Un juez de Madrid ha decidido rechazar la personación de la Abogacía del Estado en el proceso penal que dirime si hubo malversación y prevaricación cuando en 2013 la Comunidad de Madrid, gobernada por el PP, vendió 2.935 viviendas públicas a un fondo buitre por 201 millones. El titular del juzgado de instrucción número 48 de la capital tumba así una de las medidas estrella de Pedro Sánchez para combatir a estos fondos de inversión. El presidente del Gobierno anunció el pasado 12 de septiembre en el Congreso que había dado instrucciones a la Abogacía para que se personara en el procedimiento judicial que investiga esa venta, pero el juez considera que no hay base para ello porque el Estado no ha sido perjudicado.
El pasado 12 de septiembre, cuando las relaciones entre el Gobierno y Unidos Podemos eran inmejorables y negociaban los Presupuestos, Pablo Iglesias volvió al Congreso después de su permiso de paternidad. En su primera sesión de control preguntó a Sánchez qué iba a hacer el Gobierno para atajar la burbuja del alquiler. Todo pareció pactado porque Sánchez replicó con una respuesta de impacto.
El magistrado: "La legitimación del Estado para intervenir en procedimientos penales debe interpretarse de manera restrictiva"
Sánchez anunció una ley para "poner fin a la venta de la vivienda pública a los fondos buitre". El presidente detalló el caso de Madrid: "Les recuerdo que en el caso concreto de la Comunidad de Madrid gobernada por el PP con el apoyo de Ciudadanos estos fondos se hicieron con cerca de 5.000 viviendas públicas: 1.860 de la empresa municipal de la vivienda y suelo del Ayuntamiento de Madrid y 2.935 viviendas del Ivima de la Comunidad de Madrid".
De forma solemne anunció que su Gobierno se sumaba a la persecución penal de estas ventas: "Quiero anunciar en la Cámara, señora presidenta, que para este caso concreto de la Comunidad de Madrid la Abogacía general del Estado se va a personar como acusación particular en el proceso penal abierto contra la Comunidad de Madrid en el juzgado de instrucción". Tras ser interrumpido por un aplauso, terminó: "No nos va a temblar la mano para que las administraciones que están detrás de este intolerable abuso, que ha afectado a tantas personas humildes, sin recursos, asuman sus responsabilidades políticas y económicas". La medida del presidente no ha sobrevivido ni tres meses.
En un primer momento, el juzgado aceptó la personación de la Abogacía, que defiende los intereses de la Administración General del Estado. En su escrito, la Abogacía señaló que quería "verificar si ha existido o no perjuicio a través de esta causa" a fondos estatales. El juez lo aceptó inicialmente sin consultar a las partes. Contra esa decisión los dos únicos investigados en la causa presentaron recurso. Se trata de Juan Van-Halen Rodríguez, exdirector general de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid, y Ana Gomendio, exdirectora gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima). Los dos responsables que diseñaron la venta de las viviendas públicas a Goldman Sachs. La Fiscalía apoyó esos recursos el pasado 14 de noviembre al considerar que la Administración central no había sido perjudicada porque las viviendas eran de propiedad autonómica y la Comunidad tiene sus propios servicios jurídicos.
El pasado 3 de diciembre el magistrado Juan Ramón Reig dictó un auto rechazando la personación de la Abogacía por "carecer de la condición de víctima o perjudicada o titular del bien jurídico protegido en los delitos objeto de procedimiento". El juzgado estima los recursos presentados no solo por los dos imputados hasta la fecha (dos altos cargos de la Comunidad de Madrid), sino también el que presentó la Fiscalía, que no quería la personación de la Abogacía. La representación de Fomento nunca intentó personarse en el caso de la Empresa Municipal de vivienda y Suelo (EMVS).
Tras examinar todos los argumentos, el juez ha decidido ahora atender las peticiones de los dos imputados y de la Fiscalía y expulsar a la Abogacía del procedimiento. ¿Por qué? El magistrado señala que "la legitimación del Estado para intervenir en procedimientos penales debe interpretarse de manera restrictiva, para circunscribirla a los supuestos en que aparezca como perjudicada directa por la comisión de un delito". Pero en este caso concreto "la Abogacía del Estado no ha acreditado que haya sufrido un perjuicio como consecuencia de la venta de las 32 promociones de viviendas que son objeto el presente procedimiento penal. Por tanto, su legitimación para intervenir en esta causa, declina".
Según el magistrado, que comparte los razonamientos de la Fiscalía, "la Administración General del Estado ni es víctima del delito ni perjudicada por el mismo ni titular del bien jurídico protegido por la norma penal y que los investigados habrían lesionado o puesto en peligro con sus comportamientos". El juzgado recuerda que en esta causa se investigan los delitos de prevaricación de funcionario público, malversación de caudales públicos y fraude en la contratación pública, y que "el bien jurídico protegido por los anteriores delitos es la protección de la función pública; en ningún caso, los intereses patrimoniales del Estado".
Además, el juez Reig señala que "la personación de la Abogacía de Estado en la presente causa entraña una vulneración de los principios que vertebran la organización territorial del Estado, y el principio de autonomía institucional, política y jurídica de las Comunidades autónomas". No hay que olvidar que las 2.935 viviendas públicas vendidas a un fondo buitre fueron construidas y gestionadas por el Ejecutivo madrileño, que no ha decidido personarse en la causa. "Subyace a la anterior pretensión una posible tutela generalizada y potencial del Estado respecto de todos los entes públicos, así autonómicos como locales". En definitiva, "la personación de la Abogacía del Estado entraña una alteración de las posiciones de los partes en el presente proceso, transfigurando su condición de víctima en la de responsable civil subsidiario. También entraña una vulneración del derecho a la defensa de los investigados, obligados a soportar una acusación injustificada".
El juez incluso obliga a sacar de la causa diligencias de prueba que la Abogacía del Estado ya había solicitado el 15 de octubre. "Dado que no se tiene por parte a la Abogacía del Estado, una vez firme la presente resolución deberá procederse al desglose y devolución del mencionado documento, y queda sin efecto el requerimiento referido". Las dos acusaciones populares sí personadas en la causa lamentan que esta decisión suponga un nuevo retroceso en una causa que no avanza todo lo rápido que sería aconsejable. Ha habido problemas incluso para elegir a los peritos. El procedimiento penal se inició en febrero de 2014, por el juzgado han pasado ya tres magistrados y de momento solo hay dos personas investigadas: Juan Van Halen-Rodríguez, el que fuera director general de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid, que tuvo que dimitir como director general de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento, y la que fuera directora gerente del Ivima, Ana Gomendio.
La lucha de los inquilinos de estas viviendas para que la Administración recupera la titularidad de las mismas está siendo larga y compleja, aunque está dando sus frutos. A este proceso penal (para ver si se cometieron delitos en el proceso de venta de los inmuebles) le complementan otros en la vía contencioso administrativa. Dos juzgados han anulado ya la venta de los pisos que el Ivima hizo a Goldman Sachs, al considerar que la enajenación produjo una "vulneración de los principios de protección a la familia, de protección a los menores y del derecho a una vivienda digna". Las sentencias señalan que la venta no estuvo justificada. La Comunidad las ha recurrido.
El juez zanja que "la Administración General del Estado ni es víctima del delito ni perjudicada"
El Tribunal Supremo también ha avalado a los inquilinos de estas viviendas. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal refrendó en diciembre de 2017 el derecho de los afectados a impugnar la venta de sus viviendas, al considerar que esta compra menoscaba la "protección social" de los propietarios.
La Abogacía acusa en procesos penales cuando hay desvíos de fondos públicos estatales, como en el puerto del Musel, o en el 'procés', donde su acusación ha sido polémica. El uso político de la Abogacía ya ha costado al Gobierno un disgusto en el caso del 'procés'. Moncloa impuso una acusación a la baja y acabó costando la salida de Edmundo Bal, desde 2002 jefe del servicio penal de la Abogacía y que no quiso firmar el escrito de acusación mandado por la abogada general del Estado, Consuelo Castro.
No hay comentarios:
Publicar un comentario