viernes, 16 de octubre de 2020
Jugando con fuego..Europa dictaminará...
Las razones de Europa contra la reforma del poder judicial: debilita a todos los jueces
Las leyes similares a la propuesta española debilitan la independencia y "contribuyen a un debilitamiento de la independencia del poder judicial en su conjunto"
Foto: Rueda de prensa del presidente del Gobierno tras la última cumbre europea. (EFE)
Rueda de prensa del presidente del Gobierno tras la última cumbre europea. (EFE)
BEATRIZ PARERA
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16/10/2020 05:00 - ACTUALIZADO: 16/10/2020 08:27Adelantado en
El debate sobre la reforma del poder judicial ha llegado al corazón de Europa. Este jueves, el Ejecutivo comunitario dejó claro que está siguiendo de cerca la propuesta de PSOE y Unidas Podemos para reformar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y aligerar las mayorías necesarias para cambiar su composición. Desde Bruselas, se sigue con cierta preocupación lo que se considera un paso hacia la politización de la Justicia. "Siempre hemos incidido en la importancia de reducir la influencia del poder legislativo o ejecutivo sobre el judicial con el fin de reforzar la independencia judicial", aseguró un portavoz de la Comisión a El Confidencial.
Llamada de atención a España por la propuesta para la reforma del sistema de elección de los jueces
A pesar de que nadie considera en la UE que se pueda hacer paralelismos entre la situación de Hungría o de Polonia —en clara deriva autoritaria— y la de España, la valoración efectuada por determinados órganos consultivos, como la Comisión de Venecia, sobre modificaciones legislativas llevadas a cabo en estos países encaja como un guante con la propuesta del Gobierno español. El sistema de elección de vocales del CGPJ propuesto por PSOE y Podemos es idéntico al impuesto por la ultraderecha en Polonia, sobre el que ya se pronunció la Comisión Europea.
Aunque en esa valoración, Bruselas tiene en cuenta otros elementos de la reforma polaca, que por ejemplo incluyó una reducción de la edad de jubilación que permitía a Varsovia nombrar una gran cantidad de magistrados y que fue tumbada por la justicia europea. La ley de Polonia ha sido solo la primera piedra de toda una serie de reformas que incluyen, por ejemplo, un órgano sancionador para los jueces con línea directa al Parlamento y que permite que "los jueces ordinarios sean objeto de investigaciones, procedimientos y sanciones disciplinarias sobre la base del contenido de sus resoluciones judiciales". Todo se enmarca en un pulso general a la Comisión Europea y al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Bruselas advierte sobre la reforma del CGPJ y pide “reducir la influencia” sobre la Justicia
NACHO ALARCÓN. BRUSELAS
La Comisión Europea se muestra preocupada por la reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y pide reducir la influencia política sobre el poder judicial
"La Comisión de Venecia considera que la elección de los 15 miembros judiciales del Consejo Nacional del Poder Judicial por parte del Parlamento, junto con la sustitución inmediata de los miembros actuales, dará lugar a una politización sustancial de este organismo. La Comisión de Venecia recomienda que, en lugar de eso, los miembros judiciales del Consejo Nacional del Poder Judicial deben ser elegidos por sus homólogos, como en la ley actual. Observa asimismo que la ley debilita la independencia del Consejo en lo relativo a la mayoría del Parlamento y contribuye a un debilitamiento de la independencia del poder judicial en su conjunto".
Pese a lo que pueda parecer, el párrafo anterior no habla de España, sino que reproduce literalmente el apartado 144 de la propuesta motivada de la Comisión Europea y la decisión del Consejo de la Unión Europea "relativa a la constatación de un riesgo claro de violación grave del Estado de derecho por parte de la República de Polonia". Y es que la Ley del Consejo Nacional del Poder Judicial, impulsada por el Gobierno de ultraderecha polaco del partido Ley y Justicia (PiS), se parece en muchos aspectos a la propuesta de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial registrada el pasado martes en el Congreso por los grupos parlamentarios del PSOE y Podemos.
Uno de ellos es el sistema de elección de los vocales del turno judicial del órgano de gobierno de los jueces: en Polonia, deben ser nombrados por el Parlamento (Sejm) por mayoría de tres quintos, pero si no se alcanza esa mayoría, serán nombrados por mayoría absoluta. En la propuesta de PSOE y Podemos, también se prevé inicialmente una mayoría de tres quintos en el Congreso y en el Senado, pero "si en primera votación alguna de las Cámaras no alcanzase la mayoría requerida, se procederá a efectuar nueva votación, 48 horas después, en la que la Cámara correspondiente elegirá los seis vocales del turno judicial por mayoría absoluta".
PSOE y UP registran en el Congreso la reforma del sistema de elección del CGPJ sin el consenso del PP
"Las nuevas reglas sobre el nombramiento de jueces-miembros del Consejo Nacional del Poder Judicial aumentan de forma significativa la influencia del Parlamento sobre el Consejo y afectan negativamente a su independencia, en contra de lo previsto en los criterios europeos", señala el informe de la Comisión Europea, fechado en diciembre de 2017 y que añade que el nuevo sistema de nombramientos —hasta la aprobación de la ley, los jueces miembros del Consejo eran elegidos por sus homólogos— "permite un alto grado de injerencia política".
Críticas de los socialistas
La crítica 'europea' no procede solo de las instituciones. También hay fuego amigo. Los socialistas españoles han sido de los grupos más beligerantes contra la reforma polaca. El eurodiputado socialista y exministro de Justicia con el PSOE Juan Fernando López Aguilar, presidente de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia e Interior de la Eurocámara, fue ponente del informe provisional sobre la propuesta de decisión del Consejo relativa a la constatación de un riesgo claro de violación grave del Estado de derecho por parte de la República de Polonia.
Votado el pasado septiembre, el informe lamenta "el uso frecuente de procedimientos legislativos acelerados por parte del Parlamento polaco para la aprobación de legislación fundamental con la que se rediseña la organización y el funcionamiento del poder judicial, sin una consulta adecuada de las partes interesadas, incluida la comunidad judicial". En España, la reforma del CGPJ se ha registrado como proposición de ley, con lo que se eluden los informes del propio órgano de gobierno de los jueces y del Consejo de Estado, que hubieran sido preceptivos de haberse presentado como anteproyecto de ley.
López Aguilar es también autor de un estudio titulado 'De nuevo (y todavía) Polonia: rule of law y art. 7 TUE en el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia', en el que pueden leerse reflexiones como esta: "Desde que se produjese la victoria por mayoría absoluta del ultraconservador PiS, la legislación polaca ha venido embarcada en un ciclo de reformas, tanto constitucionales como legislativas, de sentido regresivo, cada vez más alejado de los valores europeos consignados en el TUE, y se ha acompañado, además, de un discurso deslegitimador de las instituciones, crudamente favorable al incremento del control sobre otras esferas y ámbitos institucionales (medios independientes de comunicación, Poder Judicial, Tribunal Constitucional) y de la argumentación de que el pueblo polaco les ha elegido para gobernar Polonia, llevar a cabo su programa y hacer lo que ahora están haciendo".
El Gobierno defendía en la UE hace 6 meses que los 3/5 "refuerzan" la independencia
BEATRIZ PARERA
En un informe remitido a Europa y fechado el pasado abril Justicia se hacía eco de esa garantía reforzada para la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial
Lo cierto es que este tipo de iniciativas en que se reducen los parámetros para acercarse peligrosamente a la designación directa de miembros del poder judicial no cuadra con la norma europea. Tanto la ley polaca como la propuesta española se alejan de lo habitual. En los países donde los poderes legislativo o ejecutivo tienen alguna intervención en la designación de los miembros de sus consejos de Justicia, se exigen mayorías cualificadas o se prevé expresamente la participación de la oposición.
Sirvan como ejemplo varios países. En Bélgica, es el Senado el que elige a la mitad de los 44 miembros de su Consejo, pero exigiendo una mayoría de dos tercios. Explican esta previsión por el deseo que contribuir a una composición plural del Consejo Superior de Justicia y a que "este goce de un amplio respaldo social", como puede leerse en la web de esta Cámara legislativa (www.senate.be).
En Italia y en Portugal, los miembros de sus consejos designados por el Parlamento requieren de una mayoría de tres quintos para ser nombrados. En Croacia, el Parlamento solo elige a dos de los 11 miembros del Consejo, pero uno de ellos debe pertenecer a la oposición. Algo parecido ocurre en Malta: uno de los miembros es elegido por el primer ministro y otro por el líder de la oposición.
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