jueves, 13 de junio de 2024
Martin Pallín al habla...
La mujer del César
Opinión de José Antonio Martín Pallín • 13 h • 5 minutos de lectura
La mujer del César
La mujer del César
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La mujer del Cesar no solo debe ser honesta sino parecerlo. Esta frase, que al parecer pronunció Julio César, se ha convertido en un paremio (perdón por el culteranismo), es decir, dicho o frase hecha; precepto, máxima, refrán o construcción lingüística que puede usarse como modismo o locución adverbial y por cualquier enunciado breve, sentencioso e ingenioso que trasmite un mensaje instructivo, incitando a la reflexión intelectual o moral.
Algunos paradigmas han cambiado sustancialmente. La enseñanza se ha generalizado y son muchas las personas que tienen acceso a títulos o grados de mayor o menor nivel y la posibilidad de encauzar su vida profesional según sus personales intereses. Sin perjuicio de la inmodificable garantía de igualdad y no discriminación, lo cierto es que las circunstancias de la vida colocan a determinadas personas en un estatus que puede modificar o adaptar su actividad profesional por razón de su acceso a relevantes funciones públicas en su entorno personal o familiar.
Los sistemas democráticos y la lucha de las mujeres por conquistar la igualdad de derechos civiles y políticos han permitido que algunas hayan alcanzado la más alta representación de un Estado: Indira Gandi, Margaret Thatcher, Dilma Rousseff y muchas otras. Sus esposos o parejas han continuado desarrollando sus actividades profesionales sin mayores objeciones y sin que nadie les exigiese renunciar a su trabajo o modo de vida.
El ejemplo más cercano a nuestra vida política lo podemos encontrar en Carmen Romero, esposa durante muchos años del presidente del Gobierno Felipe González. Cuando llegó al Palacio de La Moncloa se dio la circunstancia de que por primera vez una mujer con trabajo propio e independiente asumía el papel de “primera dama”. En una entrevista dejó para la posteridad un mensaje de rabiosa actualidad: “No hay un estatuto especial para ser la mujer del presidente, sólo luchar por no dejar de ser tú misma”.
Begoña Gómez se trasladó en su juventud a Madrid, donde decidió escoger su trayectoria profesional, especializándose en mercadotecnia, y accediendo a algunos títulos como dirección de empresas y otros. Desde 2022 codirige la cátedra extraordinaria de transformación social competitiva de la Universidad Complutense de Madrid. En 2006 contrajo matrimonio con el actual presidente del Gobierno Pedro Sanchez. Durante muchos años sus actividades profesionales eran absolutamente desconocidas para la mayoría de los ciudadanos. Desde que Pedro Sánchez accedió a la Presidencia del Gobierno mediante la moción de censura a Mariano Rajoy hasta las elecciones de mayo de 2023, las actividades empresariales de Begoña Gómez pasaron desapercibidas para la opinión pública. Ante el evidente éxito de la derecha y extrema derecha, el presidente del Gobierno reacciona convocando elecciones generales para el 23 de julio siguiente. A la vista de su resultado y su nueva investidura, la maquinaria mediática al servicio de la derecha concentra su foco de atención en las actividades profesionales de Begoña Gómez, alcanzando un nivel de turbulencia que es difícil encontrar en las hemerotecas.
Como era de esperar, no tardó en entrar en escena el colectivo de funcionarios de Manos Limpias, cuya única actividad conocida es la de regar los juzgados de denuncias y querellas que merecerían ser rechazadas de plano por su absoluta falta de rigor jurídico. Siempre contra personas o partidos políticos de izquierdas y nunca contra el PP o Vox. Un juez al que le tocó la grotesca denuncia, suponemos que por riguroso turno de reparto, la tomó en consideración con absoluta falta de razonamiento a pesar de sus defectos formales e inconsistencia, sabiendo que la persona afectada era la esposa del presidente del Gobierno y que sus repercusiones políticas sobre las elecciones catalanas y europeas eran inevitables, como así se demostró en la realidad, y puso en marcha la maquinaria judicial sin pararse ni un momento en razonar sobre la admisibilidad de ese engendro procesal que le había tocado en suerte.
Algunos jueces, y entre ellos el Sr. Peinado, consideran que el sistema procesal penal es como una caja registradora y, cuando les llega el papel que les envía el Decanato, lo convierten automáticamente en una diligencia penal sin tener en cuenta los efectos que esa decisión conlleva para el denunciado o querellado, ignorando que una admisión a trámite automatizada surte unos efectos demoledores. El sistema no funciona como un robot. El art. 313 de la ley procesal penal exige que la querella se desestime si los hechos no constituyen delito, y algo similar dice el art. 269 en relación con la denuncia.
La desestimación de la querella, sin realizar diligencias de investigación, cuando los hechos no constituyen delito es perfectamente respetuosa con los derechos del querellante y es una consecuencia del deber del juez de proteger los derechos del querellado. De hecho, debe afirmarse que el instructor, como garante de los derechos del querellado, está obligado a impedir que sus derechos fundamentales y, por supuesto, su seguridad jurídica y su tranquilidad personal se vean afectados por una investigación penal sin fundamento.
Como ha dicho el Tribunal Supremo, “se trata de aplicar el mismo principio que es exigible cuando se trata de restringir los derechos fundamentales del artículo 18 C.E.” (es decir su derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen), pues “de lo contrario, cualquier ciudadano podría verse sometido a una investigación basada en la mera apariencia”. No se puede perturbar a un ciudadano de un modo tan claro si no es en los casos establecidos por la Ley; y esos casos no abarcan la investigación de una conducta que ya prima facie se revela no delictiva. Ahora bien: esta respuesta ha de ser debidamente fundada en Derecho. Como contrapartida, el querellante tiene derecho a una respuesta suficientemente fundada y motivada cuando ve su pretensión indebidamente desestimada.
La lectura del panfleto presentado por Manos Limpias, que por lo menos reconoce que puede contener hechos falsos, no puede sustentar una decisión tan gravosa y sobre todo de tanto impacto personal y político. A partir de su indebida toma en consideración, se acumulan una serie de anomalías procesales que denotan una ignorancia inexcusable. En primer lugar, dice que solicita la “declaración testifical de la imputada” (!), expresión incompatible con un mínimo conocimiento del derecho. Declara un inaudito secreto del sumario cuando los hechos son públicos y notorios. Sostiene que concurren “sospechosos indicios”, conceptos incompatibles en el proceso penal. La reproducción del audio en el que se toma declaración al director de El Confidencial revela su total ignorancia sobre lo que es un testimonio. Por si faltaba poco, ha abierto una especie de ventanilla en la que, por el módico precio de 10.000 euros, cualquiera puede ejercitar la acción popular y apuntarse al festejo.
Permanezcan atentos a la pantalla porque sin duda la comparecencia y declaración de Begoña Gómez puede resultar un espectáculo de dimensiones inesperadas. El Consejo General del Poder Judicial, con la legitimidad que le proporciona su actual estado, ha recordado al presidente del Gobierno que debe haber una cierta “contención” en la crítica a las actuaciones judiciales. Ha perdido la oportunidad de recordar a los jueces que deben ser ellos los que tienen que hacer gala de la virtud de la contención.
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