula pasaría por incorporar otro tipo de activos, más allá de los planes de pensiones, en el régimen de reducciones de la base imponible, para fomentar el ahorro de cara a la jubilación. «¿Por qué esta ventaja fiscal sólo beneficia a los planes y no a otros productos?», se pregunta Valentín Pich. En efecto, parece que se impone la idea de que determinados productos (cuentas de ahorro, seguros, etc.) sirvan como previsión para la jubilación, «con unos rendimientos que no tributarían hasta el momento del rescate, con el compromiso de no tocar ese activo hasta llegado el momento de la contingencia», explica Luis del Amo.
Adiós a tantas deducciones. También se modificaría el régimen actual de deducciones. La que más daño hace a la recaudación es la de vivienda, «aunque no la eliminaría para aquellos contribuyentes que compraron su vivienda habitual con anterioridad al 1 de enero de 2013», destaca Durán-Sindreu. «Podría ser una opción, pero hay que destacar que esta desgravación permite abonar hasta dos meses y medio de hipoteca al año por parte de muchos ciudadanos», apunta Vázquez.
Patrimonio, reformulado.
El otro tributo que sufrirá modificaciones será el de Patrimonio, recuperado, al menos, hasta el 31 de diciembre del próximo año. El planteamiento con el que se juega entre los expertos es que este tributo tenderá a desaparecer. «Se puede proponer una reducción del gravamen hasta un máximo del 1% e incluso del 0,5%», explica Eduardo Ramírez. «No concibo tipos como los actuales, de hasta el tres por ciento, que son superiores a la rentabilidad libre de riesgo que se puede obtener hoy en día», indica. Si se optara por suprimir directamente este impuesto, «a cambio, en la Renta se podría tributar por 'rentas presuntas' del contribuyente ligadas a su patrimonio total», explica Luis del Amo.
Modificar los mínimos exentos. Es una de las medidas que se está planteando el comité de expertos y que supondría «la ampliación del mínimo exento que ahora se aplica en este tributo», explica Luis Viñuales, abogado de Uría Menéndez. Es decir, actuar sobre la parte de las rentas del contribuyente que, por sus circunstancias personales, no se encuentran sometidas a gravamen (hasta 16.952 euros, actualmente). Incrementar esa exención supondría un alivio para muchos bolsillos.
Actualización de tipos. Las fuentes consultadas estiman que puede haber una reducción de las escalas que se aplican en la actualidad (siete). No se trataría tanto de incorporar un tipo único para todos los contribuyentes (aunque algún experto del comité ha apuntado esa idea), sino a reducir las escalas a tres o cuatro, como máximo. Y a partir de ahí, modificar los tipos marginales actuales. Para Antonio Durán-Sindreu, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), «la diferencia de tipos entre el de la Renta y el de Sociedades está produciendo la fuga de rentas de un impuesto a otro». De hecho, «mientras que el tipo máximo del IRPF puede llegar a ser en alguna Comunidad al 56%o, el de Sociedades es el 30%, con 26 puntos de diferencia». Para determinar casos concretos, Eduardo Ramírez, socio de Cuatrecasas-Gonçalves Pereira, recomienda que «los tipos máximos se queden, en cualquiera de los casos que se planteen, por debajo del 50%».
Tributación de los bienes mobiliarios. Mientras que las rentas del trabajo tributan según la escala, otro tipo de rendimientos, como los mobiliarios o los procedentes de inversiones bursátiles, por ejemplo, lo hacen a un tipo fijo (21%, 25% o 27%, según la cuantía). «Con este sistema, al final, el tipo efectivo de la Renta comienza a reducirse, sobre todo para grandes patrimonios», explica Carlos Cruzado, presidente de los Técnicos de Hacienda (Gestha). Aunque las fuentes consultadas consideran complicado que todos los rendimientos vuelvan a tributar a escala-«esto nos situaría fuera del ámbito europeo», recuerda Eduardo Ramírez-, sí son posibles otras medidas, como «extraer de la base del ahorro los beneficios obtenidos en actividades económicas que excedan una renta normal del capital», explica Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). Esta medida podría ir acompañada de una reducción de los gravámenes actuales. «Abogaría por un tipo que no supere el 25%», indica Eduardo Ramírez.
Fomentar el ahorro para la jubilación. En el caso de los planes de previsión social, fuentes cercanas al comité apuntan a que una posible fórmula pasaría por incorporar otro tipo de activos, más allá de los planes de pensiones, en el régimen de reducciones de la base imponible, para fomentar el ahorro de cara a la jubilación. «¿Por qué esta ventaja fiscal sólo beneficia a los planes y no a otros productos?», se pregunta Valentín Pich. En efecto, parece que se impone la idea de que determinados productos (cuentas de ahorro, seguros, etc.) sirvan como previsión para la jubilación, «con unos rendimientos que no tributarían hasta el momento del rescate, con el compromiso de no tocar ese activo hasta llegado el momento de la contingencia», explica Luis del Amo.
Adiós a tantas deducciones. También se modificaría el régimen actual de deducciones. La que más daño hace a la recaudación es la de vivienda, «aunque no la eliminaría para aquellos contribuyentes que compraron su vivienda habitual con anterioridad al 1 de enero de 2013», destaca Durán-Sindreu. «Podría ser una opción, pero hay que destacar que esta desgravación permite abonar hasta dos meses y medio de hipoteca al año por parte de muchos ciudadanos», apunta Vázquez.
Patrimonio, reformulado.
El otro tributo que sufrirá modificaciones será el de Patrimonio, recuperado, al menos, hasta el 31 de diciembre del próximo año. El planteamiento con el que se juega entre los expertos es que este tributo tenderá a desaparecer. «Se puede proponer una reducción del gravamen hasta un máximo del 1% e incluso del 0,5%», explica Eduardo Ramírez. «No concibo tipos como los actuales, de hasta el tres por ciento, que son superiores a la rentabilidad libre de riesgo que se puede obtener hoy en día», indica. Si se optara por suprimir directamente este impuesto, «a cambio, en la Renta se podría tributar por 'rentas presuntas' del contribuyente ligadas a su patrimonio total», explica Luis del Amo.
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