OVIEDO
El Tribunal Supremo anula el plan especial del Parque Periurbano del Naranco
El Principado considera que el fallo tendrá un impacto limitado porque los suelos mantienen el máximo grado de protección
29.01.14 - 00:36 -
El 10 de mayo del 2007, la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras dio el visto bueno al Parque Periurbano del Naranco. Por resolución firmada por su consejero, Francisco González Buendía, avaló que del proyecto no se desprenden «efectos negativos» para la naturaleza, por lo que no corresponde imponer medidas «adicionales a las ya contempladas en el plan».
El trámite era la certificación final del plan territorial supramunicipal desarrollado por el Principado y aprobado por la CUOTA un mes antes. Desde ayer, nunca existió. El Tribunal Supremo ha declarado, a instancias de un recurso contencioso de la empresa Imasa, nulo de pleno derecho el acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias por el que se aprobaba la ordenación y protección de las 5.525 hectáreas de la sierra del Naranco y el tramo bajo del río Nora.
En una nota de prensa, el Principado afirma que «acatará la sentencia por no ser susceptible de recurso», pero muestra su disconformidad con el fallo en el que sus servicios jurídicos aprecian «errores evidentes». Recuerda además que la sala de lo Contencioso-Administrativo contradice en su fallo el pronunciamiento del TSJA que había avalado en 2010 el plan territorial especial.
Sostiene el Ejecutivo regional que la sentencia «aplica una legislación que no tiene que ver con el plan enjuiciado» y «alude a que no existen alternativas en el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) cuando sí aparecen recogidas en la documentación del expediente». Por último, el Supremo sostiene, insiste el Principado, que la memoria ambiental no pudo ser tenida en cuenta en la aprobación definitiva del plan por ser de fecha posterior a éste, cuando en realidad dicha memoria es anterior a la aprobación del plan, tal y como consta en el expediente.
El plan territorial supramunicipal Parque Periurbano del Naranco agrupaba suelos de Oviedo (el 76,4% de las más de 5.525 hectáreas del proyecto), Las Regueras (13,1%), Llanera (9,3%) y Siero (1,2%). Incluía un paquete de inversiones en recuperación ambiental y para fomentar su uso como espacio de ocio con unas 70 actuaciones por importe de 37 millones de euros, para las que se daban un plazo de 12 años. De ello se ha ejecutado menos de un tercio: unos 4 millones en construcción de sendas y 3,6, en la compra de la finca El Pevidal.
El Principado considera que la repercusión de la sentencia será limitada, pues los terrenos afectados siguen siendo de especial protección y reconoce que la mayoría de las actuaciones previstas para la zona «podrían ser acometidas si existiese capacidad presupuestaria para ello».
Unas fincas, unos planos
Imasa recurrió contra el parque periurbano ante el Supremo por la misma razón que lo hizo en 2009 contra el plan general de ordenación de la ciudad: es propietaria de una serie de fincas en la falda del Naranco que se vieron afectadas por la protección que les reservaban ambos documentos y para las que pedía, frente al Ayuntamiento, la calificación de urbanas. En ambos recursos empleaba argumentos distintos, conformes al acto impugnado: frente al PGOU, que no se publicaron los planos; frente al Principado, los errores en la tramitación ambiental. En 2012, el Supremo rechazó el recurso contra el plan general. Ahora, sin embargo, ha anulado el parque periurbano.
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