La ex directora general de CAM pretendía cobrar una renta vitalicia de 370.000 euros anuales
Adiós inminente. El Banco de España prepara el despido disciplinario de María Dolores Amorós, ex directora general de CAM hasta agosto, por buscar el beneficio propio, falsear las cuentas y realizar una gestión deficiente.
La ex directora general de la Caja del Mediterráneo (CAM), María Dolores Amorós. Foto: Efe
La ejecutiva había sido apartada de su puesto después de que la caja fuera intervenida y se designaran tres administradores. Amorós (Alicante, 1962) continuaba como empleada, con sueldo.
El Banco de España considera que los hechos representan un incumplimiento grave en el contrato de alta dirección de Amorós. El despido se producirá sin perjuicio de las responsabilidades que le puedan corresponder en otros ámbitos, tanto a Amorós, como a su predecesor, Roberto López-Abad, y al consejo.
Los administradores acusan a Amorós de actuar en beneficio propio a la hora de calcular su pensión. Estos hechos, reprobables para el Frob, se remontan al 11 de noviembre de 2010. Amorós, hasta entonces directora general adjunta, fue designada ese día directora general, en sustitución de López Abad. Éste asumía la dirección del fracasado Banco Base. Arrancaron entonces cinco movimientos que el Frob rechaza.
1. Retribución anual. Por ser directora general, se le asignó una retribución anual de 593.040 euros.
2. Pacto con el presidente. Particularmente reprobable para el Frob es que menos de 30 días después, el 7 de diciembre del año pasado, Amorós cerró su contrato y pactó con el presidente (Modesto Crespo) su pensión, con una prestación vitalicia asegurada de 30.791 euros al mes (369.497 euros anuales).
A este importe se le aplicó una revalorización del 2% anual desde la jubilación. La cifra crecería con las prestaciones que le corresponderían de la Seguridad Social, del plan de pensiones de CAM y del fondo interno acumulado.
3. Sin confirmar el cargo por la asamblea. Para fijar el importe se partió de su retribución como directora general, cargo que en dicho momento no tenía confirmado. La designación de Amorós exigía su ratificación por la asamblea, hecho que se produjo el 10 de diciembre, tres días después de acordar la pensión vitalicia.
4. Cálculo incorrecto, en contra del consejo. La estimación de la pensión se produjo tomando como base su salario de diciembre de 2010, pese a que el consejo tenía un acuerdo por el que para fijar las pensiones se debía tener en cuenta la retribución fija de los tres años anteriores a la jubilación.
Pero Amorós y también López Abad partieron de su sueldo a 7 de diciembre de 2010 para fijar su pensión, sin respetar el acuerdo del consejo, según los administradores del Frob. Para el resto de la alta dirección se tomó como base el sueldo de noviembre de 2010, nuevamente sin tener en cuenta la media de los tres ejercicios.
5. Contabilizar el fijo y el variable. Los administradores sostienen que para las estimaciones de las pensiones de toda la cúpula se incluyó tanto la retribución fija como los incentivos. El consejo había establecido que sólo computara la fija. Incluir los incentivos obligó a contratar un seguro que a finales de junio del año pasado, cuando la situación de la caja ya era crítica, ascendía a 59,7 millones. Este importe cubría a los trece miembros que en ese momento integraban la alta dirección.
Consecuencias
Lo más probable es que cuando el despido prospere, Amorós recurra en los tribunales, sosteniendo que, en su actuación, seguía las instrucciones de sus superiores y del Banco de España. CAM, por el contrario, cree que el despido es procedente y así quiere evitar pagar la pensión. El contrato de Amorós recogería que este derecho se pierde al ser objeto de un despido disciplinario. La directiva sólo recibiría la indemnización correspondiente a la parte proporcional del año hasta el despido.
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