Pensiones: Calcule cuánto le quedará, aunque no le llegue la carta de la Seguridad Social
José Mª Camarero
Resultados siempre estimados
Los expertos recuerdan que cualquier resultado que obtenga en el cálculo de su futura pensión es relativo. Muy relativo. Porque son muchos los factores que influirían en esta cuantía estimada. «Al haber una reforma del sistema que todavía está en marcha, no se va a aplicar el modo de cálculo actual, sino el que existe en el momento del futuro», anticipa Carlos Vidal-Meliá. Para Álvaro Monterde, «hay que relacionar siempre el importe de la pensión estimada con su poder adquisitivo». Explica este experto que «si suponemos un IPC del dos por ciento, el poder adquisitivo de una pensión de 1.500 euros sería de 1.114 euros y al cumplir 80 años, sería de 860 euros, si la pensión hubiera crecido al mínimo establecido legalmente».
Este es un punto en el que incide también Luis Sáez de Jáuregui. «El ciudadano podría llegar a preguntarse para qué quiere conocer el importe de su pensión inicial en el futuro, si no sabe cuál va a ser el de la segunda y las sucesivas». Se refiere a otro concepto que hay que tener en cuenta al planificar su jubilación: el factor de sostenibilidad. Una especie de penalización que podrían sufrir las pensiones del futuro, dependiendo de cómo se encuentre en cada momento el sistema público, las finanzas de la Seguridad Social y las expectativas de vida.Este factor comenzaría a aplicarse a las nuevas pensiones concedidas a partir de 2019. Y para tomar algunas referencias, si la jubilación se produce en 2024, se puede aplicar una corrección del cuatro por ciento; o si nos vamos al año 2036, un 12.
Otra variable que no se puede obviar: «Los pensionistas ya no verán actualizadas sus prestaciones por el incremento del coste de la vida, sino por la propia evolución del sistema», explica Belén Alarcón, directora de Asesoramiento Patrimonial de Abante Asesores. El Gobierno ya no actualiza las pensiones según el IPC, sino con unos ratios que van desde un mínimo del 0,25% hasta un máximo de la inflación más 0,5 puntos. Alarcón recuerda que «hay muchas normas transitorias y otros factores externos que influirán en esta cuantía». Y recomienda «tomar decisiones ahora para evitar que su jubilación dependa más de terceros que de uno mismo».
Hay que tener en cuenta las 'lagunas' en la cotización futura: el desempleo, la maternidad o una incapacidad temporal. «En el paro, se sigue cotizando por la última nómina previa a ese momento», explica Ignacio Corchuelo, socio del departamento Laboral de Garrigues. Recuerda este experto que «la primera reforma de las pensiones preveía que estos periodos se cubrieran con la base mínima, pero es algo que aún podría cambiar a peor».
Previsión complementaria
El objetivo de la 'carta-naranja' que iba a enviar la Seguridad Social era el de informar, también, sobre la evolución de los productos de ahorro que los ciudadanos tuvieran contratados para completar su pensión pública. «Debería incluir un cálculo sobre el capital estimado en ahorro al jubilarse y cuál sería la renta vitalicia que ese ciudadano obtendría», explica Manuel Álvarez, director del Observatorio de Pensiones Caser. Porque «la diferencia entre lo que el ciudadano desea y lo que realmente le llegará vía pensión, es lo que esa persona tendrá que financiar a partir de este momento de su vida», explica Belén Alarcón.
En este caso, también se hace necesario realizar estimaciones por uno mismo. «Yo recomendaría determinar el saldo acumulado en productos como los planes de pensiones u otros en estos momentos, indicar cuáles serían las aportaciones regulares que realizará hasta jubilarse, aplicar una rentabilidad estimada a esa inversión y obtener el capital al jubilarse», indica Álvarez.
Para ello, se pueden tomar algunas referencias útiles. Por ejemplo, un objetivo de rentabilidad media anual del 1%, por encima del IPC. Como referencia, para saber si se obtendrá el capital suficiente como para jubilarse con tranquilidad, Manuel Álvarez indica que «la pensión más el complemento particular no tienen por qué superar el 85 por ciento del importe de los últimos salarios del ciudadano». Además, este experto aconseja «establecer el rescate de ese producto en forma de renta vitalicia, para que sea igual que la pensión», esto es, algo periódico.
En la carta que la Seguridad Social tenía previsto enviar, se iba a indicar una revalorización media previsible para los diferentes tipos de categorías de productos del sector asegurador, «con el objetivo de neutralizar las diferencias entre unos activos y otros», explica Carlos Vidal-Meliá. Es decir, para los planes de renta variable, una tasa de evolución anual determinada; otra para los mixtos, otra para los garantizados, etc.
Sin embargo, los expertos son conscientes de que no es tan fácil que un ciudadano ahorre individualmente pensando en 20 o 30 años vista. «El que apenas no tiene recursos, porque no puede destinar parte de lo que ingresa para ese ahorro a largo plazo», explica Ignacio Corchuelo. «Pero el que gana mucho -apunta- tampoco es fácil que ahorren con esta perspectiva de jubilarse». Por ello, Corchuelo insiste en que «deben establecerse esquemas de ahorro paralelos al individual para que sean las compañías las que establezcan planes de empleo» que sirvan de complemento a la pensión pública y al ahorro personal
Recopile datos sobre su cotización, los años que lleva trabajando y los que le restan, y sus ahorros. Puede saber cuál sería su pensión y los ingresos extra que recibiría al jubilarse. Es la tarea compleja que debería haber realizado la Administración.
A los actuarios les cuesta años de estudios evaluar la evolución de sistemas como el de las pensiones; al Gobierno le ha supuesto meses el análisis de las vidas laborales de millones de cotizantes para realizar la esperada proyección de las prestaciones de los mayores de 50 años; y a cualquier ciudadano de a pie le podría costar noches en vela si se pusiese a realizar los cálculos de su jubilación. Pero debería hacerlo. Porque finalmente la Seguridad Social ha dado un paso atrás: por ahora, no enviarán la carta informativa -el 'sobre naranja', así es como se le conoce en otros países, como en Suecia- con la que muchos ciudadanos podrían tener un conocimiento aproximado de cuál sería el importe de su prestación pública al jubilarse. Es un trámite complejo desde el punto de vista técnico, jurídico y, sobre todo político. Pero necesario para evitar sorpresas al cumplir los 65 o 67 años.
Para ayudarle en esta tarea, desde FINANZAS.COM intentaremos elaborar un documento que la Seguridad Social debería haber enviado antes de fin de año. El cálculo no tiene por qué resultar demasiado complicado. El problema es cómo extrapolar, a 15 o 20 años vista, conceptos claves para calcular esa pensión, como el salario que vaya a recibir, su edad exacta de jubilación, la evolución de la inflación, el factor de sostenibilidad, los periodos en desempleo... Como aclara Luis Sáez de Jáuregui, director de Particulares y Profesionales de Axa, «este mandato legal es difícil de cumplir por todos esos factores que alterarían cualquier cálculo inicial». Sin embargo, Álvaro Monterde, experto de previsión social de March JLT, recuerda que «en un estudio de Esade, se concluye que desde 2008 ha aumentado del 47% al 84% las personas a las que les gustaría disponer de información suficiente». Para Alberto García de la Calle, senior manager del área de Compensación y Pensiones de KPMG, el ciudadano «va a ser consciente de los recursos estimados con los que contará y podrá prever si será o no necesario incrementar sus ahorros» para conseguir sus objetivos". A falta de estimaciones por parte de la Administración, estos son los pasos a dar si quiere obtener una aproximación inicial a su futuro como pensionista.
Proyectar su vida laboral
Dos son las variables básicas: los años y los importes cotizados. Alberto García de la Calle recuerda que «es necesario acreditar unas cotizaciones mínimas de 15 años para tener derecho a una pensión». Y apunta: «Que, al menos, dos de estos años estén comprendidos dentro de los últimos 15 previos a la jubilación». Otra regla es que «hay que cuantificar el importe de la pensión en función de las bases de cotización de los últimos 17 años para 2014», recuerda. En 2015 se tomarán los últimos 18 años, en 2016 los 19 y así continuamente hasta que a partir de 2022 se tomarán como referencia los últimos 25 años de cotización.
El primer paso para el cálculo consiste en definir cuál será su edad de jubilación. La idea de la Seguridad Social era realizar las estimaciones con los datos reales de cada contribuyente acumulados hasta ahora y proyectando una continuidad en sus cotizaciones hasta jubilarse. En su caso, si a los años que ya ha cotizado le suma los que le restan hasta los 65 y acumulase más de 38,5 años, entonces podrá jubilarse a esa edad. Si no, deberá esperarse a los 67 o bien entre los 65 y los 67 años, dependiendo de su año de nacimiento. Por ejemplo, si nació en 1950 y se tuviera que jubilar en 2015, podrá hacerlo si ha acumulado 38,5 años cotizados a esa fecha; si no, deberá esperarse a los 65 años y tres meses; si es de la quinta del 51 y no ha acumulado 38,5 años cotizados, se jubilaría a los 65 años y cuatro meses; y así hasta los nacidos en 1962 o posteriores, que deberían jubilarse a los 67 años.
Una vez que determine cuántos años le restan hasta jubilarse, debe saber cuál es su actual base de cotización. Si es empleado por cuenta ajena, puede encontrarla en sus nóminas; y si es autónomo, en los pagos que realiza a la Seguridad Social. Aquí es donde se encuentra uno de los puntos más complejos a la hora de realizar los cálculos. Es necesario extrapolar el último dato de cotización a los próximos cinco, 10, 15, 20 o 30 años, dependiendo de lo que le reste hasta jubilarse. «Cuanto mayor sea el ciudadano, más fiabilidad tendrá el cálculo», explica Carlos Vidal-Meliá, profesor del Departamento de Economía Financiera y Actuarial de la Universidad de Valencia. «Para los jóvenes, será más difícil porque los datos no serán ciertos, sino proyecciones», apunta este experto.
Se pueden utilizar algunas variables para determinar la evolución de sus bases de cotización. Por ejemplo, como una media de referencia, puede aplicar una tasa de crecimiento salarial anual del Índice de Precios al Consumo (IPC) más medio punto porcentual. Los principales organismos internacionales suelen fijar una inflación futura media del dos por ciento. Otro ratio que puede tener en cuenta: en los programas de cálculo habilitados por la Seguridad Social y otros organismos, como el Observatorio Caser, se toma como referencia una actualización del 2% anual.
Una vez obtenidas todas las bases de cotización mensuales (las reales y las previstas), debe tomar las últimas 300 justo antes de jubilarse. Es decir, las cotizaciones de los últimos 25 años, siempre que se jubile a partir de 2022. Y ese importe, tendrá que dividirlo entre 350. Ahí obtendrá la denominada base reguladora.
Sobre esta cifra deberá aplicar un porcentaje, que determinará el importe de su futura prestación.Si solo ha cotizado 15 años, su pensión será el 50% de su base reguladora; y si ha cotizado más de 37 años, la pensión será el 100% de su base reguladora. Entre medias, se establece la siguiente regla: por cada año adicional que cotice a partir de los 15, cobrará un 2,28% más de su base reguladora, hasta alcanzar el 100 por ciento.
Para explicar mejor estos cálculos, Álvaro Monterde expone algunos ejemplos:
-Un ciudadano de 50 años, que lleva cotizados 25 con una base de cotización de 1.900 euros, se jubilaría con una prestación anual de 25.834 euros;
-Otro con 55 años y 30 cotizados, con una base de 2.500 euros, cobraría 29.563 euros;
-Y alguien que tenga ahora 61 años, con 38 cotizados, y una base de 1.100 euros, cobraría 11.172 euros anuales si se jubilara anticipadamente a los 61 años.
Para ayudarle en esta tarea, desde FINANZAS.COM intentaremos elaborar un documento que la Seguridad Social debería haber enviado antes de fin de año. El cálculo no tiene por qué resultar demasiado complicado. El problema es cómo extrapolar, a 15 o 20 años vista, conceptos claves para calcular esa pensión, como el salario que vaya a recibir, su edad exacta de jubilación, la evolución de la inflación, el factor de sostenibilidad, los periodos en desempleo... Como aclara Luis Sáez de Jáuregui, director de Particulares y Profesionales de Axa, «este mandato legal es difícil de cumplir por todos esos factores que alterarían cualquier cálculo inicial». Sin embargo, Álvaro Monterde, experto de previsión social de March JLT, recuerda que «en un estudio de Esade, se concluye que desde 2008 ha aumentado del 47% al 84% las personas a las que les gustaría disponer de información suficiente». Para Alberto García de la Calle, senior manager del área de Compensación y Pensiones de KPMG, el ciudadano «va a ser consciente de los recursos estimados con los que contará y podrá prever si será o no necesario incrementar sus ahorros» para conseguir sus objetivos". A falta de estimaciones por parte de la Administración, estos son los pasos a dar si quiere obtener una aproximación inicial a su futuro como pensionista.
Proyectar su vida laboral
Dos son las variables básicas: los años y los importes cotizados. Alberto García de la Calle recuerda que «es necesario acreditar unas cotizaciones mínimas de 15 años para tener derecho a una pensión». Y apunta: «Que, al menos, dos de estos años estén comprendidos dentro de los últimos 15 previos a la jubilación». Otra regla es que «hay que cuantificar el importe de la pensión en función de las bases de cotización de los últimos 17 años para 2014», recuerda. En 2015 se tomarán los últimos 18 años, en 2016 los 19 y así continuamente hasta que a partir de 2022 se tomarán como referencia los últimos 25 años de cotización.
El primer paso para el cálculo consiste en definir cuál será su edad de jubilación. La idea de la Seguridad Social era realizar las estimaciones con los datos reales de cada contribuyente acumulados hasta ahora y proyectando una continuidad en sus cotizaciones hasta jubilarse. En su caso, si a los años que ya ha cotizado le suma los que le restan hasta los 65 y acumulase más de 38,5 años, entonces podrá jubilarse a esa edad. Si no, deberá esperarse a los 67 o bien entre los 65 y los 67 años, dependiendo de su año de nacimiento. Por ejemplo, si nació en 1950 y se tuviera que jubilar en 2015, podrá hacerlo si ha acumulado 38,5 años cotizados a esa fecha; si no, deberá esperarse a los 65 años y tres meses; si es de la quinta del 51 y no ha acumulado 38,5 años cotizados, se jubilaría a los 65 años y cuatro meses; y así hasta los nacidos en 1962 o posteriores, que deberían jubilarse a los 67 años.
Una vez que determine cuántos años le restan hasta jubilarse, debe saber cuál es su actual base de cotización. Si es empleado por cuenta ajena, puede encontrarla en sus nóminas; y si es autónomo, en los pagos que realiza a la Seguridad Social. Aquí es donde se encuentra uno de los puntos más complejos a la hora de realizar los cálculos. Es necesario extrapolar el último dato de cotización a los próximos cinco, 10, 15, 20 o 30 años, dependiendo de lo que le reste hasta jubilarse. «Cuanto mayor sea el ciudadano, más fiabilidad tendrá el cálculo», explica Carlos Vidal-Meliá, profesor del Departamento de Economía Financiera y Actuarial de la Universidad de Valencia. «Para los jóvenes, será más difícil porque los datos no serán ciertos, sino proyecciones», apunta este experto.
Se pueden utilizar algunas variables para determinar la evolución de sus bases de cotización. Por ejemplo, como una media de referencia, puede aplicar una tasa de crecimiento salarial anual del Índice de Precios al Consumo (IPC) más medio punto porcentual. Los principales organismos internacionales suelen fijar una inflación futura media del dos por ciento. Otro ratio que puede tener en cuenta: en los programas de cálculo habilitados por la Seguridad Social y otros organismos, como el Observatorio Caser, se toma como referencia una actualización del 2% anual.
Una vez obtenidas todas las bases de cotización mensuales (las reales y las previstas), debe tomar las últimas 300 justo antes de jubilarse. Es decir, las cotizaciones de los últimos 25 años, siempre que se jubile a partir de 2022. Y ese importe, tendrá que dividirlo entre 350. Ahí obtendrá la denominada base reguladora.
Sobre esta cifra deberá aplicar un porcentaje, que determinará el importe de su futura prestación.Si solo ha cotizado 15 años, su pensión será el 50% de su base reguladora; y si ha cotizado más de 37 años, la pensión será el 100% de su base reguladora. Entre medias, se establece la siguiente regla: por cada año adicional que cotice a partir de los 15, cobrará un 2,28% más de su base reguladora, hasta alcanzar el 100 por ciento.
Para explicar mejor estos cálculos, Álvaro Monterde expone algunos ejemplos:
-Un ciudadano de 50 años, que lleva cotizados 25 con una base de cotización de 1.900 euros, se jubilaría con una prestación anual de 25.834 euros;
-Otro con 55 años y 30 cotizados, con una base de 2.500 euros, cobraría 29.563 euros;
-Y alguien que tenga ahora 61 años, con 38 cotizados, y una base de 1.100 euros, cobraría 11.172 euros anuales si se jubilara anticipadamente a los 61 años.
Resultados siempre estimados
Los expertos recuerdan que cualquier resultado que obtenga en el cálculo de su futura pensión es relativo. Muy relativo. Porque son muchos los factores que influirían en esta cuantía estimada. «Al haber una reforma del sistema que todavía está en marcha, no se va a aplicar el modo de cálculo actual, sino el que existe en el momento del futuro», anticipa Carlos Vidal-Meliá. Para Álvaro Monterde, «hay que relacionar siempre el importe de la pensión estimada con su poder adquisitivo». Explica este experto que «si suponemos un IPC del dos por ciento, el poder adquisitivo de una pensión de 1.500 euros sería de 1.114 euros y al cumplir 80 años, sería de 860 euros, si la pensión hubiera crecido al mínimo establecido legalmente».
Este es un punto en el que incide también Luis Sáez de Jáuregui. «El ciudadano podría llegar a preguntarse para qué quiere conocer el importe de su pensión inicial en el futuro, si no sabe cuál va a ser el de la segunda y las sucesivas». Se refiere a otro concepto que hay que tener en cuenta al planificar su jubilación: el factor de sostenibilidad. Una especie de penalización que podrían sufrir las pensiones del futuro, dependiendo de cómo se encuentre en cada momento el sistema público, las finanzas de la Seguridad Social y las expectativas de vida.Este factor comenzaría a aplicarse a las nuevas pensiones concedidas a partir de 2019. Y para tomar algunas referencias, si la jubilación se produce en 2024, se puede aplicar una corrección del cuatro por ciento; o si nos vamos al año 2036, un 12.
Otra variable que no se puede obviar: «Los pensionistas ya no verán actualizadas sus prestaciones por el incremento del coste de la vida, sino por la propia evolución del sistema», explica Belén Alarcón, directora de Asesoramiento Patrimonial de Abante Asesores. El Gobierno ya no actualiza las pensiones según el IPC, sino con unos ratios que van desde un mínimo del 0,25% hasta un máximo de la inflación más 0,5 puntos. Alarcón recuerda que «hay muchas normas transitorias y otros factores externos que influirán en esta cuantía». Y recomienda «tomar decisiones ahora para evitar que su jubilación dependa más de terceros que de uno mismo».
Hay que tener en cuenta las 'lagunas' en la cotización futura: el desempleo, la maternidad o una incapacidad temporal. «En el paro, se sigue cotizando por la última nómina previa a ese momento», explica Ignacio Corchuelo, socio del departamento Laboral de Garrigues. Recuerda este experto que «la primera reforma de las pensiones preveía que estos periodos se cubrieran con la base mínima, pero es algo que aún podría cambiar a peor».
Previsión complementaria
El objetivo de la 'carta-naranja' que iba a enviar la Seguridad Social era el de informar, también, sobre la evolución de los productos de ahorro que los ciudadanos tuvieran contratados para completar su pensión pública. «Debería incluir un cálculo sobre el capital estimado en ahorro al jubilarse y cuál sería la renta vitalicia que ese ciudadano obtendría», explica Manuel Álvarez, director del Observatorio de Pensiones Caser. Porque «la diferencia entre lo que el ciudadano desea y lo que realmente le llegará vía pensión, es lo que esa persona tendrá que financiar a partir de este momento de su vida», explica Belén Alarcón.
En este caso, también se hace necesario realizar estimaciones por uno mismo. «Yo recomendaría determinar el saldo acumulado en productos como los planes de pensiones u otros en estos momentos, indicar cuáles serían las aportaciones regulares que realizará hasta jubilarse, aplicar una rentabilidad estimada a esa inversión y obtener el capital al jubilarse», indica Álvarez.
Para ello, se pueden tomar algunas referencias útiles. Por ejemplo, un objetivo de rentabilidad media anual del 1%, por encima del IPC. Como referencia, para saber si se obtendrá el capital suficiente como para jubilarse con tranquilidad, Manuel Álvarez indica que «la pensión más el complemento particular no tienen por qué superar el 85 por ciento del importe de los últimos salarios del ciudadano». Además, este experto aconseja «establecer el rescate de ese producto en forma de renta vitalicia, para que sea igual que la pensión», esto es, algo periódico.
En la carta que la Seguridad Social tenía previsto enviar, se iba a indicar una revalorización media previsible para los diferentes tipos de categorías de productos del sector asegurador, «con el objetivo de neutralizar las diferencias entre unos activos y otros», explica Carlos Vidal-Meliá. Es decir, para los planes de renta variable, una tasa de evolución anual determinada; otra para los mixtos, otra para los garantizados, etc.
Sin embargo, los expertos son conscientes de que no es tan fácil que un ciudadano ahorre individualmente pensando en 20 o 30 años vista. «El que apenas no tiene recursos, porque no puede destinar parte de lo que ingresa para ese ahorro a largo plazo», explica Ignacio Corchuelo. «Pero el que gana mucho -apunta- tampoco es fácil que ahorren con esta perspectiva de jubilarse». Por ello, Corchuelo insiste en que «deben establecerse esquemas de ahorro paralelos al individual para que sean las compañías las que establezcan planes de empleo» que sirvan de complemento a la pensión pública y al ahorro personal
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