jueves, 26 de diciembre de 2019

Regulacion de las Cripto.....yá!

Bolsamania-La actividad financiera de los criptoactivos no podrá aguantar mucho más sin ser regulada. España y el resto de Estados miembros deberán trasponer en 2020 la quinta Directiva relativa a la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, que les obligará a regular la actividad relacionada con los criptoactivos en términos de blanqueo de capitales. En su adaptación al ordenamiento jurídico español, España podrá seguir el ejemplo de Alemania, que ya permite a sus bancos custodiar y vender estos activos.
Aprovechando la necesaria trasposición de la cuarta Directiva que regula el antiblanqueo, el Gobierno alemán decidió incorporar a su regulación la posibilidad de que las entidades financieras vendan y custodien criptomonedas de forma directa a partir de enero, sin necesidad de contar con intermediarios.
Esta medida no se incluye expresamente en la cuarta Directiva relativa a la prevención del blanqueo de capitales, si bien el Ejecutivo germano decidió incorporarla en la trasposición de la misma y el Parlamento dio su visto bueno a la medida hace tres semanas. A partir de enero, de todas formas, tendrá que acometer la adaptación de la quinta Directiva a su ordenamiento jurídico.
También deberá hacerlo el resto de Estados miembros de la Unión Europea y, entre ellos, España, si bien por el momento no se conocen los detalles ni las adaptaciones que tendrá esta trasposición en relación con los criptoactivos.
No obstante, el sendero que ha marcado Alemania con su norma puede constituir una referencia para otros países y, de hecho, algunos bancos han manifestado interés en ofrecer este tipo de servicios, como explica a Bolsamanía Enric Olcina, socio de KPMG Forensic para el Sector Financiero de KPMG en España.
En todo caso, a la hora de poner en marcha este tipo de servicios, las entidades financieras, las fintech y las startups dedicadas al negocio de las cripto que quieran ofrecerlos deberán desarrollar procedimientos y controles específicos adaptados a la naturaleza de esta tipología de activos, como marcó el Grupo de Acción Financiera Internacional en su última publicación sobre este tema, recuerda Olcina.
Esta quinta directiva sobre prevención del blanqueo de capitales, conocida bajo las siglas AMLD5, debe ser traspuesta dentro de unos días, el 10 de enero de 2020, si bien es posible que, dada la situación de interinidad del Gobierno, España se retrase, como ha ocurrido en muchos casos anteriores.
Una de las demoras más sonadas fue la de la nueva ley hipotecaria, que llegó tres años y tres meses tarde y que estuvo a punto de generar al país una multa millonaria por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que decidió recientemente archivar la denuncia que contra España puso la Comisión Europea por el retraso.
LOS REGULADORES DEBEN ADAPTARSE
Precisamente, el mes pasado Pablo Hernández de Cos, gobernador del Banco de España, hacía referencia a la regulación de los criptoactivos en un discurso pronunciado ante el Comité de Basilea, que él mismo preside.
Hernández de Cos explicaba el papel que pueden jugar las entidades privadas en este nuevo escenario, como participar directamente en el ecosistema de las criptomonedas creadas para que tengan un valor estable (stablecoin) custodiando o gestionando los activos que las respaldan, facilitar su funcionamiento u ofrecer servicios complementarios, como un wallet.
Sin embargo, advirtió que los bancos pueden ser objeto de una amplia gama de riesgos, tanto financieros (liquidez, crédito...) como no financieros (ciberseguridad), por lo que los reguladores deben considerar qué marcos normativos y recursos son los adecuados.
Sea como fuere, España tendrá que afrontar esta legislación cuanto antes, pues el plazo de trasposición de la directiva vence en dos semanas. Los reguladores deberán adaptarse al nuevo escenario, pues lo cierto es que Alemania ha abierto un camino difícil de transitar.

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