martes, 10 de julio de 2018

Tardaba, pero.....

La jueza atribuye prevaricación y fraude a 24 responsables de la obra de El Musel

De izquierda a derecha y desde arriba hacia abajo, Fernando Menéndez Rexach, José Luis Díaz Rato, Mario Navas Gutiérrez, Fernando Palao y José María Alcoba. /
De izquierda a derecha y desde arriba hacia abajo, Fernando Menéndez Rexach, José Luis Díaz Rato, Mario Navas Gutiérrez, Fernando Palao y José María Alcoba. 

Lamela asume el relato del fiscal y propone abrir juicio contra Rexach, Díaz Rato, Alcoba, Palao y Navas | Da por hecho que «la previa elección subterránea de unas empresas para beneficiarlas con el contrato» fue la base de las irregularidades

RAMÓN MUÑIZ GIJÓN.
La magistrada de la Audiencia Nacional que instruye el 'caso Musel' dictó ayer un auto que propone la apertura de juicio oral contra 24 responsables de las obras de ampliación. Todos eran altos funcionarios y directivos empresariales a los que atribuye la comisión de los delitos de prevaricación continuada y fraude. La lista incluye a Fernando Palao, exsecretario de Estado; Mariano Navas, expresidente de Puertos del Estado; Fernando Menéndez Rexach, expresidente de El Musel; su exdirector José Luis Díaz Rato y también a José María Alcoba Arce, abogado del Estado. También a los responsables de las empresas que sacaron adelante los trabajos.
La magistrada Carmen Lamela hace suyo el relato del fiscal y da por probado que las prisas por lanzar los trabajos antes de que Asturias perdiera parte de la financiación obtenida de la Unión Europea «y la previa elección subterránea de unas empresas para beneficiarlas con la adjudicación del contrato primaron sobre las garantías técnicas de un proyecto de tanta complejidad o de la protección de los fondos públicos encomendados a los gestores de la Autoridad Portuaria de Gijón».
De estos hechos hace responsable a los 24 señalados, al tiempo que sobresee la causa para siete personas que hasta ahora estaban imputadas. El auto dictado ayer transforma las diligencias previas en un procedimiento abreviado, paso que prepara la apertura del juicio y que de algún modo marca nuevos límites a la causa. Las acusaciones disponen ahora de diez días para estudiar la propuesta de Carmen Lamela y, sobre ella, aclarar contra quiénes de esa lista formulan escrito y por qué delitos. No podrán por tanto solicitar la condena de nadie que no esté en esa nómina y a éstos solo podrán achacarles los ilícitos marcados por la instructora, esto es, prevaricación y fraude.
El horizonte procesal de los imputados mejora si se tiene en cuenta que la investigación se inició ante la sospecha de que, además de los delitos citados, se hubiera cometido malversación, falsedad en documento oficial y mercantil y fraude a la Hacienda Pública. Las diligencias practicadas descartan la existencia de estos supuestos y da vía libre para seguir por el camino de la prevaricación y el fraude. El primero es un ilícito que achaca a los cinco ex cargos públicos y funcionarios implicados y que acarrea penas de inhabilitación para esos puestos. Tanto el fiscal como la instructora proponen imputar el fraude según la redacción del Código Penal que entró en vigor en 2015, lo que expondría a los procesados a condenas de dos a seis años de prisión. Las defensas en todo caso van a recurrir para solicitar que se les aplique la ley vigente en el momento de los hechos, que sancionaba el mismo delito con entre uno y tres años de cárcel.
A la espera de que se resuelva esa pugna jurídica, el auto encuentra irregularidades en la ampliación de El Musel prácticamente desde que se concibieron las obras. Recuerda que en el año 2000 se iniciaron unos estudios preliminares, que siguieron un año después con un trabajo de la Universidad de Oviedo sobre los posibles materiales a utilizar. El proyecto sin embargo quedó paralizado los años siguientes «no solamente por necesidades de financiación, también porque la ampliación estaba ampliamente cuestionada en el ámbito profesional y especializado en cuanto a su necesidad y oportunidad, habiéndose observado por muchos expertos un sobredimensionamiento de las previsiones».

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Cuestión de prioridades

Las resistencias quedaron orilladas ante «la finalidad de obtener una financiación con Fondos de Cohesión» para Asturias antes del año 2006. Había varias alternativas y Puertos del Estado apostó por una en lo que la magistrada tacha de una «apresurada conclusión». Menéndez Rexach y Díaz Rato «impulsaron definitivamente el proyecto de ampliación aun siendo plenamente conocedores de que al tratarse de una obra civil de gran magnitud, tanto por sus condiciones técnicas como por la excepcional cantidad de materiales pétreos (...) hubiera resultado imprescindible completar los ensayos pendientes antes de la aprobación técnica» del proyecto.
No se actualizaron los costes estimados por la Universidad y tampoco se aseguró antes de la licitación disponer de un suministro de relleno. Durante toda la historia el puerto se había servido de la cantera de Aboño, pero esta vez Rexach habría firmado solamente un acuerdo de intenciones en el cual todo quedaba supeditado a los objetivos empresariales de HC, «con lo que no se garantizaba el suministro, sino que se asumía un riesgo desproporcionado en un elemento clave que podría imposibilitar la adecuada ejecución del proyecto», señala Lamela.
El acuerdo fue incorporado al pliego de prescripciones técnicas de la obra, estableciendo así «unas condiciones que vulneraban los principios de no discriminación (...) y de transparencia en materia de contratación pública». Uno de los aspirantes se presentó al concurso con una ventaja imposible para el resto: fue la Unión Temporal de Empresas (UTE) Dique Torres, la adjudicataria final, y una de cuyas mercantiles era precisamente Sociedad Anónima de Trabajos y Obras (SATO), copropietaria a su vez de la cantera de Aboño.
El abogado del Estado José María Alcoba validó unos pliegos «que resultaban materialmente inasumibles para cualquier proyecto empresarial, salvo que ya se contara desde esta fase previa de licitación con una revisión al alza del precio del contrato», analiza la magistrada. «Con estos condicionantes, resulta obvio que se tuvo que llegar a un acuerdo previo con las empresas que posteriormente constituyeron la UTE Dique Torres», un pacto que explicaría las facilidades que tuvo la sociedad durante todo el expediente.

Ventajas discriminatorias

Así, en el propio pliego de prescripciones técnicas, fechado en mayo de 2004, figura la firma de Ana Isabel Dizy, representante de la UTE Dique Torres. El dato sorprende porque no fue hasta el 22 de julio de ese año cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la licitación, de lo que se deduce que «al menos la empresa Dragados para la que trabajaba la que luego fue la primera gerente de la UTE conocía previamente el contenido de los pliegos».
La magistrada da por probado que la empresa incluyó en su oferta cintas transportadoras y otras mejoras para mantener la ficción de que lograría el relleno de Aboño, a pesar de que «con anterioridad al proceso de licitación tanto la Autoridad Portuaria como la UTE conocían la imposibilidad de contar desde un primer momento con la cantera de Aboño». Eso está «acreditado» por el hecho de que HC había publicado en el BOE la licitación de seis plantas de desulfuración cuya ejecución resultaba incompatible con el uso de la cantera.
Las defensas vienen alegando que actuaron con todos los informes técnicos respaldando las obras, algo que socava el relato del fiscal. Los técnicos de Puertos del Estado emitieron su dictamen el 13 de julio de 2004 y aunque «era formalmente favorable, reseñaba manifiestas deficiencias en materia de precios, plazos y procesos constructivos». Entre ellos, tacharon de «infradimensionado» que el plazo previsto para terminar la obra fuera de 48 meses, un aspecto que, de mantenerlo en el pliego, podía generar disfuncionalidades luego. Dos días después de la firma del informe, Díaz Rato aprobó técnicamente el proyecto, «sin tomar en consideración ninguna de las observaciones» de los especialistas de Puertos del Estado.
El auto es duro con quien era el jefe del Servicio Jurídico del Estado en Asturias, José María Alcoba, por dar por bueno un pliego que contravenía diversas legislaciones. Aplicó así al caso «fórmulas rituarias ajenas a la garantía de control de legalidad que la norma confiere al trámite, constituyendo una actuación profesionalmente inadecuada» que a la postre «coadyuvó de manera determinante» a que todo el consejo de administración respaldara el expediente por unanimidad.
La adjudicación se llegó a aprobar sin tener la financiación asegurada, y tras una actuación sospechosa de la mesa de contratación. Eran cinco las UTE aspirantes al encargo; al revisar el examen que se hizo de sus propuestas «aparecen algunas valoraciones ciertamente contradictorias y con definitiva influencia en la propuesta final de adjudicación». La documentación presentada por Dique Torres por ejemplo incluía unidades y precios nuevos, algo que vulneraba la normativa. «Esta oferta no debía haber sido admitida» por esa irregularidad; es más, «en circunstancias análogas fue excluida la UTE Sacyr-Somague-Sánchez y Lago.
La cadena de irregularidades se extendería supuestamente a las propias obras, con unas constructoras permanentemente pidiendo un sobrecoste que le rechazaban Rexach y Díaz Rato alegando que eso desbordaba a las ayudas de la UE y no se podía plantear hasta pasadas las elecciones autonómicas. La intervención de Navas y Palao habría resultado determinante para dar luz verde a un modificado que de nuevo contó con el plácet del abogado del Estado, pese a que su tramitación también se habría saltado la legislación.

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