El pasado 2 de julio, en torno a una mesa del restaurante Fiat de Madrid, cinco juristas discutieron sobre cómo evitar la exhumación de Franco del Valle de los Caídos. Entre ellos se encontraba Enrique Garza, el abogado que representa a los descendientes del general José Sanjurjo; Santiago Milans del Bosch, el exjuez al que ha fichado la Fundación Francisco Franco, dos personas más que trabajan con él y un quinto comensal que este diario no ha logrado identificar. "Santiago es un buen amigo y un gran jurista. Fue una comida de cortesía, que es lo habitual en estos casos", comenta Garza.
Aquella no era la primera vez que Garza y Milans del Bosch conversaban sobre cómo afrontar una exhumación en los juzgados, pero en esta ocasión Garza acudió a la cita con una sentencia que abría una nueva posibilidad: un juez de Pamplona había dictaminado esa misma mañana que la exhumación de 2016 del general José Sanjurjo no cumplió la Ley, permitiendo por tanto a sus descendientes volver a depositar los restos del militar en la misma cripta del Monumento a los Caídos de la que fue desenterrado. La sentencia, de primera instancia, se convirtió así en el principal tema de conversación de una comida que comenzó a las tres de la tarde y se alargó dos horas. "La Fundación ha estado siguiendo todos los casos de memoria histórica del país y este tema se planteó con ese enfoque, por lo que han estado interesados y se les ha dado toda la información que nos han requerido", explica Garza.
¿Y en qué se basó el juzgado de Pamplona para esta sentencia? Entre otros aspectos, el juez defiende que "la condición de las personas que allí se encontraban enterradas no puede tomarse como mención o símbolo [franquista]", por lo que no cabe que el Ayuntamiento de Pamplona se escude en las leyes relativas a la memoria histórica para su exhumación. El juez apunta en este sentido que dichas normas "no serán de aplicación cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado, sin exaltación de los enfrentados, o cuando concurran razones artísticas, arquitectónicas o artístico-religiosas protegidas por la ley". A diferencia del Valle de los Caídos, los restos de Sanjurjo se encontraban enterrados en una cripta cerrada al público y "de culto privado", un lugar "sin finalidad exaltatoria" en el que los símbolos franquistas ya fueron "retirados en su día", señala la sentencia.
El juez recoge además en su fallo el acuerdo al que llegaron el Ayuntamiento de Pamplona, propietario del Monumento a los Caídos, y el Arzobispado de Pamplona-Tudela, titular del derecho de uso y disfrute de la cripta, un pacto por el que el Consistorio realizó la exhumación con una serie de garantías. A cambio, las autoridades eclesiásticas de Navarra se comprometieron a no recurrir la medida ante el juzgado. La sentencia, sin embargo, considera que este pacto "de ninguna manera" puede ser suficiente para evitar que la exhumación sea recurrida por parte de "las personas físicas o jurídicas que ostenten un derecho o interés legítimo, como son los recurrentes, descendientes de las personas allí enterradas".
Las diferencias entre los casos de José Sanjurjo y Francisco Franco son claras, pero los contactos entre Garza y Milans del Bosch se han repetido en los últimos meses. "Ellos llevan milimetrados todos los asuntos de memoria histórica y les he pedido consejo varias veces", señala el abogado que representa a la familia Sanjurjo. De hecho, Garza cree probable que "Santiago Milans del Bosch se haga cargo del asunto de Franco en el Valle de los Caídos", por lo que la línea de defensa para este caso podría ser similar a la que él mantuvo contra el Ayuntamiento de Pamplona: "Los restos son sagrados y pertenecen a la familia. Un cadáver no es propiedad del Estado y no se pueden utilizar argumentos distintos dependiendo de quién sea el muerto".
Mientras, el Gobierno de Pedro Sánchez estudia formas jurídicas para sacar al dictador del Valle de los Caídos, los que se oponen a la medida ya colaboran entre sí.
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