jueves, 1 de octubre de 2020

Dará CANCHA!

El BOE no publica la orden ministerial: recoge la resolución de las medidas aprobadas para aplicar restricciones redaccion@20minutos.es (20minutos) Imagen del BOE con la orden de Sanidad.© Proporcionado por 20 minutos Imagen del BOE con la orden de Sanidad. El BOE ha publicado este jueves 1 de octubre la resolución sobre las medidas aprobadas "de obligado cumplimiento" aprobadas este miércoles en el Consejo Interterritorial para aplicar restricciones en las ciudades por la incidencia de la Covid-19. Esto supone que la aplicación de nuevas restricciones en Madrid y las grandes ciudades con mayor impacto de coronavirus entraría en vigor "48 horas" después de la notificación a cada una de las ciudades afectadas, aunque se prevé una reacción en la Comunidad de Madrid por las dudas sobre la legalidad del acuerdo, tal y como anunció en la tarde de ayer el Consejero de Sanidad, Ruiz Escudero. "Este acuerdo será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud", señala el BOE, incluidas las que han rechazado las medidas, como Madrid, Andalucía, Cataluña, Galicia y Ceuta. La Comunidad de Madrid ya anunció este miércoles que no acataba esta orden y que estudiaba recurrir el acuerdo porque considera que no tiene validez jurídica. "En los supuestos en que la ejecución de las actuaciones contempladas en la Declaración de Actuaciones Coordinadas requiera de la adopción, por parte de las comunidades autónomas, de algún acto o disposición, estas se adoptarán antes de que transcurran 48 horas desde que se tenga conocimiento de la concurrencia de las circunstancias previstas en el apartado 1.1. Boe sobre la orden de Sanidad from 20minutos "Si a la fecha de notificación a la comunidad autónoma de la Declaración de Actuaciones Coordinadas ya existieran municipios en los que concurren las circunstancias previstas en el apartado 1.1, la comunidad autónoma correspondiente adoptará los actos y disposiciones que resulten precisos para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Declaración en un plazo máximo de 48 horas desde en el momento en el que se produzca dicha notificación". La norma recoge todos los criterios aprobados para aplicar las medidas restrictivas, que son sobre municipios de más de 100.000 habitantes con una incidencia de 500 casos o más por 100.000 habitantes en 14 días (medida hasta 5 días antes de la fecha de valoración), un 10% de PCR positivas y una incidencia en UCI de un 35%. El documento indica todas las restricciones entras las que se incluyen solo entrar y salir de los municipios con justificación (trabajo, médico, colegio...), reuniones de máximo 6 personas, aforos limitados en hostelería y casas de apuestas, cierres de comercios a las 22 horas y cierres de restaurantes y bares a las 23 horas. No incluye nada del cierre de parques infantiles, que se había indicado en el borrador inicial enviado por Sanidad.

No hay comentarios: