jueves, 16 de julio de 2009

Las Cajas al descubierto.

En unos meses, cada Caja tendrá su radiografía.

La nueva norma sobre provisiones no salvará las cuentas de las cajas en 2009
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@Eduardo Segovia - 16/07/2009 06:00h

Miguel Ángel Fernández Ordóñez (Efe). La fuerte relajación de la normativa de provisiones por parte del Banco de España no servirá para aliviar la angustiosa situación de las cajas en 2009. Según fuentes conocedoras de la situación, el supervisor que gobierna Miguel Ángel Fernández Ordóñez no va a permitir que las provisiones que se han dotado de más hasta ahora se lleven a beneficios, sino que obligará a bancos y cajas a guardar ese dinero en otras provisiones, normalmente en las conocidas como 'subestándar'.

Esta obligación enlaza con la 'prohibición' de que las cajas de ahorros den beneficios este año para que se guarden todo el dinero posible ante un 2010 que va a ser el peor año de la crisis para la banca española. Ahora bien, estas negras perspectivas se suavizan un poco con el cambio de la normativa contable (para ser precisos, de los criterios de interpretación de la normativa), puesto que la relajación de las provisiones sí tendrá efectos benéficos en las cuentas de próximo año.

Según una carta remitida al sector por el director general de Regulación del Banco de España, José María Roldán, las provisiones ya no tendrán que abarcar el 100% del valor del inmueble objeto del crédito sino sólo el 30% (en el caso de que el crédito coincida con el valor de tasación; si es inferior, la provisión sólo abarcará el exceso sobre el 70%). Eso sí, sólo se aplica a hipotecas sobre viviendas terminadas y sobre suelo rústico, lo que deja fuera el resto del suelo y las promociones en construcción, que supone el grueso de la morosidad actual de bancos y cajas.

En muchos casos, las entidades habrán dotado ya más del 30% del valor del inmueble en los créditos morosos, lo que supone que, al entrar en vigor la nueva norma, se habrán 'pasado de frenada' y les sobrarán provisiones. Pues bien, esas provisiones que liberarán no podrán destinar a beneficios ni a reforzar el capital, sino que tendrán que seguir computando como provisiones aunque se pasen de provisiones específicas a subestándar (cubren la probabilidad de que ciertos créditos que todavía son buenos entren en mora) o genéricas.

Se trata de que no baje todavía más la tasa de cobertura -relación entre todas las provisiones de una entidad y los créditos morosos-, que en algunas cajas ha caído ya hasta niveles peligrosos, inferiores incluso al 40%. En todo caso, lo importante es que la nueva normativa no tendrá efecto retroactivo, en contra de lo anunciado por algunos medios.

Los beneficios llegan en 2010

Ahora bien, a partir de 2010 sí que tendrá un efecto importante en las cuentas de las entidades. Toda la morosidad que se declare a partir de ahora tendrá que provisionarse sólo por el 30%, como máximo, del valor del inmueble. Es decir, la segunda gran oleada de morosidad, que llegará en septiembre, va a ser mucho más llevadera para las entidades que con la normativa antigua.

Igualmente, la morosidad ya declarada tendrá un impacto mucho menor en las cuentas del próximo año. Por ejemplo, una hipoteca morosa concedida por el 100% del valor de tasación debe provisionarse por el llamado calendario corto, es decir, en dos años. Supongamos que una entidad ha provisionado ya el 25% en 2009. En ese caso, en 2010 ya no tendrá que provisionar el 75% restante -que era lo que establecía la normativa antigua-, sino sólo un 5% adicional. Todo un alivio para las numerosas entidades que han concedido hipotecas por importes muy superiores al 80% del valor de tasación (y en muchos casos, por el 120%).

El impacto depende de cada entidad

Por tanto, el efecto real de la nueva normativa, sobre el que hay grandes discrepancias en el sector, dependerá de lo que tenga en el activo cada banco o caja. Si la entidad tiene muchas hipotecas morosas concedidas por encima del 80% del valor de tasación (las que van por el calendario corto), el efecto será muy importante, al igual que si tiene importantes créditos para la compra de suelo rústico, que también entran en la nueva norma. Por el contrario, si el grueso de las hipotecas morosas están por debajo del citado 80%, apenas les afectará porque el van por calendario largo (se provisionan en seis años) y en los primeros tres años apenas había que dotar provisiones.

Eso sí, donde no cambia nada es en el crédito promotor respaldado con suelo recalificado o con vivienda en construcción, que tendrá que seguir provisionándose al 100% y en dos años. El problema es que este crédito, el verdadero activo tóxico, supone el grueso de la morosidad de la banca española. En total, la exposición de bancos y cajas a este crédito es de 320.000 millones de euros, según el Banco de España

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