jueves, 6 de julio de 2023
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“La Ley de Calidad Ambiental tiene una idea economicista de lo común”
El jurista Javier Álvarez Villa afirma que la nueva Ley de Calidad Ambiental asturiana supone un retroceso democrático en distintos aspectos.
Por
Ismael Juárez Pérez
6 julio 2023
Javier Álvarez Villa
Javier Álvarez Villa, Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores del Principado de Asturias. Miembro del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies. Foto: Alisa Guerrero.
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“La Ley de Calidad Ambiental tiene una idea economicista de lo común”
6 julio 2023
Ismael Juárez Pérez
Ismael Juárez Pérez
Graduado en Periodismo. Ha escrito en La Voz de Avilés, Atlántica XXII, El Norte de Castilla y El Salto. Fue coeditor y redactor en la revista de cortometrajes Cortosfera.
Javier Álvarez Villa previene a los lectores y al periodista antes de empezar a responder: “mi perspectiva sobre la Ley de Calidad Ambiental va a ser la de un jurista que es defensor de un sistema de empleo público que garantice un estado social de derecho real y efectivo, no la de un ecologista o un conservacionista.” Este funcionario del Cuerpo Superior de Administradores del Principado de Asturias y cofundador y miembro de Conceyu por Otra Función Pública n’Asturias, responde a una serie de preguntas en torno a la Ley de Calidad Ambiental que el Principado aprobó recientemente y que ha sido objeto de crítica por diferentes organizaciones ecologistas.
Para Javier Álvarez Villa un Estado de Derecho significa “que se garanticen de manera efectiva los derechos sociales, entre ellos el del artículo 45 de la Constitución, es decir, el derecho a un medio ambiente adecuado que permita el desarrollo de la persona; y los poderes públicos tienen el deber de defender y proteger el medio ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales.” A esta declaración le añade una reivindicación: “hace falta tener un sistema de empleo público suficiente, adecuado, bien dotado, que permita realmente que los derechos se cumplan y sean eficaces. Aparte de la participación ciudadana.”
Álvarez Villa entiende que el derecho es farragoso y asume que los juristas “no siempre saben ser los suficientemente pedagógicos, yo me incluyo”. Pero cree en la importancia de que la ciudadanía entienda los resortes de la burocracia y de la administración, algo que ve necesario “para profundizar en la democracia.”
El sector ecologista ha acusado a la nueva Ley de Calidad Ambiental de haber nacido sin consenso social. ¿Cree que este tipo de leyes se pueden aprobar sin consenso social?
El consenso social en este tipo de leyes son muy importantes porque son leyes que regulan actuaciones que tienen un impacto ambiental, leyes que no solo afectan a los empresarios y constructores que realizan unas actuaciones, de las que se benefician lícitamente, sino que, sobre todo, estas leyes, así como las actividades que regulan, afectan a la ciudadanía en su conjunto, es decir, lo que los juristas llamamos derechos colectivos fundamentales. Ahí entran el derecho a la salud pública, el derecho a disponer de un medio ambiente adecuado o el derecho a la preservación de la biodiversidad. Todos ellos son derechos colectivos y son de titularidad pública, son derechos de todos los ciudadanos, de ahí que, evidentemente, la participación ciudadana sea algo muy importante.
Foto: Alisa Guerrero.
Si se cree en un estado de derecho, no solo en el sentido formal, sino en un estado democrático, tal y como señala nuestra Constitución, hay que regular a partir de la participación. La participación ciudadana tiene que ser no solo a través de los representantes, sino a través de una participación directa, ya bien sea a nivel individual o a través de los movimientos asociativos y ciudadanos en los que se articula la la sociedad civil.
No debería quedar en una mera información pública, que es lo que se hace normalmente cuando se habla de participación ciudadana, sino que debería ser una participación activa desde donde se hagan aportes que se tengan en cuenta. Lógicamente, no tiene que ser al cien por cien, pero tendría que haber un diálogo porque si no, pueden acabar saliendo leyes ajenas al interés colectivo.
Entonces, ¿esa falta de participación en la elaboración de esta ley, según el ecologismo, también se da en otros ámbitos?
Faltan en el conjunto del Estado. Aquí en Asturias faltan mecanismos de participación con carácter general en ámbitos de relevancia colectiva tan importantes como son el urbanismo, el medio ambiente, o la ordenación del territorio. La participación ciudadana, tal y como está regulada, al final queda como algo puramente formal. Solo se hace información pública, es decir, poner anuncios para informar en los boletines oficiales, un sistema de participación ciudadana que ya existía en las leyes de urbanismo desde el inicio de la de la transición, incluso en la ley franquista. Habría que avanzar hacia sistemas de participación mucho más activa con exposiciones públicas para poder oír a la gente.
“Hay que dar un paso más allá y apostar por una participación ciudadana real con vocales de los movimientos ciudadanos para que tengan voz, voto y capacidad de decisión en órganos decisorios”
También es muy importante la participación en los órganos de decisión. Por ejemplo, en materia de urbanismo hay órganos colegiados como la Comisión de Urbanismo del Principado en materia de medio ambiente, pero, curiosamente, no hay órganos colectivos de decisión. Hay órganos consultivos que es distinto, como el Consejo de Medio Ambiente que regula la ley, donde sí se prevé la participación de movimientos de ciudadanos, de movimientos ecologistas, de movimientos de defensa del consumidor. Pero son consejos de carácter consultivo, es decir, están para asesorar, no para decidir. Hay que dar un paso más allá y apostar por una participación ciudadana real con vocales de los movimientos ciudadanos para que tengan voz, voto y capacidad de decisión en órganos decisorios.
El objeto de la ley, en principio, es actualizar, simplificar y reducir las cargas administrativas, para el gobierno asturiano. ¿Cree que se cumple ese objetivo?
Eso en teoría, pero si leemos cuidadosamente el preámbulo, por encima de esos objetivos acaba pesando más el fin económico. La ley busca simplificar los procedimientos administrativos, pero el fin último es impulsar la actividad y el desarrollo económico para hacer efectiva la ejecución de los fondos europeos “New Generation”. El legislador asturiano busca eliminar trabas administrativas. Así lo ha dicho incluso Cofiño. En ese sentido, la ley hay que contextualizarla bien, es decir, hay que actualizarla entre un conjunto de leyes que se han dictado desde la crisis del COVID-19 en el conjunto de buena parte de las comunidades autónomas del Estado, no solo en Asturias. No es la primera ley de calidad ambiental en el conjunto del Estado. En comunidades del PP y del PSOE. Todas van en la misma línea: hay un discurso hegemónico en el que la burocracia es un obstáculo para el desarrollo económico, por lo que hay que eliminar la burocracia.
“El neoliberalismo estigmatiza a los controles que tienen la finalidad de preservar derechos colectivos. Convierte una garantía en una traba.”
En ese discurso hay algo ideológico: se asocian la burocracia y los controles con trabas administrativas. El modelo ideológico que está detrás es el mismo, es un modelo que yo creo que podemos calificar de neoliberal, que concibe la intervención de la administración como una obstrucción de la actividad económica y acaba usando un concepto peyorativo de la burocracia, cuando lo cierto es que la burocracia es una serie de procedimientos para administrar lo de todos, donde confluyen diversos intereses desde distintos sectores de la sociedad. El neoliberalismo estigmatiza a los controles que tienen la finalidad de preservar derechos colectivos. Convierte una garantía en una traba.
¿Hay alguna eliminación de trámites que le llame la atención en esta ley?
No voy a ser completamente crítico con esta ley, tiene alguna parte positiva. Por ejemplo, cuando habla de la coordinación de unos procedimientos administrativos. Es cierto que hasta ahora, para determinado tipo de actividades con incidencia ambiental, hacían falta varias autorizaciones administrativas que se tramitaban en paralelo y eso generaba una ralentización de los procedimientos. Ahora la ley coordina todos esos procedimientos y los unifica en un única autorización. Desde ese punto de vista me parece positivo.
La ley sistematiza los controles a través de tres categorías de incidencia ambiental: alta e intermedia son las dos primeras. Estas dos, en líneas generales, son bastante correctas porque tienen un procedimiento bastante garantista. Hay un periodo de información pública, con un anuncio en el BOPA, y no se puede empezar a hacer la actividad hasta que haya habido una evaluación ambiental. El único problema que le veo es que hasta ahora los ayuntamientos estaban obligados a informar a través de un anuncio en el periódico. Ahora ya no. Eso, creo, que es un retroceso. Informar a través de la prensa era muy importante porque la gente sí lee los periódicos, pero no suele leer el BOPA.
Foto: Alisa Guerrero.
Incluso, por una adaptación a los nuevos tiempos, ¿las redes sociales podrían ser una buena opción para informar? Hay algunos ayuntamientos que las utilizan de forma oficial para informar sobre diversas cuestiones.
Sería muy interesante que la ley lo incorporara, aunque no con carácter facultativo, sino obligatorio. La cuestión es ir avanzando en lo que supone la información pública, no retrocer. El periódico cumplía una función muy importante, una función divulgativa de estos anuncios de información pública sobre actividades clasificadas con incidencia ambiental. No hacerlo ahora, es un paso atrás.
Ha hablado de dos categorías: la de incidencia alta e incidencia moderada. Hay una tercera que imagino es de incidencia baja.
Eso es. Y aquí el Principado solo exige una declaración responsable. Ni evaluación ambiental, ni información pública. Simplemente se presenta una serie de papeles en el ayuntamiento por parte del promotor de la actividad y ya puede iniciar la actividad. No se tiene que esperar a que se resuelva el expediente. Desde el Principado se dice que esto es muy útil para el comercio minorista. Es decir, si quieres poner una zapatería, no tienes que esperar, el negocio se puede poner en marcha enseguida sin trabas. Claro, dicho así, la verdad es que el discurso vende, pero en mi opinión es una exposición sesgada. Es cierto que hay una serie de comercios que no tienen ninguna incidencia ambiental y ni siquiera necesitan una declaración responsable, así que se excluyen de la ley. Vale, puede tener sentido para muchos de ellos.
“Los retrasos en las licencias no son culpa de que los controles sean trabas, sino de la desmantelación de los servicios públicos.”
Y hay retrasos para muchas licencias de pequeños comercios que no son buenas para estos pequeños empresarios.
Efectivamente, pero hay que enfocarlo bien. Los retrasos en las licencias no son culpa de que los controles sean trabas, sino de la desmantelación de los servicios públicos. Se congelan las plantillas, incluso se disminuyen; se precariza el empleo público, con contratos basura superiores en número al sector privado. Ahí hay que buscar las causas de los retrasos, y no estigmatizar a los controles.
Volviendo a las categorías en función de su incidencia ambiental. En la tercera, en la de baja incidencia ambiental, los ecologistas dicen que en este apartado, además de los comercios minoristas, se incluyen actividades que en realidad pueden ocasionar un gran impacto medioambiental. ¿Está de acuerdo?
Claro que estoy de acuerdo. Comparto esa crítica. Es bastante peligroso. Por ejemplo, las canteras para la extracción de hasta 200.000 toneladas al año. Estas se van poder poner en marcha sin necesidad de una autorización urbanística, es decir, con la simple declaración responsable previa. También se incluyen plantaciones de eucaliptos de hasta 50 hectáreas. O las estaciones depuradoras de aguas residuales con capacidad de tratamiento desde 100.000 habitantes. O las explotaciones ganaderas de hasta 600 cabezas de ganado. Con esta ley, cualquiera de estas actividades, y otras más, se van a poder poner en marcha con una simple declaración responsable y más adelante, una vez iniciada, ya se harán los controles a los cinco meses. Que solo haya un control a posteriori es algo peligroso. El daño que se puede causar en unos meses puede ser importante.
Además, toda la carga de trabajo de las declaraciones responsables se traslada a los ayuntamientos. Y son los ayuntamientos los que tendrán que hacer los controles a los cinco meses. Así que volvemos a lo mismo: si los ayuntamientos tenían ya unas plantillas desbordadas que no daban a basto con las licencias previas, ¿cómo van a hacer ahora esas inspecciones en plazo? Si no hay un plan de inspección serio y un incremento de plantillas lo veo muy complicado.
Foto: Alisa Guerrero.
Y en caso de detectarse impacto medioambiental a posteriori, ¿las empresas deben parar la actividad y pagar por el daño causado?
La obligación de restituir sí que está ahí. En el caso de un impacto no menor, la ley regula ordenar la paralización de la actividad e incluso abrir un expediente sancionador y la restitución de la realidad alterada. Esa parte no la veo un problema. El problema está en trasladar el control con posterioridad al inicio de la actividad y a la poca capacidad que van a tener los ayuntamientos para realizar ese control a posteriori. Y sobre todo: lo que la ley conceptúa como actividades de escasa incidencia ambiental es lo más discutible. Por ahí entran actividades que sí pueden tener una gran incidencia ambiental que no se controla a priori.
Y el otro problema es el que también tenemos en las otras categorías. Aquí tampoco es obligatorio informar a la población a través de los periódicos como se había estado haciendo desde los años sesenta. Y ya lo hemos dicho, la gente no suele leer el BOPA para informarse. También desaparece en la declaración responsable la obligación de informar a los vecinos. Insisto, eso es un retroceso.
La ley habla de sociedades estratégicas que se pueden acoger a la reducción de plazos y controles. Los ecologistas denuncian que eso puede ser un cajón de sastre donde acaben entrando todo tipo de actividades. ¿Ve fundamento en esta crítica?
Sin duda. La ley habla de actividades que impliquen una mejora económica o en el empleo o de tipo social o una mejora de tipo territorial. Es claramente un cajón de sastre. Ahí entra todo. Desde un complejo eólico, terrestre o marítimo, hasta una mina, pasando por una refinería. Lo de “sociedades estratégicas” es un concepto muy ambiguo. Si el Consejo de Gobierno considera que el proyecto es estratégico para el Principado, los plazos se reducen a la mitad y la participación ciudadana no existe. Eso es peligroso. La Ley de Calidad Ambiental tiene una idea economicista de lo común. Los plazos tienen una función. Que la gente pueda conocer los proyectos, que pueda consultarlos, que pueda hacer alegaciones. Parece que todo esté hecho al servicio del promotor y eso no responde a una concepción democrática del funcionamiento del sistema político y de la sociedad. Estamos cercenando y poniendo trabas al derecho de participación. Puede que sean proyectos estratégicos, pero no se puede obviar el impacto medioambiental y lo que los ciudadanos pueden decir sobre ello.
El artículo 105 de la Constitución consagra el derecho a la audiencia previa en cuestiones que afecten a más de un interesado. Bajo mi punto de vista, se incumple este artículo al no informar y no dejar participar a la gente reduciendo los plazos. En Cataluña o País Vasco se respeta más la Constitución en este aspecto, mucho mejor que en Asturias.
“para abrir un complejo eólico habría que debatir públicamente y votar. Eso sería muy enriquecedor para la democracia. El mero debate de las decisiones es algo que ayudaría mucho a profundizar en un estado democrático.”
La ley excluye a todos los establecimientos y actividades de espectáculos públicos. ¿Por qué?
Yo creo que fue una clara presión del lobby hostelero. Hasta ahora tenían que tramitar un procedimiento de información sobre la actividad que se iba a desempeñar, mediante la publicación de la misma en periódicos. Ahora ya no tienen ese trámite ambiental.
En la ley se crea un Consejo Regional de Medio Ambiente en Asturias. ¿Para qué sirve un consejo de ese tipo?
En 1991 se creo un consejo similar. Nunca se convocó y al final se acabó con él mediante decreto. En realidad, siendo prácticos, este consejo sirve para poco. Porque son órganos consultivos, no decisorios, no resuelven, simplemente asesoran. Si fuera decisorio, todo sería distinto porque se tendría que reunir preceptivamente todas las semanas, con unos órdenes del día impepinables y habría audiencias abiertas donde los movimientos ciudadanos tendrían por lo menos voz. Por ejemplo, para abrir un complejo eólico habría que debatir públicamente y votar. Eso sería muy enriquecedor para la democracia. El mero debate de las decisiones es algo que ayudaría mucho a profundizar en un estado democrático.
“Crear mecanismos de participación debería ser obligatorio para todos los ámbitos donde las decisiones tienen una trascendencia colectiva, como el medio ambiente, la ordenación del territorio, la sanidad pública.”
¿En Asturias hay algún ámbito donde se esté haciendo de esta forma que reivindicas?
En urbanismo. Bueno se está haciendo, pero no se está haciendo. Hay un órgano colegiado o decisorio, no solo consultivo, que es la famosa CUOTA, la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias. Es un órgano colegiado, tiene vocales. El problema es que no prevé la participación del movimiento ciudadano, pero, bueno, eso sería simplemente modificar el decreto. En cualquier caso, a día de hoy participan colegios profesionales, participan expertos, participan empresarios. Faltan, como digo, los movimientos ciudadanos, pero faltan porque no hay voluntad política. Solo se necesitaría una pequeña reforma normativa.
Foto: Alisa Guerrero
En definitiva: ¿en Asturias no hay muchos mecanismos de participación ciudadana?
En otras comunidades autónomas sí que las hay. Aquí estamos muy atrasados en este aspecto, tenemos una regulación legal muy poco avanzada. Cuando a veces se crean mesas con movimientos ciudadanos, de poco valen. Si no se regulan los mecanismos de participación mediante ley, de poco sirven las mesas con asociaciones, son solo palabras, actos voluntaristas. Crear mecanismos de participación debería ser obligatorio para todos los ámbitos donde las decisiones tienen una trascendencia colectiva, como el medio ambiente, la ordenación del territorio, la sanidad pública. En el País Vasco están muy avanzados en este aspecto. Aquí no.
¿Tenemos mucho que avanzar, entonces?
Sin duda.
etiquetasactualidad_cabeceraConceyu por Otra Función PúblicaJavier Álvarez VillaLey de Calidad ambiental
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