lunes, 26 de diciembre de 2016

El BdE y la Banca, bálsamo tras bálsamo....

La nueva circular contable de provisiones que entró en vigor el pasado 1 de octubre está provocando una extraordinaria confusión en los mercados financieros como consecuencia del afán de supervisión del Banco de España y el deseo del Ministerio de Economía de actuar con criterios de control y vigilancia especialmente estrictos. La crisis bancaria ha exacerbado el celo normativo del Gobierno por ser ‘más papista que el Papa’, entendiendo como tal la doctrina regulatoria de la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) que, como afirman en medios del sector, “aprieta lo suyo pero no ahoga tanto”.
La aplicación de las nuevas disposiciones tiene que hacerse efectiva al cierre del presente trimestre por lo que incidirá en la foto fija de todo el ejercicio de 2016, un año especialmente duro para el sistema financiero, más si cabe después de la reciente sentencia europea sobre las cláusulas suelo. Los bancos y las antiguas cajas de ahorros, a través de sus organizaciones de representación institucional, vienen desde hace meses discutiendo con los responsables de supervisión del Banco de España los criterios de actuación derivados de una circular que trata de anticipar en dos años la futura norma contable IFRS 9 que será efectiva en toda Europa a partir del año 2018.
Desde hace tiempo, el objetivo del Banco de España no es otro que curarse en salud en ‘la gestión eficiente de los riesgos’ asumidos por los bancos con clientes que atraviesan por dificultades financieras. De ahí que la nueva circular 4/2016 actualiza la antigua normativa contable que data de 2004, mediante la introducción de nuevos y más rigurosos criterios de clasificación en las operaciones de refinanciación y reestructuración de créditos. El problema reside en que la normativa ha sido impuesta sin incluir siquiera un régimen transitorio y la tensión derivada del precipitado proceso de adaptación está generando dificultades operativas que ahora deben ser subsanadas sobre la marcha.
El jefe de Supervisión del Banco de España envía una comunicación a los bancos para suavizar criterios de contabilidad en materia de refinanciación de créditos
El supervisor financiero reconoce que a raíz de las consultas formuladas por las entidades financieras “se han puesto de manifiesto posibles efectos no deseados de la aplicación de algunos factores automáticos de clasificación”. Así consta en una carta remitida a las distintas organizaciones empresariales del sector financiero por el director general de Supervisión del Banco de España, Mariano Herrera. En la misiva, el regulador admite que las entidades están siguiendo muy diversas prácticas a la hora de identificar los riesgos normales dentro de la condición de “seguimiento especial” establecida en el Anejo IX de la circular de provisiones.
Mariano Herrera en una foto de archivo. (EFE)
Mariano Herrera en una foto de archivo. (EFE)
Para evitar toda esta confusión, el Banco de España acaba de aprobar a primeros de diciembre la circular 7/2016 sobre especificidades contables de las fundaciones bancarias que ha sido aprovechada para modificar en gran parte las normas de información financiera pública y reservada de todo el sistema financiero. Esta segunda disposición representa una buena dosis de bálsamo después del aceite de ricino que suponía la primera circular en su articulado original y establece criterios mucho más suaves de contabilidad, en línea por otra parte con los impartidos desde la propia Autoridad Bancaria Europea.
La comunicación de Mariano Herrera se refiere a dos apartados concretos de clasificación que van a traducirse en una mejora de la morosidad y, por consiguiente, en una reducción de las dotaciones inicialmente previstas. En primer lugar las operaciones clasificadas como riesgo normal a 30 de septiembre, una día antes de la entrada en vigor de la circular 4/2016, podrán mantener dicha consideración hasta que surjan dudas sobre su reembolso íntegro u otras debilidades que, de acuerdo con los nuevos criterios, requieran su clasificación como dudosas o normales en vigilancia especial.
El nuevo 'bálsamo' permitirá reducir la morosidad y mejorar la imagen del sector al cierre de 2016 para compensar el efecto nocivo de las cláusulas suelo
El segundo capítulo que va a favorecer una mayor tranquilidad para los bancos permite también liberar del yugo de nuevas cargas contables a los créditos que durante los dos años de prueba siguientes al acuerdo de refinanciación estén respondiendo al reembolso puntual de sus cuotas. En su versión original, la circular vigente desde octubre exigía el mantenimiento de estos activos en vigilancia especial, lo que obligaba a un ajuste de provisiones que perjudicaba la posición competitiva de las entidades españolas en relación con sus homólogos y rivales comunitarios.
Estas adaptaciones normativas facilitarán que los 14 grupos bancarios existentes en nuestro país puedan presentar al cierre de 2016 una imagen bastante más favorable y, sobre todo, mucho más acorde con la evolución de un sector que ha sido sometido a un profundo y continuado esfuerzo de saneamiento. No en vano, la banca se ha dejado en el empeño más de 300.000 millones de euros desde que empezó la crisis. Una cifra descomunal si se observa que las ayudas públicas han sido de poco más de 40.000 millones y mucho más escandalosa si se tienen en cuenta los mínimos, por no decir inexistentes, ajustes llevados a cabo en el resto de los grandes sistemas financieros de toda Europa.

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