sábado, 22 de agosto de 2020

A.Papell al habla...

 

Crisis de régimen o crisis política?

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Los partidos políticos y su falta de democracia interna

La crisis de la Corona ha impactado sobre la normalidad de este país, que no levanta cabeza desde 2008, cuando sobrevino la gran crisis financiera global, que en nuestro caso se complicó con la crisis bancaria, con el estallido de la burbuja inmobiliaria y con el afloramiento de un gran caudal de corrupción vinculado a la financiación de los partidos políticos. El concepto de “crisis de régimen”, que trajo consigo Podemos desde los arrabales de aquella primera crisis con la idea (rectificada poco después) de provocar un proceso cuasi revolucionario, ha ido planeando desde entonces, mientras discurrían nuestros sucesivos infortunios: una salida de la crisis acompañada de un incremento insoportable de la desigualdad, una crisis de gobernabilidad al deteriorarse los viejos partidos y surgir otros nuevos hasta formar una constelación pluripartidista de muy difícil gestión; y finalmente la pandemia, que, aunque fortuita, ha puesto a prueba la capacidad de resistencia de los materiales con que estaba construido el sistema.

Ante esta evolución inquietante del país, el debate intelectual tiene en abstracto  dos actores principales: quienes piensan que existe una verdadera crisis de régimen y los que creen que no hay tal, sino apenas una mala gestión del sistema a cargo de una clase política devaluada y perturbada por un cúmulo de contrariedades exógenas que nada ni nadie hubiera podido impedir. Este debate no pasa, de momento, del plano teórico de las especulaciones, pero es evidente que ambos debatientes están proponiendo modelos de avance distintos. Podría estar reproduciéndose el dilema reforma-ruptura que ya discutimos en los primeros pasos, los más delicados, de la Transición. Bien es verdad que, salvo el nacionalismo periférico que ha ensayado ya la ruptura sin éxito, el resto de partidos se mantiene en el marco constitucional.

Burniol defendió en un artículo publicado en Madrid, “¿Crisis de régimen?”, la tesis de que el sistema funcionaba correctamente de modo que no era la máquina sino el maquinista el incompetente que nos arrastraba al vacío

En el último tramo del año pasado, el notario y analista Juan-José López Burniol defendió en un artículo publicado en Madrid, “¿Crisis de régimen?”, la tesis de que el sistema funcionaba correctamente, de modo que no era la máquina sino el maquinista el incompetente que nos arrastraba al vacío. Según aquel análisis, era fácil detectar “la falta de reacción a los gravísimos retos surgidos en una etapa de brutal aceleración histórica, la eventual inercia administrativa, la falta de realismo y coraje ante el problema de la estructura territorial del Estado, y el egoísmo personal y partidario que impide alcanzar pactos de gobierno”. Pero no necesariamente todo aquello debía derivar de las insuficiencias del régimen. A su entender, tras detectar las fallas, “hay que formularse la pregunta crucial: estas graves disfunciones ¿son achacables única o principalmente al sistema, es decir, al marco normativo –comenzando por la Constitución– y al entramado institucional, o se deben en muy buena parte a las actitudes egoístas y a las actuaciones erradas de los agentes políticos o, si se quiere, de las élites del país, es decir, de todos sus dirigentes?”.

Su observación era inteligente y mantiene su vigencia: puede ser que las herramientas de que dispone la clase política sean mejorables, pero el deprimente espectáculo al que hemos asistido, con altibajos, desde las elecciones de 2015 y en realidad desde la gran crisis de 2007, no puede achacarse en exclusiva al marco normativo, al terreno de juego. Porque como dice Burniol, una buena escultura es siempre obra de un buen escultor; una mala escultura no puede achacarse al cincel y al martillo usados por el escultor.

El otro artículo que acaba de publicarse y que es adecuado contraste del anterior es de Josep María Vallès, catedrático emérito de Ciencia Política de la UAB, que lleva por titulo “Crisis de régimen y monarquía”. Y en él, el autor admite “sin esfuerzo los avances que el sistema aportó al país durante las primeras dos décadas de su existencia. No es poca cosa en una sociedad nada habituada a periodos sostenidos de estabilidad. Pero ello no quita que se registre una acumulación de factores negativos que lleva a establecer un balance insatisfactorio de sus últimos 20 años. Es este balance negativo el que permite hablar de crisis como momento histórico en que se detecta el agotamiento de una fórmula sin que se vislumbre una vía de salida para repararla”. Y a su entender, este juicio negativo se basa en cuatro puntos negros: “desigualdad socioeconómica creciente, degradación del sistema representativo, desencaje profundo del modelo territorial y, finalmente, colonización partidista de la alta Administración y de otras instituciones del Estado”.

La observación es aguda: estos cuatro elementos son hoy los baldones que el sistema político no puede ocultar y que han desnaturalizado la idea originarían de nuestro proyecto político. Sin embargo, este listado entra en contradicción con su tesis de que la fórmula —el sistema— está averiado y no se ve el modo de repararlo.

En efecto, si uno se formularse la misma pregunta lanzada en el caso anterior –¿la culpa es del sistema o de sus administradores?— y si se afina el análisis, se observará que ninguno de los cuatro factores destructivos es consecuencia de la Carta Magna, ni resultado de la aplicación de sus grandes vectores ideológicos.

Veámoslo con más detalle: la desigualdad económica creciente y el hundimiento de las clases medias ulteriores a la gran crisis global, que incluyó el degradante episodio de la reforma semiclandestina del artículo 135 de la Constitución, fue la consecuencia de la terapia aplicada por la Unión Europea para resolver una crisis generada por los excesos del sistema financiero internacional. Y en lo tocante a la desactivación del Titulo VII C.E. —Economía y Hacienda— para cumplir los requisitos de ingreso en las Comunidades Europeas en 1986 (una verdadera desamortización del capital público, en efecto), ººdebió parecer a quienes impulsaron aquel paso trascendente que ningún obstáculo jurídico podía interponerse en el designio de formar parte de la Europa que nos había rechazado, con toda la razón, durante toda la etapa de la dictadura. Hubiera sido un escandaloso contrasentido que, después de conquistar las libertades democráticas y de erigir un régimen parlamentario impecable, hubiéramos descubierto que la Constitución española no era compatible con Europa. Y por cuestiones secundarias, como la obligada desnacionalización que tuvimos que hacer, y que supuso el cierre de industrias obsoletas, prácticamente en ruinas.

Algo parecido puede decirse de otra crítica conexa que introduce Vallés: “Reforzada por la desarticulación progresiva del derecho del trabajo —afirma el catedrático—, la precariedad laboral ha dado lugar a un contingente creciente de trabajadores pobres, ha paralizado la movilidad social ascendente y ha agravado los indicadores de una desigualdad que se multiplica ahora con el impacto sanitario y económico de la covid-19”. Tiene razón el catedrático, pero es posible salirle al paso diciendo que nada se opone en la Constitución a que el Parlamento saque adelante una reforma progresista del Estatuto de los Trabajadores y les devuelva el derecho a la negociación colectiva, manifiestamente arrebatado por Rajoy al dar prevalencia al convenio de empresa sobre el de sector. No es, en fin, la Carta Magna la que ha deteriorado ciertos derechos sociales.

El tercer punto negro, el “desencaje profundo del modelo territorial”, difícilmente puede ser endosado a la Constitución puesto que el Título VIII tiene más materia de derecho procesal que de derecho positivo. En él se describe con qué mimbres puede construirse una España de las Autonomías que colme las aspiraciones de las nacionalidades históricas y articule el resto como el parlamento y los territorios prefieran. Los legisladores de aquel periodo, guiados por la opinable consigna elemental del ‘café para todos’, fueron incapaces de articular algo parecido a un estado federal, y así nos va. Pero no se culpe de ello a los constituyentes y, por tanto, a su obra maestra, sino a quienes dieron los siguientes pasos en la edificación del modelo autonómico y acabaron entregándonos una auténtica chapuza.

Por último, la colonización partidista de la alta Administración y de otras instituciones del Estado, podrá quizá ser atribuida a alguna imprevisión limitante de la Carta Magna, pero más bien será el resultado de la impotencia de la clase política que del terreno de juego en que ha tenido que lidiar.

Así las cosas, las conclusiones no son difíciles de obtener. Da en el clavo Burniol cuando culpa al establishment, a la clase política, de haber desnaturalizado la Constitución. Y acierta Vallès cuando asegura que el régimen se nos ha ido de las manos, que estamos construyendo torcido y que si no se rectifica a tiempo todo se vendrá abajo. Ambos análisis son visiones distintas del mismo desarrollo lógico. Aunque Vallés sea más pesimista que Burniol sobre la vigencia y la validez de la Constitución actual y sus posibilidades reales de modernizarse.

De ambas posturas, y en una síntesis un tanto voluntarista, cabría deducir posiblemente que lo recomendable es emprender un doble designio: por un lado, modernizar —actualizar— la Constitución adaptándola al presente, vinculándola a la pertenencia a Europa, consolidando un estado de las autonomías federal en que el Senado sea realmente y no solo nominalmente la cámara de representación territorial, habilitada para aprobar leyes horizontales en primera lectura.

Por otro lado, habría que corregir los defectos estructurales que la práctica política ha introducido en el sistema, traicionando a la Constitución y no sometiéndose a ella. Un sistema fiscal más justo y equitativo, una formación que ofrezca verdadera igualdad de oportunidades, una elección más limpia de los cargos institucionales —el abandono del sistema de cupos utilizado ennla elección del CGPG y del Tribunal Constitucional— serían elementos de una reconstrucción que vitalizaría el modelo y que son perfectamente compatibles con la Carta Magna actualizada que se acaba de mencionar

Haremos bien abandonando la ilusoria esperanza de que mediante una simple reforma constitucional vamos a volver al mejor de los mundos, donde reinen la filantropía y la cortesía parlamentarias, donde los partidos se sacrifiquen por el interés general y donde el poder se humille ante la opinión pública.

Pero si buscamos realmente la regeneración del modelo eliminando sus adherencias viciosas y sus anacronismos y desarrollando los aspectos europeo y autonómico, no será posible evitar algunos cambios previamente pactados de la Carta Magna. En el bien entendido de que nada puede hacerse sin un consenso que rebase con creces las mayorías cualificadas que la propia Carta Magna exige en su Titulo X, “De la reforma constitucional”.

En definitiva, la reforma del régimen es precisa, pero de poco valdrá el esfuerzo si previamente no mejora la disposición de los políticos que gobiernan y de los ciudadanos que los eligen. Porque el problema es más hondo, y no estrictamente técnico ni jurídico, y la responsabilidad ha de buscarse más en los hombres del aquí y el ahora que en el legado de los que ya pasaron.

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