miércoles, 30 de mayo de 2018

SOF.Los errores se pagan....

Condenan al Ayuntamiento a readmitir a los trabajadores de la SOF como indefinidos

Condenan al Ayuntamiento a readmitir a los trabajadores de la SOF como indefinidos
Javier Batalla, entrando a los juzgados. / HUGO ÁLVAREZ

En la plantilla municipal sus categorías oscilarán en función de sus títulos: el exdirector técnico de ls sociedad será auxiliar administrativo

G. D. -R. OVIEDO.

El Juzgado de lo Social Número 2 ha fallado en favor de los cinco trabajadores despedidos de la SOF y condenado al Ayuntamiento de Oviedo a readmitirlos como personal laboral no fijo de plantilla. La magistrada María Cristina García Fernández entiende que aunque formalmente fuese la de festejos la que abonaba las nóminas o firmó los contratos de estos trabajadores, la sociedad no tiene entidad empresarial toda vez que tan solo «es un ente interpuesto del Ayuntamiento de Oviedo, con el fin de organizar cualquier actividad festiva y lúdica, incluso más allá de sus estatutos».
La consecuencia inmediata es que el Consistorio suma otros cinco trabajadores que entran por sentencia judicial, por lo que la cifra global pasa ya de 328. La segunda, que el alcalde, Wenceslao López, ha convocado para esta mañana una reunión con sus socios de gobierno para abordar la situación ante la especial preocupación existente por las próximas fiestas de San Mateo. Fuentes municipales confirmaron que a la Fundación Municipal de Cultura se le está atragantando la gestión de los festejos, acordada por resolución de Alcaldía para suceder a la SOF tras el fin del convenio con esta, y las gestiones para las próximas fiestas de San Mateo están casi sin iniciar.

Categorías y cosas mal

La adscripción de los extrabajadores de la SOF a la organización de los festejos puede parecer una buena idea, pero las cinco sentencias generan un problema. Ordenan la readmisión de los trabajadores en la plantilla municipal como indefinidos no fijos pero, además, señalan la categoría laboral del convenio en la que deberán incluirse. A quien fue el director técnico de la SOF desde 2007 y antes, entre 1993 y 2006, trabajador para el Ayuntamiento, Javier Batalla, la magistrada no le reconoce su pretensión de mantener nivel y sueldo. Señala que «no indica la categoría en la que pretende ser encuadrado» y «no aportó prueba» sobre las titulaciones de las que dispone, por lo que manda que se integre como auxiliar administrativo. En euros, la mitad del sueldo que percibía. En cambio, Eulalia García-Vallaure que en la SOF era gestora con el convenio de Oficinas pasa al grupo A de los titulados superiores en virtud del fallo.
En realidad, las cinco sentencias son un compendio de cosas mal hechas por el Ayuntamiento. Desde la evidente dependencia económica de la SOF, al asesoramiento del personal municipal, al hecho de que los correos electrónicos fuesen los de oviedo.es, como también eran municipales las oficinas. A la jueza no le queda más remedio que concluir que la SOF no era una entidad, sino un instrumento municipal. Tanto como que el día 3 de enero, los cinco trabajadores enviaron al concejal de Personal un correo desde las oficinas de la SOF aunque estaban despedidos. EL 4, les contestó el edil señalando que «no le constaba» que fueran trabajadores del Ayuntamiento. Ya sí.

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