Los diez puntos negros de la sentencia anti-desahucios del Tribunal Europeo
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La Ley hipotecaria española es ilegal. Así lo ha asegurado esta semana el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una sentencia sin precedentes que obligará al Gobierno español a una reforma legal
La Ley hipotecaria española es ilegal. Así lo ha asegurado esta semana el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una sentencia sin precedentes que obligará al Gobierno español a una reforma legal.
Así, según el documento, a partir de ahora un juez podrá paralizar un desahucio hasta aclarar si el contrato hipotecario es abusivo desde el punto de vista del consumidor, porque tiene cláusula suelo o intereses de demora desproporcionados, etc.
Sin embargo, desde HelpMyCash aclaran que lo que en un principio parecía una victoria, hay diez puntos que empañan la sentencia
La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo no consigue que se paralicen todos los desahucios. Es decir, el hecho de que esta persona haya ganado un juicio no beneficia directamente a los demás afectados.
Aún hay que esperar a que el Gobierno español reforme la Ley Hipotecaria, aunque Rajoy ha prometido públicamente que lo haría.
La paralización del desahucio solo se podrá contemplar en los casos de contratos con cláusulas abusivas y no en los contratos que se consideren "en regla".
La sentencia no explica qué se puede considerar como cláusula abusiva y qué no, por lo que el afectado deberá acudir a un profesional para saber si vale la pena meterse en gastos de abogados, etc.
Aun en el caso de que se dictaminara que el contrato es ilegal, la evolución de cada caso al final dependerá únicamente de la sentencia del juez.
La sentencia del TJUE no tiene carácter retroactivo. Es decir, solo se aplicará a las hipotecas que actualmente tengan un proceso de ejecución abierto. Los ya desahuciados no podrán acogerse.
En ningún momento se hace referencia a la dación en pago, terreno en el que de momento no habrá ningún cambio.
La paralización del proceso no evita el pago de la deuda, ni tampoco disminuye su cuantía, salvo que se declarasen abusivos los intereses de demora aplicados. Es decir, que la dilatación del proceso y el aumento de los costes procesales pueden aumentar la deuda pendiente.
En consecuencia, nada garantiza que el hipotecado no pierda su vivienda si no puede pagar esta deuda pendiente.
En resumen, a pesar de que es previsible que los jueces españoles decidan paralizar procesos de desahucio a la espera de declarar abusivas algunas cláusulas del contrato, la sentencia tendrá un impacto limitado para el grueso de los procesos de desahucios en marcha.
A pesar de todo ello, los afectados tienen muchas razones para mantener la esperanza en la inminente reforma de la Ley Hipotecaria, ya que, según Ada Colau, portavoz de la Plafaforma de Afectados por la Hipoteca (PAH): "La sentencia da importantes facultades de actuación en los procesos vigentes a los jueces" y "abre amplias vías para alegar la nulidad de los procedimientos que se han tramitado hasta ahora", por lo que el sábado 16 los abogados de la PAH se reunirán para analizar las "inmediatas estrategias jurídicas posibles ante el fallo".
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