sábado, 30 de noviembre de 2013

Pasones Judiciales....

Multa por impedir un desahucio: hasta 30.000 euros

El anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana aprobado en el Consejo de Ministros sanciona con contundencia las manifestaciones no autorizadas en torno a infraestructuras críticas o boicotear un pleno municipal

MSN

Un desahucio en Barcelona. (© EP)
Un desahucio en Barcelona.
El anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana aprobado en el Consejo de Ministros sancionará con multas importantes impedir un desahucio, boicotear un pleno municipal, exhibir fotos u homenajear a terroristas y celebrar manifestaciones sin autorización en torno a infraestructuras críticas. Repasamos las sanciones que pueden conllevar algunos supuestos:
Impedir un desahucio: falta grave. Podría ser multado con hasta 30.000 por obstrucción a la autoridad en el ejercicio de sus funciones. O por la participación en alteraciones de la seguridad ciudadana con el rostro cubierto. En este supuesto podría entrar el 'boicot' a un pleno municipal
Exhibir fotos u homenajear a terroristas: podría ser falta grave, con multa de entre 1.001 y 30.000 euros. Siempre, claro, que no constituyan delito según el Código Penal, en cuyo caso la sanción sería mayor.
Manifestaciones sin autorización en torno a infraestructuras críticas: podrá ser sancionado con hasta 600.000 euros si suponen un riesgo para las personas o perjudican el funcionamiento de las infraestructuras.
Celebrar cualquier reunión o manifestación no comunicada: sanción leve, multada con entre 100 y 1.000 euros. Sólo la eleva a la categoría de grave en determinados supuestos, como la realización de actos violentos.
Escraches. El texto no incluye ninguna regulación. Serán tratados de la misma forma que cualquier otra concentración no comunicada. Sin embargo, el Ministerio se reserva la posibilidad de establecer 'zonas de seguridad'.

Contemplado como falta muy grave

Las manifestaciones públicas o exhibiciones de emblemas, banderas u otros materiales con la finalidad de promover el odio, el terrorismo, el racismo o la violencia contra las mujeres.
La perturbación "muy grave" de la seguridad ciudadana en espectáculos, acontecimientos deportivos u oficios religiosos
Las convocatorias "con finalidad coactiva" celebradas durante la jornada de reflexión o el día electoral
El manejo armas prohibidas o explosivos no catalogados
La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas prohibidas
 La proyección de dispositivos luminosos como los clásicos punteros laser contra vehículos y medios de transporte como aviones
Cuando una persona sume tres faltas graves en el periodo de dos años

Contemplado como falta grave

Las concentraciones en torno a las Cortes Generales cuando éstas no hubiesen sido debidamente comunicadas, siempre que supongan perturbación de la seguridad ciudadana, independientemente de que las Cortes estén reunidas. El objetivo de esta medida no es proteger a los políticos, sino a la institución.
Ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la vía pública cerca de espacios frecuentados por menores o en aquellos lugares que puedan afectar a la seguridad vial, La conducta no será sancionada si la persona es víctima de la trata de seres humanos.
El consumo o la tenencia de drogas tóxicas o el abandono en la vía pública de utensilios necesarios para su consumo o fabricación.
El consumo de alcohol en la vía pública sin estar autorizado, cuando se perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana, establecer barricadas en la calle, maltratar animales en espectáculos no autorizados, el escalamiento a monumentos o edificios emblemáticos o la denominadas 'cundas'.

Contemplado como falta leve

Los insultos, vejaciones, amenazas o coacciones a los, así como el uso y distribución de imágenes de los policías con fines que puedan suponer un atentado contra su intimidad, su familia o puedan poner en riesgo una operación.

No hay comentarios: