EDUARDO BAYONA
@e_bayona
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ZARAGOZA .- La cláusula cero ha relevado a las cláusulas suelo en los contratos de las hipotecas: los bancos incluyen condiciones por las que el consumidor renuncia en la práctica a beneficiarse de un eventual interés a su favor derivado de los valores negativos del euríbor, según ha detectado la asociación de consumidores Adicae.
“En realidad se trata de una variante de cláusula suelo con la que el banco se asegura que nunca tendrá que pagar al cliente por prestarle dinero”, señalan fuentes de Adicae. No obstante, los tipos finales de las hipotecas se encuentran todavía lejos de ese nivel, ya que los diferenciales que los contratos añaden al euríbor hacen que el interés final enjugue con creces el -0,012% favorable al consumidor en el que se encuentra el índice hipotecario.
“En realidad se trata de una variante de cláusula suelo con la que el banco se asegura que nunca tendrá que pagar al cliente por prestarle dinero”, señalan fuentes de Adicae. No obstante, los tipos finales de las hipotecas se encuentran todavía lejos de ese nivel, ya que los diferenciales que los contratos añaden al euríbor hacen que el interés final enjugue con creces el -0,012% favorable al consumidor en el que se encuentra el índice hipotecario.
En cualquier caso, la política expansiva del Banco Central Europeo (BCE), que es quien marca el euríbor, ha provocado cambios en el mercado hipotecario, en el que la cláusula suelo tradicional –un tipo mínimo a pagar con independencia de la evolución del euríbor- se ha convertido en una “desventaja competitiva” para los bancos, que comienzan a centrar su negocio en las hipotecas de tipo fijo.
Presión de consumidores y administraciones
Los inspectores de Consumo del Gobierno de Aragón detectaron hace unos meses, tras rastrear 74 oficinas de 27 entidades, cómo solo tres de los bancos que operan en la comunidad mantenían las cláusulas suelo en sus hipotecas: Bankia, March y Sabadell, aunque “en todas ellas se cumplía con las normas de transparencia” en la información a los consumidores que hace año y medio estableció el Tribunal Supremo, señala la consejera de Ciudadanía, Mariví Broto, en una respuesta parlamentaria. “La mayoría de las entidades financieras habían dejado de aplicar cláusulas suelo en las hipotecas que formalizaban a partir de la fecha de entrada en vigor de la sentencia”, añadía.
Y las tres que las mantenían dejaron de hacerlo tras la intervención de la comunidad, según explica Pablo Martínez Royo, director general de Protección de los Consumidores y Usuarios. “Puede haber cláusulas suelo si no son abusivas y si se explican de una manera clara y transparente, si no son más complejas que el resto de las del contrato”, señala Martínez, quien atribuye a “los cambios en el mercado hipotecario”, además de a la presión de consumidores y administraciones, el abandono por parte de la banca de esas prácticas, que afectan a dos millones de familias en España.
“Yo creo que las cláusulas suelo son historia, aunque hemos de seguir teniendo los ojos muy abiertos”, añade.
Y las tres que las mantenían dejaron de hacerlo tras la intervención de la comunidad, según explica Pablo Martínez Royo, director general de Protección de los Consumidores y Usuarios. “Puede haber cláusulas suelo si no son abusivas y si se explican de una manera clara y transparente, si no son más complejas que el resto de las del contrato”, señala Martínez, quien atribuye a “los cambios en el mercado hipotecario”, además de a la presión de consumidores y administraciones, el abandono por parte de la banca de esas prácticas, que afectan a dos millones de familias en España.
“Yo creo que las cláusulas suelo son historia, aunque hemos de seguir teniendo los ojos muy abiertos”, añade.
Acciones reservadas a la espera de que falle Estrasburgo
Tras la sentencia del Supremo que estableció las normas de transparencia y anuló las cláusulas suelo de BBVA, Abanca y Cajamar –luego llegaría otra sobre el Popular-, la magistrada del Juzgado Mercantil número 11 de Madrid condenó, tras una demanda de Adicae, a devolver lo cobrado de más por ellas desde mayo de 2013 a 42 bancos y cajas de ahorro , la mayoría de los cuáles han recurrido el fallo ante la Audiencia de Madrid.
Y la banca contiene la respiración ante la próxima sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, que debe determinar si esos pagos deben ser retroactivos a la fecha de firma de las hipotecas, lo que supondría tener que devolver entre 5.000 y 10.000 millones de euros a sus clientes. El abogado general , equivalente del fiscal, se opone a esa tesis, que también rechaza el Supremo mientras la Comisión Europea la apoya.
Mientras tanto, los jueces comienzan a incluir en las sentencias sobre cláusulas suelo reservas de acciones en las que reconocen a los afectados, además del derecho a recuperar lo pagado de más desde mayo de 2013 –tal y como estableció el Supremo-, la posibilidad de ampliar su reclamación si el tribunal de Estrasburgo abre esa puerta.
Y la banca contiene la respiración ante la próxima sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, que debe determinar si esos pagos deben ser retroactivos a la fecha de firma de las hipotecas, lo que supondría tener que devolver entre 5.000 y 10.000 millones de euros a sus clientes. El abogado general , equivalente del fiscal, se opone a esa tesis, que también rechaza el Supremo mientras la Comisión Europea la apoya.
Mientras tanto, los jueces comienzan a incluir en las sentencias sobre cláusulas suelo reservas de acciones en las que reconocen a los afectados, además del derecho a recuperar lo pagado de más desde mayo de 2013 –tal y como estableció el Supremo-, la posibilidad de ampliar su reclamación si el tribunal de Estrasburgo abre esa puerta.
Reconocer la abusibidad y pleitear para no pagar por ella
Otra cosa es que la banca asuma que tiene que devolver al menos una parte de las cláusulas suelo abusivas y endosadas de manera torticera a sus clientes. El Popular, por ejemplo, dejó de cobrarlas en febrero de este año, aunque sigue defendiendo la legalidad de los recibos anteriores en los tribunales, donde llega a solicitar que las demandas de sus clientes se suspendan hasta que la Audiencia madrileña resuelva el caso de Adicae.
Sin embargo, esa interrupción de los cobros supone, en la práctica, reconocer su ilegalidad. El magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Zaragoza concluye, en la sentencia por la que le condena a este banco a devolver 7.448 euros –lo pagado de más desde mayo de 2013- a un matrimonio defendido por la letrada Sara Benedí, que la abusibidad de la cláusula es “confirmada por la propia entidad financiera demandada al dejar de aplicarla”.
Por otro lado, según señalan fuentes de la organización de consumidores, algunos bancos han optado por la picaresca. En unos casos, dejan de cobrar a sus clientes por las cláusulas suelos detectadas por la banca pero continúan haciéndolo en los créditos de otras entidades a cuya gestión acceden por absorciones o por operaciones de compra. En otros, ofrecen modificar los contratos para transformar los conceptos abusivos en tipos de interés fijo más bien elevados y con renuncias expresas al derecho a reclamar en el futuro por esas condiciones.
Sin embargo, esa interrupción de los cobros supone, en la práctica, reconocer su ilegalidad. El magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Zaragoza concluye, en la sentencia por la que le condena a este banco a devolver 7.448 euros –lo pagado de más desde mayo de 2013- a un matrimonio defendido por la letrada Sara Benedí, que la abusibidad de la cláusula es “confirmada por la propia entidad financiera demandada al dejar de aplicarla”.
Por otro lado, según señalan fuentes de la organización de consumidores, algunos bancos han optado por la picaresca. En unos casos, dejan de cobrar a sus clientes por las cláusulas suelos detectadas por la banca pero continúan haciéndolo en los créditos de otras entidades a cuya gestión acceden por absorciones o por operaciones de compra. En otros, ofrecen modificar los contratos para transformar los conceptos abusivos en tipos de interés fijo más bien elevados y con renuncias expresas al derecho a reclamar en el futuro por esas condiciones.
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