martes, 18 de julio de 2017

Manualillos de Inversión ( 2 ) Popular.

Un tercer informe decidirá si se compensa al accionista de Popular

7:42 - 18/07/2017
  • La Audiencia admite el primer recurso contra la resolución del Frob
La Audiencia Nacional admitió ayer a trámite el recurso interpuesto por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra la decisión del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) que permitió la resolución de Banco Popular y su venta al Santander por un euro. La organización de consumidores, que representa a miles de pequeños accionistas de la entidad que entonces presidía Emilio Saracho, esgrimía en su recurso -interpuesto el pasado jueves ante los Juzgados Centrales-, que la resolución del Popular es contraria al Derecho.
La decisión tomada por la Audiencia marca un punto de inflexión en el caso del Popular, puesto que es el primer recurso que se admite a trámite contra el Frob. El empresario chileno Andrónico Luksic, que adquirió algo más del 3% del capital de la entidad a principios de año, también inició la semana pasada acciones legales contra el fondo de rescate.
Por otro lado, la Mutualidad de la Abogacía anunció ayer que emprenderá las acciones legales pertinentes con el objetivo de recuperar los 54 millones de euros que perdió con la resolución del banco, y se dirigirá contra la Junta Única de Resolución (JUR) y el Frob. Para ello, la mutua interpondrá recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional y recurrirá también ante el Tribunal de Justicia de la UE.

Plazo de 20 días

A partir de ahora, el fondo de rescate bancario tiene un plazo de 20 días para presentarse ante la Sala de la Audiencia Nacional y poner a disposición judicial todos los expedientes administrativos que dieron lugar a la decisión de aplicación de dicha resolución. La OCU se mostró ayer satisfecha con el auto judicial y confía en que sirva para depurar responsabilidades en defensa de los pequeños accionistas.
Para el Frob no supone ninguna sorpresa verse en los tribunales a raíz de la resolución del banco. La entidad pública lleva semanas adelantando que los inversores están en su derecho a recurrir la resolución por los cauces judiciales y, a la par, recordando que había poco margen de actuación en una decisión ya tomada por la Junta Única de Resolución (JUR) europea.
El reglamento del Mecanismo Único de Resolución estipula que la JUR es la encargada de compensar a los países por los daños y perjuicios causados por sus funciones de resolución, incluidas las acciones judiciales.

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