sábado, 13 de agosto de 2016

Turismo y Alquileres...ilegales.

En España

Caos legal en el alquiler de viviendas turísticas entre particulares

Teresa Sánchez Vicente
Si usted está pensando en alquilar su vivienda a turistas por un periodo corto de tiempo, tendrá que consultar si su autonomía ha legislado al respecto y en caso afirmativo, ceñirse a los distintos requisitos exigidos. Las comunidades y algunos ayuntamientos con competencias cedidas tienen la última palabra en este ámbito normativo desde los cambios que introdujo la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013. El caos legal queda patente en que las normas difieren de una región a otra y en que a día de hoy solo hay ocho con un decreto aprobado en relación a esta materia.
La confusión generada por las diferentes regulaciones autonómicas aumenta por el poder delegado a algunos municipios para vetar algunas viviendas en función de sus propios criterios. Esto es lo que ha ocurrido en Barcelona, donde la alcaldesa Ada Colau ha ordenado el cierre de 256 casas de alquiler calificadas como ilegales y multado a las empresas de economía colaborativa Airbnb y HomeAway.
Tanto los hoteleros como las plataformas de viviendas de alquiler vacacional solicitan a la Administración una ley común que ponga fin al caos existente en España. En la asociación de empresas turísticas Exceltur destacan que la ausencia de leyes concretas va en detrimento de la calidad y seguridad que debe ofrecerse al consumidor. En el informe «Alojamiento turístico: impactos y retos asociados», los portavoces de la asociación reclaman que estos inmuebles cuenten con seguros de responsabilidad civil, requisitos de habitabilidad mínimos, hojas de reclamaciones y que se ofrezcan contratos y facturas al cliente. De este mismo estudio se desgrana que la actividad económica generada por cada viajero en casas de alquiler se eleva a 873,9 euros de media por estancia, frente a los 942,87 euros que se derivan de los gastos de los turistas alojados en establecimientos reglados.
«Es necesario que haya leyes homogéneas que otorguen seguridad jurídica al sector, a los usuarios y a la propia Administración», indica el secretario general de la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT), Ramón Estalella. Sin embargo, reconoce que se ha avanzado bastante desde que surgieron en nuestro país las primeras plataformas de intercambio y arrendamiento de viviendas. «De un desorden inicial en el que todo valía, se ha llegado a la conclusión de que se trata de una actividad turística como otra cualquiera. Las comunidades se han dado cuenta de que tenían que legislar por falta de garantías y por el elevado fraude fiscal que se estaba produciendo», asegura Estalella.

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