«Las inmatriculaciones eclesiásticas son un expolio monumental»
Entrevista a Andrés Valentín, portavoz del movimiento navarro contra las apropiaciones de bienes inmuebles por la Iglesia
Andrés Valentín es funcionario del Gobierno de Navarra y el portavoz principal del movimiento de denuncia surgido en esa región contra una de tantas rémoras franquistas que perviven en la España del siglo XXI: las inmatriculaciones eclesiásticas, es decir, el apropiamiento, por parte de la Iglesia, de decenas de miles de bienes inmuebles ajenos sirviéndose de una ley de 1946 que le permitió hacerlo fácilmente hasta que una nueva reforma legal anuló la posibilidad en 2015. Entonces, dice Valentín, se le cerró a la Iglesia el grifo de las inmatriculaciones, pero la victoria fue agridulce para el movimiento laicista español: al mismo tiempo, se reconocían como hechos consumados las abordadas hasta entonces. La reivindicación de que los bienes así expoliados vuelvan a manos del pueblo, como debería suceder en la mayor parte de los casos, ha sido el tema de una conferencia celebrada ayer en la Biblioteca Pública Jovellanos de Gijón con el título «Las inmatriculaciones: un escándalo monumental».
-Comencemos por el principio: ¿qué es una inmatriculación?
-Inmatricular es inscribir algo por primera vez en el registro de la propiedad. Eso es exactamente una inmatriculación, definición que hemos conseguido que la RAE incluya en la última versión de su diccionario.
-Ustedes denuncian, en concreto, las inmatriculaciones efectuadas por la Iglesia católica entre 1946 y 2015.
-Efectivamente. Nuestra denuncia es que en el año 1946, por una reforma de la ley hipotecaria, se le reconoció a la Iglesia la misma autoridad para inmatricular que a cualquier administración pública, y que la Iglesia ha disfrutado de esa potestad hasta 2015, cuando se reformó ese artículo de la ley. Durante esos setenta años, bastó con un certificado del obispo correspondiente que dijera «esto es mío» para que la Iglesia pudiera inmatricular a su nombre cualquier bien. Hasta 1998 estaban excluidos los lugares de culto, pero una reforma de Aznar de aquel año abrió la posibilidad a que también los lugares de culto se registraran. Así pues, durante setenta años la Iglesia puso a su nombre miles y miles de bienes inmuebles simplemente enviando a un representante del arzobispado a comparecer en el registro con un papel que decía «esto es mío desde tiempo inmemorial, firmado el arzobispo». Eso, nosotros lo denominamos, con una frase que se ha hecho célebre, expolio monumental. Y el problema es que aunque en 2015 se cerró el grifo, se cerró dando por hecho y por bueno todo lo que la Iglesia había inmatriculado: una amnistía registral de enormes repercusiones.
-El caso más celebre de inmatriculación eclesiástica es el de la Mezquita de Córdoba.
-Sí. Además en este caso le han quitado hasta el nombre: ya no se llama mezquita, sino catedral.
-¿Qué otros bienes ha inmatriculado la Iglesia?
-Bienes de todo tipo: iglesias, cementerios e incluso plazas.
-¿De quién deberían ser propiedad esos bienes?
-También en este caso hay una enorme variedad. Algunos casos están claros: los cementerios, por ejemplo, son claramente municipales, igual que las plazas. Otros bienes son de titularidad privada. La mayoría, en todo caso, son bienes de los pueblos, y su titular podrá discutirse que sea el Ayuntamiento, pero desde luego quien no lo es es una institución privada como la Iglesia católica cuyos bienes, además, terminan siendo propiedad del Estado vaticano debido a su construcción jerárquica como organización.
-Ustedes no cuestionan que la Iglesia utilice esos bienes, sólo que los posea.
-Sí. En ningún caso cuestionamos que una iglesia se siga utilizando para el culto católico. Lo que ponemos en cuestión es la propiedad. La mayoría de las iglesias fueron construidas y son mantenidas por los pueblos, bien por el trabajo directo de las personas que residen en el municipio, bien por las aportaciones de las administraciones públicas, que en la inmensa mayoría de los casos son las que costean las labores de mantenimiento que se hacen en esos bienes. Y en consecuencia, deben ser de titularidad pública.
-Ha sido polémico en los últimos años el hecho de que la Iglesia ni siquiera pague IBI por esos bienes.
-No sólo no paga IBI, sino que en muchos casos, y el de la mezquita de Córdoba es emblemático en este sentido, cobra entrada pero no da tique, lo cual convierte ese pago directamente en dinero negro. Según sus propios datos, la mezquita suministra un volumen del alrededor de seis millones de euros anuales en dinero negro.
-¿A qué número ascienden los bienes inmatriculados por la Iglesia?
-Lamentablemente, no lo sabemos, porque una de las constantes de estos últimos años ha sido la negativa sistemática del PP a que podamos tener datos al respecto. Las únicas comunidades autónomas de las que tenemos datos son la vasca y la navarra. Y aun en Navarra sólo disponemos de un primer listado que abarca los años 1998 a 2007, es decir, sólo nueve años de los setenta que ha durado el momento de hacer inmatriculaciones. En esos nueve años, hay 1087 bienes inmatriculados: una barbaridad y algo que nos hace pensar que a nivel estatal los bienes inmatriculados desde 1946 hasta 2015 son decenas de miles. Tenemos la esperanza de que próximamente haya alguna iniciativa que solicite esta información en cada una de las regiones del Estado, incluida Asturias.
-¿Hay algún país europeo en el que se dé una situación similar?
-No. España es una excepción. Ésta es una normativa específicamente franquista que no tiene parangón en ningún otro sitio. En Europa no sólo las iglesias, catedrales, etcétera son en general propiedad pública, sino que están siempre abiertas a todo el mundo y no ocurre lo que aquí, donde después de haberse invertido muchos millones en determinados bienes, o bien uno tiene que pagar entrada, o bien los templos están cerrados permanentemente o están abiertos sólo cuando el párroco puede o quiere abrir. Si hay una inversión pública en un bien de interés histórico-artístico, lo normal es que haya unas condiciones públicas de visita, de conocimiento, de disfrute de ese bien. Y evidentemente, si en un momento determinado la Iglesia puede presentar documentos de dominio suficiente de un determinado bien (lo heredé de no sé quién, me lo donó no sé quién, etcétera), nosotros no cuestionamos que lo posea, y nos da lo mismo que sea una iglesia, una casa o un viñedo. Lo que cuestionamos es que la Iglesia tenga bienes que haya conseguido simplemente con un título autocertificado del obispo correspondiente.
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