lunes, 4 de diciembre de 2017

Menos mal !

Villa Magdalena se queda en 62 millones

Una vecina observa los trabajos de repintando que se desarrollan estos días en el palacete. / HUGO ÁLVAREZ
Una vecina observa los trabajos de repintando que se desarrollan estos días en el palacete. / HUGO ÁLVAREZ

El Tribunal Supremo inadmite el recurso de Comamsa para revisar los intereses de la retasación del palacete de la avenida de Galicia

G. D. -R. OVIEDO.

El recurso de Comamsa contra el cálculo de los intereses del justiprecio fijado en la retasación de la expropiación de Villa Magdalena no ha pasado el corte. La sala de admisión de lo Contencioso de Tribunal Supremo ha acordado no admitir a trámite el recurso presentado por la empresa de Miguel Ángel Menéndez del Fueyo en la que reclamaba 1,5 millones de euros más en intereses, a añadir a valoración judicial del palacete -43,2 millones de euros de justiprecio- y otros 18 millones en intereses de demora que ya ha pagado el Ayuntamiento.
El intento de Comamsa tenía pocos visos de prosperar desde que en 2015 se reformó la regulación del recurso de casación y se limitó su admisión a los supuestos que puedan tener interés para la formación de jurisprudencia, haciendo desaparecer los recursos para unificación de doctrina y en interés de ley. La entrada en vigor de estas limitaciones se produjo en junio del año pasado, justo a tiempo para suponer un obstáculo a las pretensiones de la empresa. También, probablemente, a las del Ayuntamiento que interpuso su propio recurso.
Con todo, el precio de la expropiación iniciada por el Ayuntamiento hace más de 20 años, ya tiene justiprecio firme: más de 43 millones de euros y 18, de intereses, por un edificio semiruinoso que el expropiado había comprado por apenas tres millones por las mismas fechas y que pudo obtener gratis mediante un convenio urbanístico a tres bandas entre el Ayuntamiento, la empresa y el Club de Tenis que no prosperó.
Aunque tenga precio fijo, lo que aún no tiene es culpable del 'agujero'. La instructora del expediente de responsabilidad patrimonial, instado por el alcalde, propuso su archivo al entender que no existen responsabilidades contables. El primer edil, Wenceslao López, pretende alegar a la resolución para que la funcionaria rectifique su criterio, no se limite al periodo 1998-2008 y acepte que existe algo más que un problema contable sino un agujero patrimonial causado porque anteriores equipos de gobierno del PP incumplieron su propio acuerdo para consignar el dinero de la expropiación, dando lugar a la millonaria retasación del edificio.discutido es que el Ayuntamiento ni siquiera debería de haber expropiado el palacete. La decisión se tomó «sin fundamentar suficiente y ponderadamente los intereses públicos en juego». De hecho, el único informe que decide acudir a la enajenación forzosa, de septiembre de 1996, alega que «se ha propuesto no otorgar la aprobación» de la modificación del PGOU que pedía Del Fueyo, porque chocaba con la que pedía el Tenis. Para la Fundación Universidad de Oviedo, el interés público brilla por su ausencia. De hecho, el Ayuntamiento ni siquiera sabía para qué bien de interés general quería el edificio. El concejal de Urbanismo, José Agustín Cuervas-Mons, admitió que no existía una previsión de uso del palacete, que «se decidirá también en su momento».

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