viernes, 19 de junio de 2020

Manualillos saludables...

El Confi-El Ministerio de Sanidad ha reducido la cuarentena mínima obligatoria. Si hasta ahora era de 14 días, el departamento de Salvador Illa la reduce ahora a 10, cumpliendo así con las indicaciones dadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Ya el pasado lunes el ministro comunicó que estaban estudiando esta posibilidad y ahora queda recogida esta reducción en la actualización de la 'Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de covid-19' que ha sido difundida este jueves por el Gobierno [aquí en PDF].
De acuerdo con el escrito, el aislamiento se mantendrá "hasta transcurridos tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico", eso sí, siendo el plazo mínimo de 10 días de encierro (antes eran 14). Este periodo también será el que tengan que permanecer en cuarentena desde que son diagnosticados los asintomáticos. Aquí, Sanidad precisa que se realizará un seguimiento hasta que se dé el alta según elija cada comunidad. Este plazo también se aplica a los casos sospechosos atendidos en atención primaria y a los ancianos de residencias y los residentes de otros centros sanitarios que no cumplan criterios de hospitalización.
Javier Bocanegra
Durante su rueda de prensa diaria, el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, ha precisado que el final de la cuarentena tras un mínimo de 10 días "tiene que aplicarlo las personas cualificadas, los servicios médicos", que serán los encargados de decidir si se amplía. La reducción de cuarentena hasta los 10 días también será aplicable al personal sanitario, aunque estos requerirán también de una prueba PCR (los test más fiables) que confirme su negativo. Hasta que esta confirmación no llegue no podrán incorporarse a su puesto de trabajo.
En el documento, Sanidad incide en que se realizará una prueba PCR u otro tipo de test en las primeras 24 horas a toda persona con sospecha de infección, es decir, que tenga síntomas compatibles. El ministerio ofrece también su definición de caso sospechoso. Este enmarcaría a todo aquel que presentara síntomas relacionados con una infección respiratoria aguda, es decir, la tos, fiebre, dolores musculares, diarreas... De acuerdo al documento, una vez que se considere un caso como sospechoso, se establecerá un aislamiento hasta que se conozca el resultado de la prueba PCR y, en caso de que esta fuera negativa, el caso se daría por descartado y finalizaría también el aislamiento, salvo que hubiera una alta sospecha clínica.
Brote con más de tres casos
Sanidad explica que cuando los casos no necesiten un ingreso hospitalario y se gestionen en atención primaria se fijará un aislamiento domiciliario. Si este fuese materialmente imposible, la persona en cuestión recibirá indicaciones para que este se lleve a cabo en hoteles u otras instalaciones habilitadas específicamente para esto.
Otro de los aspectos que recoge el texto es la definición de un brote. Según el Gobierno, se trataría de cualquier "agrupación de tres o más casos confirmados o probables con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico". Sin embargo, aclara que en el caso de los centros sociosanitarios, la detección de un solo caso ya será considerado brote a efectos prácticos debido a la vulnerabilidad de estos.
¿Contacto estrecho?
El departamento de Salvador Illa también define quién debe considerarse un "contacto estrecho" de un caso positivo. Sería cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un contagiado, es decir, personal sanitario que no haya utilizado las medidas de protección adecuadas o personas que tengan un contacto físico similar. Se incluiría también bajo este marco a quien haya estado en el mismo lugar que un infectado a una distancia menor a dos metros y durante un lapso superior a 15 minutos.
En el caso de los aviones y otros medios de transporte de largo recorrido, serán contacto estrecho todo aquel que se situara en un radio de dos asientos alrededor de un caso, así como la tripulación que tuviera contacto con esa persona. Estas definiciones se aplicarán desde los dos días previos a que el paciente desarrolle síntomas o desde los dos días antes del diagnóstico si es un asintomático. Quien sea identificado como contacto estrecho deberá ser informado y, posteriormente, se iniciará su vigilancia.

Se recomienda la realización de pruebas PCR a todos los contactos estrechos de un positivo. En caso de que el test diera negativo, se mantendría el aislamiento durante 14 días con la opción de hacer una segunda PCR al décimo día para suspender la cuarentena si se confirmara el negativo.

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