miércoles, 11 de agosto de 2010

MAFO sigue apretando...

Ordóñez eleva la transparencia sobre los bonos hipotecarios de la banca

10.08.2010 M. Martínez / D. Badía. Madrid. 0

El Banco de España da nuevos pasos para aumentar la transparencia del mercado hipotecario y, en concreto, de aquellos bonos emitidos por bancos y cajas que estén respaldados por hipotecas. El supervisor va a implantar una nueva circular que obligará a las entidades a publicar información más detallada sobre los créditos que avalan estos títulos.

El proyecto, remitido a las patronales, estará a consulta hasta el 19 de septiembre. La intención del Banco del España es que la circular entre en vigor en la segunda quincena de noviembre, según la información hecha pública por el supervisor.

La normativa actual, plasmada en el real decreto de abril de 2009 sobre regulación del mercado hipotecario, obliga a la banca a llevar un registro contable especial de los préstamos y créditos hipotecarios que sirven de garantía a las emisiones de cédulas (deuda respaldada por una cartera de préstamos y el patrimonio del emisor) o bonos hipotecarios.

Una parte de los datos incluidos en ese registro tiene que publicarse en las cuentas anuales de las entidades emisoras. La nueva circular, que desarrolla el mencionado real decreto, amplía los datos del registro contable que la banca deberá dar a conocer.

Desglose
Entre otros puntos, el sector desglosará qué parte de los préstamos que sirven de cobertura está al corriente de pagos o es morosa. Especificará si las hipotecas se han suscrito con hogares o con personas jurídicas, y dentro de estas últimas, qué proporción está destinada a promoción inmobiliaria.

Se indicará igualmente la parte de los créditos que está garantizada por edificios terminados, inmuebles en construcción o terrenos. También la relación entre los créditos y el valor de tasación de los inmuebles.

La nueva circular del Banco de España va, indirectamente, en la misma línea de los esfuerzos mostrados por el Banco Central Europeo (BCE) para hacer más transparente un mercado cuya mejora es crucial para la reactivación del crédito. La institución monetaria también ha demandado información más exhaustiva sobre los fondos de titulización que utilizan las entidades europeas en las subastas, con el fin de valorar el riesgo de estos activos y contribuir a que vuelva poco a poco la confianza de los inversores hacia este tipo de activos.

Y es que tal y como ha indicado el miembro del BCE José Manuel González Páramo en algunas ocasiones, la titulización favorece la diversificación y la distribución del riesgo, permitiendo al mismo tiempo economizar capital a las entidades de crédito. De hecho, durante el episodio del boom inmobiliario vivido en España, la titulización y la emisión de cédulas fueron las dos vías de captación de fondos más importantes para financiar el crédito.

Según las cifras del mercado de renta fija privada en España, AIAF, el saldo vivo de titulizaciones y cédulas hipotecarias llegó a alcanzar un récord de 644.205 millones en 2009. Pese a que el mercado dejó de funcionar tras el estallido de la crisis de las hipotecas subprime en verano de 2007, el saldo no ha caído en picado.

Esto se debe a que las entidades han llevado este tipo de activos a las subastas del BCE para obtener financiación en los plazos cortos. No obstante, la propia institución está endureciendo los criterios para otorgar créditos a cambio de bonos hipotecarios (ver información adjunta).

Hipotecas de riesgo
La nueva circular también concreta algunos detalles técnicos de cara a establecer qué préstamos pueden respaldar los bonos hipotecarios. La regulación actual contempla que sean los créditos de menor riesgo, es decir, aquellos en los que el importe del préstamo y el valor de tasación del inmueble no supera el 80%.

Este límite, con todo, se puede sobrepasar si la hipoteca cuenta con un aval bancario o seguro aportado por una entidad que tenga un ráting mínimo de A1, A+ o equiparable. Nunca se puede superar, en cualquier caso, el listón del 95%, máximo admisible siempre que la entidad aseguradora tenga una calificación crediticia igual o superior a la de España. En la actualidad, sólo cumplen este requisito Santander, BBVA y Banesto, según S&P.

En el resto de las hipotecas, el techo lo determina caso por caso el Banco de España. Para ello –clarifica la nueva circular–, las entidades remitirán al supervisor una propuesta de porcentaje máximo a aplicar. Tras verificar las cláusulas específicas del aval y el ráting, el regulador se pronunciará en un plazo máximo de tres meses.

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