domingo, 22 de enero de 2017

Palo al Scrip Dividendo....


Los scrip dividend perderán 'adeptos' tras el cambio de fiscalidad


Esther García López


Los scrip dividend han tenido un protagonismo destacado en la bolsa española en los últimos años, pero en 2016 iniciaron un declive que, según los expertos, continuará este año con la reforma fiscal que tienen que afrontar y que no permitirá diferir su tributación, por lo que «aumentarán» los inversores que rechacen esta fórmula de remuneración y opten por el dividendo en efectivo.
Tras la entrada en vigor, el 1 de enero de este año, de la reforma del artículo 37 de la Ley del IRPFlos derechos de suscripción recibidos, ligados a acciones cotizadas y derivadas de cualquier operación corporativa, pasarán a ser considerados ganancia patrimonial sujeta a retención en el ejercicio en el que se liquiden o trasmitan los derechos y, por tanto, ya no tributarán de forma diferida, lo que afectará directamente a los scrip dividend (dividendos flexibles), que tributarán como los dividendos en efectivo.
Hasta 2017, una de las ventajas de aceptar acciones como fórmula de retribución del capital para el inversor particular era que podían diferir su tributación en IRPF al no ser considerada la recepción de los derechos como un rendimiento de capital mobiliario sujeto a retención, lo que sí ocurría en el caso de cobrar el dividendo en efectivo. Cobrando con acciones (recibiendo derechos) la tributación del rendimiento se difería al momento de la venta de acciones en el mercado. Esto ha cambiado este año y, según los expertos, tendrá consecuencias, entre ellas que los scrip dividend «perderán peso» en 2017.
«Esta nueva fiscalidad perjudica al accionista porque le impide diferir el pago de impuestos por la venta de derechos», afirma Victoria Torre, responsable del Departamento de Análisis de Self Bank. Con lo que «es probable que se incremente la proporción de inversores que opte por recibir el dividendo en efectivo, al tener la misma fiscalidad que la venta de derechos».
Fuentes de Bolsas y Mercados Españoles (BME) consideran que este cambio fiscal tendrá una «amplia repercusión» porque de él se derivan «efectos muy negativos» para facilitar la transmisión de los derechos de suscripción en los mercados secundarios de valores. «Puede que ese mercado se anule completamente por las dificultades operativas y costes que conlleva aplicar la reforma tributaria».
También Ismael de la Cruz, director de análisis de mercados financieros en Wise Trend, cree que los perjudicados con este cambio fiscal serán los accionistas, puesto que les impide dilatar el efecto fiscal del cobro de los derechos de suscripción exentos de retención. «Pasamos de una situación en la que el cobro reducía el valor de las acciones a tributarlo de forma directa como ganancia patrimonial. Este cambio fiscal tiene un componente altamente recaudatorio».
Para Ricardo Perpiñán, secretario general de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget), «no cabe duda de que los inversores buscarán otros productos que financieramente sean más rentables. Con la reforma se pierde rentabilidad financiera».
Pero no todo es negativo para los accionistas, a juicio de Victoria Torre, la reforma traerá algo positivo, «será más simple tributar, ya que el bróker retendrá directamente al accionista el 19 por ciento en las ventas de derechos. Hasta ahora, la venta de derechos en el mercado reducía el precio de adquisición de las acciones, por lo que para tributar por la venta de éstas, el accionista debía tener en cuenta las ventas de derechos generados por esas acciones».
5.542 MILLONES EN SCRIP DIVIDEND
En 2016 la retribución al accionista mediante dividendos fue elevada. Las empresas cotizadas repartieron casi 25.000 millones de euros y la rentabilidad media por dividendo del conjunto de compañías fue del 4,9 por ciento. Pero el peso de los pagos mediante scrip dividend sobre el total fue pequeño. Entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2016 fue de 5.542 millones de euros, un 22 por ciento del total de los dividendos pagados por el conjunto de las cotizadas en la bolsa española en esas fechas, según BME. Una cifra que merma si se compara con años anteriores. Fue la mitad que en 2013, cuando alcanzó más del 41 por ciento, mientras que en 2014 fue del 30 por ciento y en 2015 del 35 por ciento. En el mismo periodo del año pasado fueron 11 compañías las que decidieron hacer 17 pagos mediante scrip dividend.
Los expertos descartan que la reforma fiscal disuada a las empresas de reducir la fórmula de scrip dividend para retribuir a sus accionistas. «No creo que las compañías acaben con los programas de dividendo flexible. Estos han venido reduciéndose en los últimos meses debido a que las empresas cuentan con liquidez para pagar el dividendo en efectivo», declara Victoria Torre. También apunta que el principal motivo por el que una empresa opta por esta fórmula es poder repartir un dividendo cuando no dispone de liquidez o no quiere dedicarla a este pago. «Las empresas seguirán realizando estas operaciones cuando lo necesiten».
Tampoco Ismael de la Cruz considera que la reforma fiscal vaya a motivar a las empresas a reducir esta fórmula, porque «a las empresas les beneficia poder retribuir al accionista sin reducir su liquidez y aumentar su base de accionistas».
MÁS REFORMAS
Los cambios de fiscalidad que han entrado en vigor este año relacionados con el scrip dividend, se suman a los derivados de la culminación de la primera fase de la Reforma del Sistema de Compensación, Liquidación y Registro de Valores en el mercado español. Así, desde el 3 de octubre de 2016, el derecho del cobro del dividendo no lo poseen todos los propietarios de acciones hasta el día antes de la fecha de pago de dividendo anunciado por la empresa, sino los que posean los títulos al cierre de la sesión de cotización celebrada tres días antes de la fecha de pago.

¿QUÉ ES UN SCRIP DIVIDEND?
El scrip dividend (dividendo flexible) es una fórmula de remuneración que consiste en entregar al accionista el dividendo en acciones. Este recibe su retribución en forma de derechos de suscripción sobre acciones de la compañía, en proporción al importe de dividendos que le corresponda. Es decir, la compañía pagadora, en cada fecha de retribución, mediante esta fórmula hace una ampliación de capital para atender la retribución de los accionistas que decidan cobrar su parte en acciones. El accionista puede vender estos derechos a la compañía a un precio preestablecido y en un periodo determinado, también puede venderlos en el mercado o convertirlos en acciones cuando finalice el periodo establecido para la ampliación del capital.
LA OPINIÓN DE LOS EXPERTOS
Victoria Torre, Self Bank
«La nueva fiscalidad perjudica al accionista porque le impide diferir el pago de impuestos por la venta de derechos»
Ismael de la Cruz, Wise Trend
«Pasamos de una situación en la que el cobro reducía el valor de las acciones a tributar como ganancia patrimonial»
Ricardo Perpiñán, Asefiget
«La reforma fiscal causa una pérdida de rentabilidad financiera y los inversores buscarán productos más rentables»

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