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La fiscalía podría ir contra las 'fortunas' de Suiza aunque se regularicen
Suiza
@Eduardo Segovia - 28/06/2010
Muchos de los implicados en el caso de las cuentas opacas en el banco HSBC en Suiza han decidido no darse por enterados de la "invitación" que les ha remitido Hacienda para regularizar su situación, sobre todo porque los precedentes juegan a su favor. Pero además, hay otro argumento para adoptar esta actitud: que no está claro que, si se regulariza el patrimonio, quede extinguido el posible delito fiscal y la consiguiente amenaza de acabar en la cárcel. Es decir, que, incluso aunque se haga caso a Hacienda y se paguen los impuestos atrasados, los poseedores de estas cuentas podrían terminar sentados en el banquillo.
"Ya hay bastantes dudas sobre si conviene o no hacer caso a Hacienda. Pero si encima existe el riesgo de que, aun regularizando, te puedan colgar el delito fiscal, entonces sí que no hay apenas incentivos para regularizar la situación", explica un experto fiscalista, que solicita que la Agencia Tributaria aclare de una forma inequívoca en qué situación quedan los que regularicen.
Las dudas residen en dos elementos. Por un lado, si hacer una declaración complementaria en plazo, en la que se incluya todo lo que se debía haber declarado en los ejercicios no prescritos, sirve para eximir no sólo de la sanción administrativa, sino de la penal. La mayoría de los expertos consultados consideran que sí, pero admiten que cabe la interpretación contraria.
A favor de esta alternativa van las declaraciones del director general de la Agencia Tributaria, Juan Manuel López Carbajo, negando ningún trato de favor y asegurando que Hacienda va a perseguir hasta las últimas consecuencias a los supuestos evasores. Otros expertos sostienen que Hacienda decidirá caso por caso si envía la información a la Fiscalía en función de lo que declare cada implicado. Al tratarse de una medida absolutamente excepcional como este requerimiento –“invitación” según los bufetes-, no hay doctrina aplicable respecto a si exime o no del delito fiscal.
No es lo mismo la inspección que la fiscalía
El segundo punto de discrepancia reside en la diferencia entre el plazo de prescripción para Hacienda y el del delito fiscal, cuatro años en el primer caso y cinco en el segundo. Es decir, si un implicado hace una declaración complementaria para los últimos cuatro años, quedará un quinto colgando que podría ser objeto de delito fiscal pese a la regularización.
En todo caso, estas dudas no hacen sino apuntalar la decisión de no darse por enterados del requerimiento, mayoritaria entre los implicados. Decisión que, además, recomienda un importante despacho de abogados contratado por HSBC para asesorar a los afectados.
Los principales argumentos para este consejo son, por un lado, que los datos han sido obtenidos de forma ilegal (un robo por parte del empleado de HSBC en 2007), lo cual se cargaría la principal prueba de la acusación en un eventual juicio; por otro, el precedente de Liechtenstein hace dos años y medio, donde sólo pagó el 20% que prefirió hacer una declaración complementaria en vez de arriesgarse, mientras que el 80% que ignoró aquel requerimiento se ha ido ‘de rositas’.
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