La Justicia empieza a embargar los bienes personales de los alcaldes
08.08.2010 Calixto Rivero/J.J. M. Madrid 9
Los alcaldes más morosos podrán ver peligrar sus bienes personales si no pagan en 30 días las deudas que hayan contraído con el sector privado los ayuntamientos que rigen. El auto de una sentencia del Tribunal de Justicia de Andalucía (TSJA) ha optado por esta contundente medida ante la negativa del primer edil de Castilleja de Guzmán (Sevilla) a hacer frente a las deudas que tenía contraída con la empresa Aroa S. L.
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Según la sala de lo contencioso-administrativo de este Tribunal, el Ayuntamiento se verá obligado a pagar en 30 días las obras, como obliga la nueva Ley de Morosidad que acaba de aprobar el Congreso de los Diputados. Si no, el alcalde y el secretario general del consistorio tendrán que responder con sus propios bienes personales. El juez les comunica la “advertencia expresa de imposición de multas coercitivas en sus respectivos patrimonios personales en el caso de incumplimiento de las obligaciones estipuladas”.
El artículo 112 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa dejaba la puerta abierta a esta medida, aunque los jueces no necesitaban recurrir a ella. Los consistorios podían cumplir con los compromisos de pago con créditos municipales.
Sin embargo, este caso cobra especial relevancia hoy día ante las crecientes dificultades financieras que atraviesan los consistorios por culpa del despilfarro de dinero público y de la caída de la recaudación de los principales impuestos ligados a la construcción. Tienen un acceso al crédito limitado. Las deudas de los más de 8.000 municipios que hay en España superaron en el primer trimestre de 2010 los 36.000 millones de euros, según datos del Banco de España.
La decisión del TSJA ha llamado la atención de los abogados que habitualmente trabajan con problemas de impagos de las administraciones públicas. Expertos que trabajan habitualmente en este tipo de casos consultados por este periódico señalan que “habitualmente se embargan los fondos propios de los ayuntamientos” cuando un juez dicta sentencia contra un municipio por impagos. “No me he encontrado en toda mi carrera profesional con ningún caso parecido”, destaca uno de ellos.
En esta misma línea, un portavoz del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local señala que en toda su carrera profesional sólo se ha encontrado casos en los que se “ha obligado a embargar fondos del propio ayuntamiento y bienes patrimoniales que no son de dominio público”.
A su juicio, si esta sentencia se repite en los numerosos pleitos que hay actualmente abiertos por impagos municipales, muchos responsables de los municipios se verían en la tesitura de elegir entre dejar de pagar las nóminas o dejar de pagar a las empresas acreedoras.
Sin embargo, Antonio Díaz, el gerente de Aroa S. L., la empresa que ha ganado la demanda, opina que las víctimas no son los alcaldes, sino los trabajadores que ven peligrar su puesto cuando una Administración no paga.
Díaz, al que el primer edil planteaba pagar en 10 años después de cerca de 10 de retraso, recuerda que una de las novedades del auto del TSJ andaluz es que los alcaldes no podrán recurrir a endeudarse más si no incluyen los compromisos de pago que ya habían adquirido. En cualquier caso, a partir del próximo 1 de enero los ayuntamientos ya no podrán endeudarse más en el largo plazo, según el Real Decreto que aprobó el Gobierno en mayo para acelerar el recorte del déficit público.
EXPANSIÓN contactó con el alcalde de Castilleja de Guzmán, Carmelo Ceba (PSOE), para conocer su versión sobre el auto de la sentencia del TSJA, aunque declinó hacer declaraciones porque el consistorio lo ha recurrido.
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