Un año y medio desde su constitución, Sareb ha aprobado un código de "relaciones con terceros y colectivos singulares". Bajo este concepto, la Sociedad de Gestión de Activos de la Reestructuración Bancaria ha desarrollado un reglamento por el cual pretende garantizar que los procedimientos internos de trabajo no se vean influidos por las gestiones que "entidades y personas con relevancia pública, económica, mediática o social pretendan llevar a cabo en favor de terceros".
Con esta medida, el equipo que preside Belén Romana quiere disuadir a todos aquellos interlocutores institucionales, generalmente cargos públicos, que valiéndose de su condición tratan de facilitar o agilizar gestiones ante los cuadros directivos de Sareb. "En más de una ocasión, algún político se ha presentado de la mano de un inversor privado para conseguir alguna reunión al más alto nivel o para obtener información de algún activo", reconoce de manera abierta un exdirectivo del 'banco malo'.
Fuentes oficiales de Sareb aseguran que “cualquier persona con una relevancia pública está capacitada, en el ejercicio de sus funciones, para tener una interlocución. Lo que pretendemos con este protocolo es que las decisiones que se adopten sean transparentes e incuestionables”. En este contexto, la sociedad gestora creará un registro con información detallada acerca de la persona singular que realice cualquier tipo de gestión en favor de terceros, tanto ante Sareb como ante los servicers subcontratados.
Junta de accionistas de Sareb. (Efe)Junta de accionistas de Sareb. (Efe)
Además del escrutinio público, los profesionales de Sareb han tenido que lidiar durante este tiempo con cuestiones que escapaban a su ámbito técnico, por lo que se generó una situación incómoda que se resolvía de acuerdo con el criterio profesional de cada afectado. “Con esta iniciativa buscamos que cualquier decisión que se adopte, independientemente del colectivo al que afecte, sea imparcial y rigurosa. En definitiva, se trata de avanzar en el compromiso con los estándares éticos y de buen gobierno”.
De acuerdo con el código de relaciones aprobado por el consejo, "se considera que estamos ante una Relación Singular cuando un tercero, en nombre propio o en representación de un colectivo, con especial relevancia y capacidad de influencia, se dirige a Sareb solicitando la adopción de una decisión, sea estrictamente de negocio, contratación, o selección, o, en general, pretende entablar relación con la sociedad". En definitiva, poner nombre y apellidos al conseguidor formal de una gestión.
Para blindarse ante estas prácticas, el empleado de Sareb deberá identificar a la persona física que efectúa el contacto y a quien representa, así como la indicación del objeto del contacto, de manera que la cúpula del banco malo tenga conocimiento de qué personas han intermediado en favor de terceros para una operación. “Con esta medida pionera, articulamos un protocolo que establezca cómo actuar con colectivos influyentes", subrayan desde el banco malo, satisfechos por el carácter pionero de la norma.