La negativa islandesa a pagar moviliza a los inversores
Inversores españoles afectados por Islandia preparan un aluvión de demandas
Ante la certeza de que Islandia no pagará los platos rotos de sus bancos, se prepara una demanda colectiva.
12/04/2011 - 08:00
- JOSÉ JIMÉNEZ
Inversores españoles afectados por Islandia preparan un aluvión de demandas
Ahorradores españoles afectados por Islandia preparan un aluvión de demandas
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La negativa de Islandia a hacerse cargo de los 4.000 millones de euros adeudados a Reino Unido y Holanda por la quiebra del banco islandés Icesave, ha abierto en canal el debate sobre qué pasará con los fondos de cerca de un millar de ahorradores españoles que invirtieron en productos islandeses. Visto que en Islandia nadie está dispuesto a pagar los platos rotos, los inversores ven como única salida pedirle cuentas a las entidades que comercializaron estos productos. Y se augura un aluvión de demandas.
El problema es que a los acreedores de los bancos islandeses “se les vendió la idea de que las entidades terminarían por ser reflotadas, lo que al final no ha ocurrido”, apunta Álvaro García Graells, socio el bufete Law Intelligence que lleva la causa de varios de los afectados y está especializado en bancos. El letrado explica que esta idea se promovió desde las entidades españoles que comercializaron los bonos islandeses con el objetivo de “quitarse el problema de encima y desviar las reclamaciones hacia Islandia” una vez que las entidades de este país entraron en quiebra.
Al final, no se va a inyectar ningún dinero a estos bancos –Landsbanki y Kaupthing Bank son los que más afectan a inversores españoles- por lo que el principal recurso será exigir responsabilidades a las entidades que comercializaron sus productos en España. Para García, este hecho provocará un aluvión de demandas. ¿Y de qué productos se trata? Es difícil hacerse una idea porque cada entidad vendió unos productos distintos, que en todos los casos son complejos. Y lo que para los bancos era una cosa, ha resultado ser todo lo contrario para los inversores.
El caso de los títulos de Kauthing es el uno de los más ilustrativos, porque al comprar unos instrumentos conocidos como ‘Capital Notes’ los clientes pensaban que estaban invirtiendo en producto de renta fija (obligaciones), cuando en realidad estaban entrando en una inversión muy asimilable a lo que en España se conocen como participaciones preferentes.
Pero con algunos matices. El principal, que se trata de participaciones subordinadas, según consta en la circular de oferta de Kauthing a la que ha tenido acceso Finanzas.com. La principal consecuencia es que los inversores se colocaban a la cola del orden de cobro en caso que hubiese problemas. Muchas veces sin saberlo: “En mi caso ha habido un importante abuso de confianza”, explica Mariano Kauffmann, cliente de un banco británico afincado en España e inversor a través de esta entidad en títulos de Kauthing.
Según Kauffmann, en su entidad le ofrecieron una inversión con garantía ‘A3’ en “participaciones preferentes de un banco islandés”, que ofrecía una remuneración del 6,75% trimestral. De hecho, llegó a cobrar tres o cuatro trimestres hasta que vinieron los problemas. Entonces, “me llamaron para indicarme que tenía que reclamar a Islandia y me enteré de que tenía participaciones subordinadas”, asegura. Ahora mismo, los 30.000 euros que invirtió en este producto tienen un valor de mercado de seis euros.
Producto financiero complejo
El cliente se queja de que nunca le facilitaron desde la entidad ningún folleto explicativo del producto y sostiene que el banco “jamás nos informó y solo nos llamaron cuando lo que único que se podía hacer era reclamar en Islandia”. Lo que sí tiene claro es que el referéndum en el que el pueblo islandés ha decidido no pagar por los errores de sus bancos, no afectará a su caso, porque la demanda se dirige contra la entidad que le vendió los productos.
Ahora, Kauffmann, al igual que otros muchos inversores, concentra sus esperanzas este contencioso. La cuestión es ¿Hasta qué punto tiene visos de prosperar? Según apunta García, hay esperanzas para inversores minoristas que crean que han comprado un producto de renta fija y no hayan recibido información por escrito. Es decir, el banco tiene que demostrar que cumplió con la normativa Mifid.
Desde el bufete Law Intelligence tienen claro que los clientes no estaban comprando obligaciones simples sino un producto financiero altamente complejo. Esta realidad, apuntan, ha sido puesta de manifiesto en distintos informes emitidos por la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Así, citan sendos documentos emitidos con fecha 30 de abril de 2010 y 14 de abril de 2010 en los que las entidades siguen calificando el producto como obligaciones (no complejo), cuando en realidad se tratan de lo que en España se conocen como participaciones preferentes.
“La entidad sabía perfectamente qué tipo de producto estaba comercializando, y sin embargo lo hicieron como si fueran obligaciones de renta fija tradicional, cuando en realidad no tenían nada que ver”, sostienen los letrados. A su modo de ver, a los clientes no se les ha facilitado la información necesaria para poder comprender la inversión. Por tanto, la actuación de las entidades no se ajustó a la normativa Mifid. Es más, los abogados sostienen que otras normas que se pueden considerar como “pre-Mifid” fueron infringidas en estas contrataciones.
De momento, la justicia ha emitido ya algunas sentencias favorables a los ahorradores. Por ejemplo, el juzgado de Primera Instancia de Oviedo considera probado que el banco no informó al cliente de la verdadera naturaleza del producto, pese a tratarse de productos derivados muy complejos. En otro fallo del juzgado de Zaragoza, el magistrado habla de “vicio en el consentimiento” al señalar que no existe ningún documento para que saber qué producto contrató el inversor, “que contrató en la falsa creencia de datos verbales que le facilitó una persona de su confianza, quien, por la ignorancia de las características del producto, tampoco facilitó una información íntegra y veraz”.
Ahora, en Law Intelligence han tomado la decisión de presentar próximamente una demanda colectiva, lo que permitirá solicitar al juez que los bancos faciliten un listado exhaustivo de todos los clientes que han contratado estos productos. Y consideran que la tendencia puede ir a más.
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